¿Qué cambio de tendencia dicen?

Desempleo TI 2003

Ya tenemos dato de la EPA del primer trimestre del año, como se esperaba, otro desastre. Y se esperaba, claro, por más que en el gobierno hablen de que se están «invirtiendo las tendencias», que la destrucción de empleo «disminuye». A mí me cuesta ver esos dos extremos. Sube el desempleo, baja la tasa de actividad (población en edad de trabajar que busca activamente empleo o ya está ocupada), baja la tasa de ocupación (que no sirve de mucho, pero ahí la tenemos), es que por bajar, sigue bajando la población entre 16 y 64 años (con la que Eurostat juega; algo que ya no tiene sentido cuando se quiere forzar la jubilación a los 67), pero esto último es lógico por tres fenómenos paralelos: el envejecimiento de la población española, el aumento de la emigración (de residentes en general, sin olvidar que el propio gobierno ha invitado a salir a los inmigrantes) y el parón en la inmigración (que se nota desde el 2009… al punto que hoy en España hay 683,5 mil personas menos en edad de trabajar con respecto al primer trimestre de 2009).

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Apuntes sobre la Reforma Laboral: La ley

Apuntes sobre la reforma laboral de 2012, el libroNo, hoy no vengo a hablar de mi libelo, que, como saben, va del Real Decreto Legislativo 3/2012 (RDL en adelante), reforma con efectos poco positivos, sino de la Ley 3/2012, de Medidas Urgentes para la Reforma Laboral (BOE 7 de Julio, PDF, otros formatos, copia local en PDF; LRL en adelante). Lo voy a hacer desde dos planos distintos: Comentar su proceso parlamentario y, por otro lado, los principales cambios producidos por esta ley sobre la reforma por RDL, atendiendo al mismo mundo sustantivo que ya comenté ampliamente (así que nada hablaré sobre los cambios en la legislación procesal laboral y sobre la Seguridad Social muy poco -unas pinceladas sobre bonificaciones-). Esta semana (y la pasada y las próximas) la noticia ya no ha sido la reforma laboral, sino la intervención por la Troika sobre España (el llamado rescate, pero ¿a quién rescatan? con esos amigos…) y el tema laboral quedó desplazado, y eso que se aprobó la mentada LRL. Claro que, en parte, se entiende que no sea noticia por el poco cambio que supone esta LRL…

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Breves notas sobre los efectos de la reforma laboral

El proyecto de ley que modificará cuatro pinceladas de esa reforma laboral que nos impusieron en febrero mediante el Real Decreto ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, debería aprovechar la experiencia de los meses en que dicho RDL está en vigor (entre febrero y hasta que se apruebe la ley) para evaluar, al menos, el impacto inicial y los efectos producidos (por ejemplo, si ayuda a generar empleo neto, si se está dando un efecto sustitución de temporales por indefinidos, si nada ha servido), así como la recepción real de la reforma (utilización de los contratos bonificados y razones por las que se usan, estabilidad de las medidas), aunque sea pronto para evaluar otros puntos (los más trascendentes: impacto sobre la negociación colectiva). Eso sí, ya tenemos unos meses para ver cómo se ha contratado bajo el nuevo paraguas jurídico.

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¿El problema de la informalidad es la rigidez legal?

Hay determinados mantras que se repiten de tal forma que pretenden colarse como verdad incuestionable, algunos toman la siguiente fórmula: «la rigidez de [lo que sea] produce [desempleo / economía sumergida / empleo irregular]», una opción es cambiar la rigidez por los altos impuestos, a este mantra se responde con una solución que no admite, a su vez, alternativas: «hay que flexibilizar» o «hay que reducir impuestos». ¿Alguna vez se plantean cuál es el posible resultado de bajar determinadas protecciones o que salvo cero nada es más bajo que gratis? ¿Cómo se puede mantener esa regla de tres simple cuando se compara con países con mayor rigidez o impuestos más altos, y que no presentan los problemas de informalidad y evasión fiscal que tenemos en el país? (Digamos, comparamos Perú con Alemania.)

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Apuntes sobre la reforma laboral (I): Igualando a la baja

Apuntes sobre la reforma laboral de 2012, el libroEn la exposición de motivos de la Reforma Laboral aprobada por el gobierno este viernes encontramos:

«La tradicional indemnización por despido improcedente, de 45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades, constituye un elemento que acentúa demasiado la brecha existente entre el coste de la extinción del contrato temporal y el indefinido, además de ser un elemento distorsionador para la competitividad de las empresas, especialmente para la más pequeñas en un momento como el actual de dificultad de acceso a fuentes de financiación.

