Huelgas, vacaciones, sindicatos y negociación colectiva

Suele pasar: llega el verano y crecen las huelgas del personal que trabaja en los medios de transporte o en sitios turísticos. Los medios de comunicación parten del punto de vista de las personas consumidoras para tachar de irresponsable a las personas trabajadoras en huelga, además, los medios de comunicación dan más peso y credibilidad a las entrevistas con las personas responsables de los medios de transporte afectados por las huelgas; salvo que sean personal público y el gobierno responsable sea del palo contrario al medio de comunicación. En los medios privados (como las aerolíneas), la «culpa» recae en la clase trabajadora levantada en armas, mientras se reclama «control» para que las huelgas no afecten a las «personas usuarias» (consumidoras). ¡Menos en vacaciones! ¿Se imaginan que una huelga de la aerolínea les retrase o fastidie las vacaciones? Estamos anteponiendo nuestro ocio (por más que sea justo que lo disfrutemos) al bienestar de las demás personas trabajadoras.

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Y llegó la reforma laboral

Cartel editado de un primero de mayo en Valladolid

O cómo podemos tirarnos bastante hablando de temas pendientes para que, bueno, sigan pendientes. Es cierto que la reforma es pactada y eso, necesariamente, limita el alcance reformista (no digamos ya revolucionario) de la propia reforma, que las grandes patronales nunca firmarán ciertas victorias conseguidas en reformas previas (ya sean del PSOE o el PP, que hemos visto que las de los últimos años mucho no se habían distinguido). En otras palabras, voy a hablar del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, esa reforma laboral aprobada justo antes de la finalización del año.

Para mí hay dos temas profundamente decepcionantes en la reforma (que no toca), como es el tema del coste del despido y las causas para las modificaciones de contratos, los despidos objetivos (individuales o colectivos) y las suspensiones o reducciones de empleo.

Llevo un par de días pensando cómo hacer esta entrada, si era bueno que comenzara explicando la reforma y luego recorriera la cábala que hice para ver qué tanto había acertado o si era mejor simplemente centrarme en la cábala y desde ahí explicar la reforma… y creo que seré más sencillo, daré unas pocas opiniones sobre los puntos que creo fundamentales en la reforma y luego repasaré muy rápidamente la cábala. Voy a ir en el mismo orden de la reforma (más o menos).

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Cábala sobre la reforma laboral (VII). A modo de cierre

Foto editada de un primero de mayo en Valladolid

Porque todo tiene un final, o debería tenerlo. Esta última entrada de la cábala de la reforma laboral está escrita cerca de la «fecha final» de la negociación pero aún con algunas notas que tenía cuando empecé… pero creo que evitaré entrar en detalle de todo lo que se reformó en el 2012 (y qué cosas se han cambiado posteriormente) porque creo que, por una parte, aporta poco y, por otra, muchos de los temas ni siquiera quedaron en el debate público sobre la reforma (que no solo se tocó el ET, sino también otras normas).

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Cábala sobre la reforma laboral (VI). Negociación colectiva

Foto editada de un primero de mayo en Valladolid

Seguimos para bingo en esta sexta entrada sobre la cábala de la reforma laboral. Uno de los grandes temas en la reforma del 2012 fue el de la negociación colectiva. Afectó mucho más que otros apartados (como el abaratamiento del despido) y llevó la cuestión a lo colectivo, dificultando mucho la negociación y, por tanto, la única arma legal que tienen las personas trabajadoras para mejorar sus condiciones laborales.

En realidad, podemos ver que todas las reformas laborales que tocan algo colectivo lo que introducen son temas a negociar y, por tanto, diluyen el poder de la clase obrera. Lo voy a explicar de otra forma, en muchos puntos, el ET decía «esto es lo que hay», con lo cual no es negociable, en otros dice «esto es lo mínimo, el CC solo puede mejorarlo» (digamos, como pasa con el salario); esos temas cada vez son menos y, por otra parte, cada vez más el ET dice «el mínimo o máximo es TAL, pero el CC lo puede empeorar» (empeorar desde el punto de vista de la clase trabajadora), curiosamente esto lo que suma más temas a negociar y, por tanto, para conseguir mejoras donde hay límites más claros (el suelo ya existe) hay que ceder más en estos otros puntos.

