Comentarios sobre los planes de gobierno. Clase trabajadora

Pancarta Primero de mayo

Introducción

En las próximas entradas haré una serie de comentarios sobre los planes de gobierno de los distintos partidos políticos que compiten a la presidencia del Perú. Por supuesto, es un resumen que incluye mi opinión sobre dichos planes de gobierno, no pretende un análisis imparcial ni mucho menos. Les comparto mi lectura de dichos documentos que los partidos presentan.

Todos los planes de gobierno los he colgado en esta otra entrada.

Notas previas

Creo que a nadie le cabe duda que, dado el panorama, el empleo es uno de los puntos fundamentales de cualquier programa de gobierno. Además, la situación precaria de la clase trabajadora en Perú viene de antiguo, no podemos obviar el nivel de informalidad que tenemos (superior al 70 % de la PEA) sin contar, acá, a la cantidad de personas que trabajan como «por honorarios» cuando están cubriendo un puesto de trabajo de planilla de forma más que evidente. También en la estructura del Estado.

Junto con esto, los salarios son bajos, el empleo precario, la represión sindical es altísima, no hay ningún tipo de conciencia de clase, pensiones que no llegan, sistema previsional en ruina e insostenible…

¿Qué dicen nuestros partidos sobre esto?

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Sobre el dato de paro registrado de mayo de 2018

Hacía tiempo que no hablaba del tema del desempleo, en parte porque requiere un tratamiento más amplio de lo que normalmente se hace (y he hecho) por los cambios en la estructura del mercado laboral, de los tipos de empleo (aumento de la contratación parcial) que deberían llevarnos a mirar los datos de múltiples fuentes para entender mejor tanto el empleo como el desempleo (entre la EPA y Contabilidad Nacional, como mínimo). Pero hoy justo haré lo contrario, que es fijarnos en un dato. Encima, el que menos me gusta: paro registrado. ¿Por qué? Por cómo se ha dado la noticia, desde la propia nota de prensa (copia en PDF) del gobierno en funciones, hasta cómo ha sido reflejada por los medios de comunicación (sobre todo los acríticos con el gobierno del PP, que son la mayoría de los principales).

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Sobre los datos de empleo [en D=a=]

Prometiendo empleoEn muchos ámbitos estamos con la mala costumbre de comparar los datos o con el final del periodo de Rodríguez Zapatero –algunas publicaciones seudocientíficas directamente comparan unos trimestres con el último de 2011 cuando eso estadísticamente está prohibidísimo– o con el peor punto de la crisis que estamos pasando. Lo primero tiene una evidente razón: dejar claro que tan mal no va con el PP –ya hay muchos datos que mejoran al último del PSOE– y lo segundo tiene que ver con darnos un poco de coba a nosotros mismos: miren qué buenos somos. Más inversión en no sé qué; más empleo en no sé cuanto; más gasto social… Paren el carro un poco. Deberíamos estar comparándonos con un trimestre similar a «antes de la crisis»; siendo este el objetivo –estar, al menos, tan bien o tan mal como hace unos años–. También nos olvidamos que el «antes» fue lo que nos llevó al «ahora»; al menos por mi parte no me apetece escribir media línea para favorecer un modelo de crecimiento basado en la especulación y la construcción, además de la precariedad. [Continúa leyendo en D=a=].

A vueltas con las estadísticas laborales

mercado de trabajo 2002-2014

Tres tipos de mentiras: las mentiras, las grandes mentiras y las estadísticas

En el debate del estado de la nación hemos podido asistir a un combate de medias verdades y desinformación según se iban tirando datos a la cara unos a otros, absolutamente descontextualizados, faltos de explicación y arbitrarios; cada vez que tenemos datos del mercado laboral (como el reciente del paro registrado) ocurre algo así, más cuando la lectura (los matices) que se hacen por los operadores sociales y políticos son lanzados al público sin vacuna alguna (y sin la menor explicación de qué es eso de paro registrado o lo que toque en cada momento).