Por ello, el presente real decreto-ley generaliza para todos los despidos improcedentes la indemnización de 33 días con un tope de 24 mensualidades que se ha venido previendo para los despidos objetivos improcedentes de trabajadores con contrato de fomento de la contratación indefinida. Con esta generalización se suprime esta modalidad contractual, que se había desnaturalizado enormemente tras la última ampliación de los colectivos con los que se podía celebrar dicho contrato.»

Hace unos meses les contaba la evolución del Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida, de cómo una medida temporal se había colado como algo casi permanente en nuestro sistema, que cada vez afectaba a más gente. Pues bien, ahora ese contrato es el que se vuelve «para todos», contando a los que no lo firmamos (desde ayer mi indemnización, si me despiden de forma improcedente, se contará a 33 días todo el periodo que supere el día de ayer).

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Un golpe llamado reforma laboral

Apuntes sobre la reforma laboral de 2012, el libroPublicado en el BOE el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (PDF, otros formatos). La reacción de los sindicatos mayoritarios ha sido tímida: Movilizaciones primero, luego ya se verá. Ya avisan que dependerá de la acogida de las primeras, creo que las centrales sindicales se dan por vencidas, aceptan que no tienen capacidad de convocar una gran huelga general, como la del 2002 (la del 29-S no fue tan grande) y prefieren perder sin luchar y que se les vea enteros que parecer que han perdido, por más que haya sido cumpliendo su función (dicen ser sindicatos de clase): Luchando. Otros sindicatos ya montaron movilizaciones el mismo 10.

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Sobre el contrato único: notas a raíz de un comentario de la ministra

«El despido en este país es causal. Ese modelo es contrario al convenio 158 de la OIT, a la carta de Derechos Humanos (sic) y a la Carta de Derecho Sociales de la Unión Europea (…) además, permite la arbitrariedad del empleado al despedir sin causa». Fátima Báñez, Ministra de Empleo.

El Contrato Único tiene muchos detractores, entre los que me encuentro, ya que, en realidad, es volver temporal todo el empleo. Al contrato Único se le suelen achacar dos grandes problemas jurídicos: Violar la igualdad entre los trabajadores (se darían unos viviendo en un mercado dual y otros en uno único) y el tema del despido arbitrario. Como bien nos recuerdan Bentolila y Jansen*, se pueden articular fórmulas para que tenga encaje legal, y para que no se den los problemas que normalmente se destacan.

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¿Realmente qué proponía sin proponerlo?

A veces no sé si quienes debaten algunos temas de altura tienen idea de lo que se cuece en la calle. Hablo de la propuesta esa de los «miniempleos» por 400 euros. No tengo nada claro por qué surge como una «propuesta informal» del presidente de la patronal de patronales. Y no lo sé porque: a) ya existen miniempleos; b) 400 euros al mes por 15 horas semanales es más que el sueldo pagado en la mayoría de miniempleos ya existentes; c) quien decide por cuánto tiempo demanda el trabajo (la jornada parcial) es el empresario, ¿o es uqe quieren que se les subvencionen trabajadores? Legalmente, por si las moscas, se puede hacer un contrato de trabajo por 10 minutos al año, si se quiere. No sé ustedes, pero yo sí conozco muchas personas que tienen varios miniempleos, o que viven de miniempleo en miniempleo, todo precario y sin futuro (no hablamos de completar un trabajo con otro pequeño o de, como en otros países, ser una fórmula para que jóvenes accedan a su primer empleo o para personas que quieren trabajar muy pocas horas*).

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El gobierno no quiere eliminar los CAS

Hace unas semanas una comisión del Congreso nos dio una alegría parcial e inicial: «Comisión de Trabajo del Congreso aprobó modificaciones a las leyes de Promoción Agraria y derogatoria del Decreto Legislativo 1057 sobre el Contrato de Administración de Servicios (CAS)». El nuevo Ministro Trabajo y Promoción del Empleo, José Villena Petrosino y Luis Miguel Castilla Rubio, Ministro de Economía y Finanzas, ha apuntado en la misma dirección: El gobierno rechaza el dictamen de la comisión de Trabajo del Congreso (lo que uno y otro dijeron, según las correspondientes noticias).