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Cábala sobre la reforma laboral (V). Flexibilidad interna

Foto editada de un primero de mayo en Valladolid

Mientras voy como una tortuguita acabando estas notas, veo cómo el tema de la reforma laboral sigue discutiéndose y, por suerte o por desgracias, se escapa bastante a lo que fue la reforma de 2012, tanto en temas como en fondo. Pero vamos todavía con lo de 2012 y la «derogación». Y sigo con las notas e ideas que había tomado ya hace un mes largo, que si no es apostar a caballo ganador y eso está feo.

Así que acá tenemos la quinta entrada sobre la cábala de la reforma laboral, ahora más centrada en esas cuestiones que significaron generar un desequilibro en favor de la empresa. El Derecho Laboral (así, con sus mayúsculas) está en ese mundo de lo privado (afecta a relaciones privadas) donde una de las partes tiene mucho poder (empresa) y la otra muy poco (personas trabajadoras), por ello, en el Derecho se crean una serie de figuras que «protegen» a las personas. Esto es habitual en todos los ámbitos donde el poder de negociación es muy distinto (por ejemplo, el Derecho del consumo o todo el Derecho de Protección de Datos).

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Cábala sobre la reforma laboral (IV). ERTE y ERE

Foto editada de un primero de mayo en Valladolid

Cuarta entrada sobre la cábala de la reforma laboral, muy vinculada con la tercera, la verdad. Pero ya era muy larga como para meterle esto.

Bien, acá llegamos a un punto curioso: el PP está sacando pecho de la reforma del 2012 asegurando que el PSOE la ha empleado y mucho durante toda la crisis del COVID para los ERTE; si no su texto como tal, sí la misma idea que ellos implantaron en el 2012. El gobierno PSOE-UP les mira raro y les recuerda dos cosas: que el PP se ha opuesto a algunos de los RDL donde están esos ERTE y que, en realidad, tuvieron que sacarse de la chistera un mecanismo de urgencia (el procedimiento y los efectos de los ERTE durante la pandemia y varias veces prorrogados)… a la vez, algunos socios por la izquierda del gobierno le piden que ese mecanismo se quede. Pero es cierto que el mecanismo de «la empresa decide» sin una autoridad laboral aprobándolos es lo que ha funcionado.

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A vueltas con el salario mínimo

Contrato de trabajo

Determinados temas son transversales a cualquier país con economías más o menos capitalistas donde el Estado mete su mano en algunas cuestiones, como es el salario mínimo interprofesional (o remuneración mínima vital, como se llama en Perú). De hecho, esta entrada en parte se puede leer como una continuación de una escrita hace muchos años sobre otra realidad económica… pero la misma cuestión de fondo.

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Reforma laboral en una ley ómnibus con «nombre» positivo

Me encantaría conocer al que se encarga de poner los nombres a las leyes en España. Sé que no hay «una persona» con dicha ocupación, pero hay veces que merece un premio por saber ocultar todo en un nombre casi positivo. Eso pasa con el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social (PDF, otros formatos). Por favor, vuelvan a leer el nombre. Los operadores jurídicos tendemos a llevarnos mal con las leyes ómnibus, esas que tocan mil y un temas, a veces con mucha profundidad, a veces por encima, pero que no hay un hilo conductor claro, sino un remiendo de inconexos temas que los han metido todos dentro de la misma norma para ahorrar procesos y procedimientos (algunas sí tienen un tema transversal claro, otras, como este, son «económicos y sociales», o sea, todo).

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Apuntes sobre la Reforma Laboral: La ley

Apuntes sobre la reforma laboral de 2012, el libroNo, hoy no vengo a hablar de mi libelo, que, como saben, va del Real Decreto Legislativo 3/2012 (RDL en adelante), reforma con efectos poco positivos, sino de la Ley 3/2012, de Medidas Urgentes para la Reforma Laboral (BOE 7 de Julio, PDF, otros formatos, copia local en PDF; LRL en adelante). Lo voy a hacer desde dos planos distintos: Comentar su proceso parlamentario y, por otro lado, los principales cambios producidos por esta ley sobre la reforma por RDL, atendiendo al mismo mundo sustantivo que ya comenté ampliamente (así que nada hablaré sobre los cambios en la legislación procesal laboral y sobre la Seguridad Social muy poco -unas pinceladas sobre bonificaciones-). Esta semana (y la pasada y las próximas) la noticia ya no ha sido la reforma laboral, sino la intervención por la Troika sobre España (el llamado rescate, pero ¿a quién rescatan? con esos amigos…) y el tema laboral quedó desplazado, y eso que se aprobó la mentada LRL. Claro que, en parte, se entiende que no sea noticia por el poco cambio que supone esta LRL…