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Ley pulpín: la lucha sigue y una respuesta

Y la discusión es parte de la lucha. Es importante ser honestos cuando se abre un debate; es imprescindible ir de buena fe, y por ello es increíblemente negativo estar otorgando oscuros intereses a las partes con las que se entabla la conversación. Con respecto a la Ley nº 30288 (PDF de la separata legal), llamada «Ley Pulpín», se están escribiendo ríos de tinta mientras los jóvenes y no tan jóvenes marchan en las calles (y se la juegan tras la brutal represión policial; algo básico: las pintadas no se combaten con pistolas, señores policías). Existe, en este caso, no solo intereses enfrentados, sino visiones distintas de cómo resolver los problemas; por ello el diálogo es importante… pero resulta imposible, por lo visto. El gobierno no escucha y quienes defienden la norma nos califican de manipuladores, de estar en contra por pura mala fe (o por ignorancia); como ejemplo, el editorial de El Comercio del domingo.

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Sobre la «rigidez laboral» en Perú, a propósito de la «Ley pulpín»

«¿Cómo no va a poder defenderse un régimen que hace menos onerosa la contratación formal de un adulto menor de 24 años en un país que tiene uno de los 20 regímenes laborales más rígidos del planeta, o en el que siete de cada diez personas con algún tipo de trabajo se ven en la necesidad de desarrollarlo en la informalidad?»

Es una de las preguntas retóricas que hace el editorial de El Comercio para atacar a los opositores de la reforma laboral juvenil obrada por la Ley nº 30288 o, como se le llama, la «ley pulpín» (PDF de la separata legal). Esa pregunta contiene al menos tres elementos muy discutibles que El Comercio da por hecho. Por un lado, está la repetidísima afirmación sobre la rigidez en la regulación laboral peruana (algo que se machaca desde antes de la flexibilización que comienza en el 91 y que cada reforma laboral sigue), simplemente no es cierto (más adelante desarrollo esta idea) y, por otro lado, deja clara la opinión, sin establecerlo, que la flexibilización trae formalización. Lo segundo es empíricamente falso, el sector con más trabajo informal en Perú es la microempresa (casi la totalidad de los trabajadores, el doble que las empresas grandes) que tiene el peor y más flexible de los regímenes laborales posibles (incluso el mamarracho legal de la ley pulpín da más derechos que los que tienen los trabajadores de la microempresa). El tercer elemento de la pregunta retórica, en el que no entraré, es ese de «se ven en la necesidad» de trabajar informalmente; no es que sea una «necesidad», es que es una imposición por parte del empleador (no hay que perder de vista esto, nunca).

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La ocupación sigue cayendo

Aunque nos quieran vender la noticia como positiva (ABC, La Razón), no lo es. Al menos no lo es al nivel que lo quieren hacer pasar. Cuando el paro (en números absolutos) baja y a la vez suben los ocupados, eso es bueno (y si suben más los ocupados que la bajada del paro, significa que hay más población activa, lo que también es positivo); cuando el paro baja y también bajan los ocupados, eso es malo (razón por la cual la tasa de paro es mayor ahora -por poco, superando el 26%-, con 69 mil parados menos). O, al menos, no es tan bueno como nos lo quieren enseñar; no es un signo de recuperación el que más gente vaya a la fila de los inactivos y que más familias tengan a todos sus miembros en el desempleo (en el interanual, poca más, es cierto), por favor. En fin, mejor que leer las noticias, vayan al INE para enterarse del tema del paro de la EPA y tal (nota de prensa, tablas nacionales y autonómicas).

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Menos paro pero muchos menos trabajadores

El paro registrado es el resultado de realizar una serie de exclusiones dentro de los «demandantes de trabajo» apuntados en las oficinas públicas de empleo a último día de mes; así, lo primero que se excluye son los «ocupados» -personas inscritas para mejorar su actual puesto de trabajo, lógico, no son desempleados- y luego a los que buscan «empleos específicos o con disponibilidad limitada», aunque estén sin trabajo -¿por qué? porque se consideran demandas muy especialitas, para decirlo de forma poco técnica-. Entre los demandantes «desocupados» se produce una nueva criba -se excluye a quienes buscan un empleo de corta duración, a quienes quieren empleos de algo menos de media jornada (lo cual no coincide con ese «fomento del tiempo parcial» que tanto dice el gobierno), distintos «tipos» de «estudiantes» (incluso mayores de 25 si aún no han trabajado, algo ahora habitual), las personas que el SPEE considera que han rechazado un «empleo adecuado» (que es cualquier cosa) y otros-, todo regulado en la Orden Ministerial de 11 de Marzo de 1985. ¿Por qué les suelto todo este rollo? Porque hoy toca la alegría gubernamental por los datos del paro registrado. ¡Ha bajado!