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Programa del PP: El ámbito laboral

La estrategia de presentación del programa electoral del Partido Popular ha sido muy inteligente, conferencia primero (como el PSOE), unos adelantos luego, un acto de presentación que daba un resumen del programa en diez páginas para, finalmente, días después, dejar colgada en la web del partido todo el programa (pueden descargarlo acá, una copia en esta web). En el PSOE fueron más «convencionales», la conferencia y tal, y luego una presentación del programa (solo colgado en la web del Candidato, ¿significa que cuando esa web desaparezca ya desde la página del PSOE no se podrá acceder al programa? Si es que ahora, en plena campaña, el portal del partido apunta a un programa inexistente -404- y hay que mal buscarlo en la de Pérez Rubalcaba… una copia en esta web). Del programa de gobierno del Partido Popular se está hablando mucho, centrado en temas de «familia» (y la clamorosa ausencia, por ejemplo, sobre algunas líneas con respecto al matrimonio entre personas del mismo sexo, si se les pregunta, están a la espera de la sentencia del TC, pero en cambio sí hablan del aborto, algo que también está pendiente de sentencia) y en temas «económicos y fiscales». El tema laboral solo se entra por la supuesta ausencia de las medidas contra el paro, en realidad discrepo con esta afirmación, estoy convencido de que las medidas propuestas por el PP no sirven para bajar el paro, pero son medidas indirectas para crear empleo (por tanto, contra el paro), también tiene un apartado sobre la reforma labora, tocando la negociación colectiva, y de eso hablaré.

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¡Viva la temporalidad! Otro golpe a la clase trabajadora

Mientras se habla tanto de la absurda reforma constitucional (¿ven cómo no es tan complicado meterle mano a la Carta Magna? en un par de semanas han acordado una reforma) el Ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha defendido otro gran retroceso en los derechos laborales de los trabajadores. Cuando alguien no cumple la ley o se mejora la vigilancia del cumplimiento o se mejora la redacción para que no sea fácil saltarla, no se hace lo que el Ministro propone, que es suspender la aplicación de la ley. Gómez afirma:

«Muchas empresas y algunas instituciones públicas importantes no renuevan los contratos temporales si con esa renovación se incurre ya en la regla de que a la próxima se tiene que convertir ese contrato en indefinido.»

Esta práctica empresarial no solo existe, sino que se viene dando desde que esa regla se aprobó ya hace mucho tiempo, esto es, no es un incumplimiento de la norma vinculado a la crisis económica, sino una norma toreada desde que se aprobó por la falta de control (lo mismo que la causalidad de los contratos temporales, es imposible que 9 de cada 10 contratos nuevos cumplan las causas de la temporalidad). Ahora el ministro lo suelta como excusa: Ya que no renuevan los contratos, quitemos la norma que los obliga a convertir a fijos para que esa persona mantenga su empleo.

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¿Sobran inmigrantes?

Hace no mucho Jorge Majfud escribió un muy buen artículo sobre los «Seis mitos fundamentales sobre la inmigración» -que leí gracias a que Kotler me pasó el dato-, en que deja claro cómo ciertas preconcepciones sobre los inmigrantes son falsas, tales como el aumento de la criminalidad, el que quitan el trabajo a los nativos, que son una carga porque usan demasiado los servicios públicos, que no pagan impuestos (los ilegales) o sobre el «poder corporativo» de los inmigrantes indocumentados. El discurso xenófobo, construido en gran medida por quienes mantienen el mito de las naciones, cala y mucho entre una población acrítica (y «educada» para nunca plantearse nada), que busca una «cabeza de turco» para la crisis que ve, para los problemas que siente, ¿y qué mejor que hacerle mirar a los inmigrantes como «culpables» de la crisis, o por lo menos como escollo para salir de la misma?

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Repartiendo comisiones en gerundio

Las comisiones parlamentarias se distribuyen, más o menos, según el peso en el hemiciclo de los distintos partidos, así que lo interesante es ver quién se lleva qué presidencia. Digamos que el presidente tiene ciertas prerrogativas que, delante de una comisión, pueden permitir el trabajo de una forma u otra. Es por eso, por ejemplo, que Gana Perú se ha asegurado comandar la comisión de Constitución y Reglamento, es una forma de dar un impulso especial a las reformas que, nos anuncia el partido, quiere hacer. El reparto preliminar (a falta de lo que hagan en el pleno) nos deja algunas cosas interesantes para comentar.

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Cuando la legalidad estorba la estrategia

El contrato temporal es la excepción, no la norma. Los contratos temporales son causales, no se pueden usar a cualquier realidad. No se rían, eso no es que lo diga yo, lo dice la ley (el Estatuto de los Trabajadores, para más señas), pero no solo la realidad se cisca en la ley (como sabemos, 9 de cada 10 contratos nuevos son temporales, y abunda el uso de los mismos para todo tipo de situaciones fuera de las causas recogidas por la ley), sino, como resulta lógico, en los manuales y las clases sobre dirección de Recursos Humanos no se atiende a las exigencias legales y se plantea la posibilidad del tipo de contrato según el soberano deseo del empresario, las consideraciones legales ni se mencionan, por supuesto. Aish…