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Apuntes sobre la reforma laboral (III): Las reglas han cambiado (I)

Apuntes sobre la reforma laboral de 2012, el libroLa tercera temática sobre la reforma laboral en esta saga de apuntes (primera entrega, segunda parte), «las reglas han cambiado», se dividirá en dos, por un lado, intentaré explicar los cambios en la negociación colectiva (uno de los puntos más importantes de la reforma) y, en la segunda entrega hablaré de esa «flexibilidad interna» que tanto está dando que hablar. Ya he mencionado que el tema de la indemnización por despido, aunque importante, no es el cambio central en cuanto a las relaciones laborales, incluso, dentro del despido, la cuestión no está tanto en la bajada de la indemnización por despido improcedente sino la apertura para los despidos procedentes y en el cambio de reglas para los colectivos.

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Breves notas sobre el PP y la negociación colectiva

Cuando se abstuvieron en la última votación para convalidar un Decreto Ley de reforma del mercado de trabajo (no es ni de lejos el primero que permiten con su abstención, en realidad casi todas las reformas dadas por decretazo en el ámbito laboral contaron con la abstención del PP, aunque luego votara en contra al proyecto de ley subsiguiente, en los casos en que los hubo) el argumento que esgrimieron fue que lo hacían para evitar la supremacía de los Convenios colectivos de ámbito autonómico sobre los estatales, Soraya Sáenz de Santamaría insistió mucho que esa situación rompería la unidad del mercado en España, la igualdad entre los trabajadores, a fin de cuentas, dijo en alguna entrevista, si se hiciera eso un trabajador de un sitio podría ganar menos que el de otro por el mismo trabajo…

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El gobierno se carga la negociación colectiva (sectorial)

¿Para cuándo otra Huelga General?

Leo y releo la reforma aprobada el pasado viernes por el gobierno de España, el Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva (PDF), y vuelvo a pensar una y otra vez lo mismo: «¿Cómo es posible que los sindicatos mayoritarios no llamen a la Huelga General»? Las respuestas tanto de UGT como de CC.OO. son más bien tímidas, máxime si las comparamos con lo que hicieron tras la reforma laboral del año pasado: Una huelga general y una iniciativa legislativa popular para revertirla (presentada hoy ante la JEC).

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Sindicatos de oficio y sindicatos de clase: De Perú a España y viceversa

El estallido de los conflictos laborales en las ONG peruanas ha puesto sobre la mesa, una vez más, la necesidad de que los trabajadores de dichas entidades se organicen y defiendan sus derechos laborales (que hay que empezar por casa, señores de oenegés), no es una necesidad nueva, claro, ya se ha intentado antes y se sigue intentando (pueden verlo en la bitácora del «Sindicato Nacional de Trabajadores en ONGs y afines»), solo que ahora (tal vez y por lo que veo y leo) existe más consciencia de su necesidad por parte de los trabajadores (hay cierta idea de «sacrificio» entre los trabajadores en favor de la causa de la ONG que, sin dudas, es encomiable, pero no debe mezclarse con el «que se salten la legislación laboral conmigo», que termina siendo lo que pasa).

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Remuneraciones y convenios colectivos

No sé cómo comenzar esta reflexión en voz alta realmente, ni hacia dónde la quiero llevar… Se dice que a igual trabajo debe corresponder igual salario, parece lógico. Se dice también que los convenios colectivos son la expresión de la autonomía colectiva y el medio más correcto de articular las relaciones laborales para que: a) se adapten a cada sector productivo mejor de lo que lo haría una imposición desde el Estado (siempre más lento); b) puedan equilibrar, mediante la fuerza colectiva, al trabajador con el empresario (jurídicamente el dominador en la relación, y no hablemos de la realidad).

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Convenios colectivos, sindicatos y errores de bulto

El mes pasado la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional declaró nulo, en cuanto a Convenio Colectivo de carácter estatutario, el primer convenio colectivo (problemas funcionales al margen) que regula todo un sector que cuenta con unos 140 mil trabajadores en toda España. ¿La razón? Falta de representatividad por parte del lado patronal. Lo curioso del caso es que esta falta de representatividad pudo o ser subsanada (si es cierto que la patronal tiene la representatividad que asegura tener) o debió ser percibida por parte de las dos grandes centrales sindicales que, sinceramente, están curtidas a más no poder en las lides negociadoras, tienen personal especializado en eso y se saben la legislación como si la hubiesen escrito ellos.

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