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Costes, pensiones, AFP y otros

El Gobierno de las Redes Sociales. Alguien apodó, con tino, de esta forma al actual ejecutivo del Estado peruano (más o menos). Normal, solo se toma en cuenta los gritos en esas mal llamadas «redes sociales», que por lo visto el barullo digital es más efectivo que tomar una carretera (no es tanto el dónde se hace la protesta, sino quiénes la protagonizan). El último caso es el de las retenciones obligatorias en favor de las AFP dentro de los recibos emitidos por los trabajadores independientes (autónomos, monocontribuyentes…), ese 13% que fue, se suspendió, e irá a las AFP (se dividirá entre la comisión y lo que iba al fondo de pensiones). Para situarnos, les recomiendo leer las notas al respecto de Sifuentes en La República (la seria y la selección de tuiteos, total, si son lo que valen) y el editorial de El Comercio sobre el tema.

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Berrinche: El trabajador oferta Trabajo, no lo demanda

Esto es un «berrinche» en el sentido más estricto; y una maldición entre dientes a quien lo escribió y al que lo editó. En uno de esos horrorosos libros de texto que usan ahora los chicos me encuentro -dando apoyo de cara a la recuperación de septiembre- la definición imposible: El empresario oferta Trabajo y los trabajadores lo demandan. Lo hacen para mantener el mismo «estilo» que en el mercado de bienes y servicios: el empresario oferta y el consumidor demanda. Pero justamente se estudia por separado los mercados de trabajo por sus peculiaridades, y la principal es que el empresario es el que demanda el trabajo y las personas quienes constituyen la oferta -los neoclásicos tienen claro ese punto, no es un tema de clásicos frente a noclásicos-; sin tener claro ese «detalle» todo lo demás carece de sentido, todas las peculiaridades y toda la estructura, así como lo segundo más importante: Es un mercado derivado. Si la estructura fuera como dice ese «libro», en un contexto como el actual (exceso de demanda -la de los trabajadores, por el desempleo- y escasa oferta -la de los empresarios-), el precio del trabajo (salario) subiría, no bajaría (la receta liberal, sea dicho). Quien tiene el trabajo (la fuerza de trabajo) es la persona, no la empresa, el empresario necesita convertir la fuerza de trabajo en bienes y servicios, para ello tiene la organización, el capital y consume la materia prima necesaria. Edito: Estos casos me causan problemas; lo que el alumno quiere es aprobar, si el profesor es de los que se apegan a los manuales, tiene que repetir los mismos aunque la información no sea del todo «correcta», así que uno debe ayudarle a que sea capaz de hacer eso, entendiendo lo que pone… ¡pero es que lo que pone está mal! ¿Qué hago en esos casos? Hasta ahora voy por lo «fácil», repito lo que pone el libro, le digo que está mal, le explico por qué y puntualizo: «en el examen pon lo que dice el libro, y si te atreves, agrega lo que te estoy explicando yo».

Contrato de emprendedores: ¿un fracaso?

Las empresas de cincuenta o menos trabajadores constituyen, según datos del Directorio Central de Empresas del Instituto Nacional de Estadística, el 99,23% de las empresas españolas. La reforma laboral trata de facilitar la contratación de trabajadores por parte de estas empresas, que representan a la mayor parte del tejido productivo de nuestro país y que albergan las diversas fórmulas de organización empresarial que posibilita nuestro ordenamiento jurídico, entre las que cabe destacar el trabajo autónomo y las diversas familias de la economía social. Con esta finalidad se crea una nueva modalidad de contrato de trabajo por tiempo indefinido de la que sólo podrán hacer uso las empresas que tengan menos de cincuenta trabajadores que, pese a la situación de crisis económica, apuesten por la creación de empleo. Además, se establecen dos incentivos fiscales para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que realicen actividades económicas, destinados a incentivar este tipo de contrato. El primero de los incentivos resulta aplicable exclusivamente a aquellas entidades que carezcan de personal contratado, mientras que el segundo va destinado a las empresas de cincuenta o menos trabajadores, que realicen la contratación de desempleados beneficiarios de una prestación contributiva de desempleo.

El párrafo citado corresponde a la exposición de motivos de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, que modificó levemente la anterior Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero (una de las cosas que cambió fue, justamente, la redacción de ese párrafo, no el contenido), esto es, la última gran reforma laboral en España. Por ahora, que en nada nos caerá una más gorda. Sobre este contrato hablé bastante en su día, así que acá no entraremos en la regulación sustantiva, sino en su utilización práctica.

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Breves notas sobre los efectos de la reforma laboral

El proyecto de ley que modificará cuatro pinceladas de esa reforma laboral que nos impusieron en febrero mediante el Real Decreto ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, debería aprovechar la experiencia de los meses en que dicho RDL está en vigor (entre febrero y hasta que se apruebe la ley) para evaluar, al menos, el impacto inicial y los efectos producidos (por ejemplo, si ayuda a generar empleo neto, si se está dando un efecto sustitución de temporales por indefinidos, si nada ha servido), así como la recepción real de la reforma (utilización de los contratos bonificados y razones por las que se usan, estabilidad de las medidas), aunque sea pronto para evaluar otros puntos (los más trascendentes: impacto sobre la negociación colectiva). Eso sí, ya tenemos unos meses para ver cómo se ha contratado bajo el nuevo paraguas jurídico.

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Apuntes sobre la reforma laboral de 2012 (EPUB)

portada_Reforma_laboralPara facilitar la vida a quienes usan cacharritos lectores de libros electrónicos he realizado una antología de los artículos bajo el epígrafe de «Apuntes sobre la reforma laboral» (I, II, III, IV, V y VI), agregándole el primero sobre la reforma escrito (un golpe…), lo estaba editando para tamaño «libro de bolsillo» con la idea de colgar el PDF, pero creo que, en los tiempos que corren, para estas cosas mucho mejor el epub, entre otras cosas porque este tipo de escritos no requieren de una maquetación muy allá que justifique un PDF, y el epub da toda la flexibilidad habida y por haber. Acá lo tienen: Apuntes sobre la Reforma Laboral (EPUB) (zip, el epub está dentro, que WP, «por motivos de seguridad», no me deja subir el epub, supongo que es por un tema de permisos en la configuración que ya revisaré luego).

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Apuntes sobre la reforma laboral (II): El despido y su indemnización

Apuntes sobre la reforma laboral de 2012, el libro¿Ya se leyeron la reforma laboral? Deberían. Se fijarán, rápidamente, como algunas cuantas de las normas mencionadas por la vicepresidenta en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que aprobó la reforma no se encuentran en el «cuerpo» de la norma, sino que son pegotes que están en las disposiciones adicionales o finales del Real Decreto Ley 3/2012. No son, ni de lejos, el «centro» o «contenido» de la reforma, pero el gobierno prefirió hablar de esos temas (algunos populares y populistas) en vez de entrar en la reforma realmente. Hay un tema que no es menor pero tampoco es el principal, pero sí que suele centrar los debates públicos: El despido. Algo ya mencioné la primera entrada de esta saga, acá me detendré en ver los cambios que se dan en: Despidos colectivos, extinciones objetivas, indemnización del despido improcedente (sea objetivo o disciplinario) y Fondo de Garantía Salarial.

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Apuntes sobre la reforma laboral (I): Igualando a la baja

Apuntes sobre la reforma laboral de 2012, el libroEn la exposición de motivos de la Reforma Laboral aprobada por el gobierno este viernes encontramos:

«La tradicional indemnización por despido improcedente, de 45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades, constituye un elemento que acentúa demasiado la brecha existente entre el coste de la extinción del contrato temporal y el indefinido, además de ser un elemento distorsionador para la competitividad de las empresas, especialmente para la más pequeñas en un momento como el actual de dificultad de acceso a fuentes de financiación.

Por ello, el presente real decreto-ley generaliza para todos los despidos improcedentes la indemnización de 33 días con un tope de 24 mensualidades que se ha venido previendo para los despidos objetivos improcedentes de trabajadores con contrato de fomento de la contratación indefinida. Con esta generalización se suprime esta modalidad contractual, que se había desnaturalizado enormemente tras la última ampliación de los colectivos con los que se podía celebrar dicho contrato.»

Hace unos meses les contaba la evolución del Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida, de cómo una medida temporal se había colado como algo casi permanente en nuestro sistema, que cada vez afectaba a más gente. Pues bien, ahora ese contrato es el que se vuelve «para todos», contando a los que no lo firmamos (desde ayer mi indemnización, si me despiden de forma improcedente, se contará a 33 días todo el periodo que supere el día de ayer).

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