A vueltas con los indultos

Fotomanipulación de la pintura de Jürgen Ovens titulada «Prudencia, Justicia y Paz» (1662)

Estos días se está hablando mucho de los indultos. Es interesante porque se está indicando que el gobierno, con ellos, iría en contra de la Justicia y la separación de poderes. Junto con ese exabrupto, se manifiesta que se estaría indultando a personas condenadas penalmente. ¿Qué creían que es un indulto? El indulto es una «medida de gracia», contemplada en la Constitución (art. 62.i; por tanto, no es anticonstitucional) que tiene como base el que el ejecutivo cambie una pena impuesta (por tanto, una condena penal).

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Violencia de género, familiar o doméstica… no es lo mismo

Cuando entró Vox en el parlamento español me dio miedo. Luego el Partido Popular junto con Ciudadanos me lo quitaron del cuerpo: nada nuevo bajo el sol. Lo que es peor, escuchar al PSOE demostraba la demagogia y el desconocimiento de lo que pasa allende nuestras fronteras (¿de verdad no saben que la extrema derecha ya está en muchos gobiernos europeos? No regionales, no, en los gobiernos; y no solo de países de segunda fila, sino la propia Italia tiene uno).

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No busquemos la inocencia de la víctima

jomra_indigterrorismoestadoUno de los grandes problemas que tenemos cuando intentamos abordar determinados temas penales, está en que la mera sospecha ya priva de humanidad al presunto delincuente. Así pues, nos cuesta ver en esa persona, victimatario de otra, a una víctima a su vez cuando se comete un delito contra ella. Ponemos por delante, de esta manera, el «se lo buscó» o «se lo merece» al propio Estado de Derecho –lo peor es que lo hacemos levantando la bandera del mismo–; en otras ocasiones, y no pocas cuando hablamos de temas como el terrorismo o ya el racismo y la xenofobia han cubierto de porquería a un grupo humano determinado, con un «si lo han arrestado es que algo habrá hecho» y lo rematamos con el increíblemente idiota «todos son iguales».

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Comentarios sobre la Inteligencia artificial en el Derecho

En Noticias Jurídicas publican un «(…) resumen de la situación actual de la relación entre Inteligencia Artificial (IA) y Derecho y del modo en que esta ciencia puede afectar o condicionar en el futuro el trabajo de los juristas»; según la entradilla del interesante artículo «Inteligencia Artificial y Derecho. Problemas y perspectivas», escrito por Carlos Fernández Hernández y Pierre Boulat. En mi cabeza revolotean ideas contra anécdotas y percepciones, con respecto a todo el tema que causa pavor en muchos amigos y conocidos… Esta entrada no es una respuesta o comentario profundo sobre el artículo enlazado, sino esa serie de ideas y anécdotas que quiero compartir (y que, creo, hasta pueden ilustrar las dificultades que el artículo menciona de forma académica).

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Un «gritón» de años

Hay cosas que se repiten de tanto en tanto, una de ellas es el «clamor» amarillista (liderado por determinados medios) en favor de «aumentar» las penas ante crímenes horrendos en que, no pocas veces, la víctima, además, es un menor. En Perú lo vivimos y tenemos como constante un esfuerzo por volver a la pena de muerte, en España es típico para los casos de terroristas condenados (ejem… la mitad más uno condenados bajo un código penal ya derogado y a los que las modificaciones no podrían afectarles si respetamos los derechos humanos y la constitución) o en delitos sexuales o asesinatos contra menores (eso sí, cuando acusan y se equivocaron la culpa es de otros y aun así su petición de más penas permanece). Cadena Perpetua se reclama en algunas portadas (una reforma así está impulsando por el actual gobierno, eso sí, bajo un eufemismo), la red se llena de comparaciones que nada tienen que ver con la realidad (si tal o cual delito tiene más pena que matar dos menores, he llegado a leer burradas como que ese caso de los dos menores solo podrían ser 15 años mientras que la piratería son 60… ¿dónde pone eso? por favor) y se asegura que las condenas actuales son muy bajas y que se sale con facilidad. ¿Es esto así? ¿Alguien que haya cumplido su pena máxima según el CP -o la reforma del 2003- y ha reincidido sirve como ejemplo, al menos eso, de que las condenas se quedan muy cortas? Imposible, como bien recuerdan en un genial artículo Laura Pozuelo y Jacobo Dopico, que recomiendo que lean: «Los medios y las penas» en El Diario.

Cuando nos roban a todos

Absurdo el ponernos a hablar sobre determinadas expresiones usadas en el auto que ordena la prisión preventiva para el ex presidente de la Comunidad Autónoma Islas Baleares, supongo que producidas simplemente por el hartazgo de la tomadura de pelo ante determinadas evidencias documentales, cuando el caso no solo es grave, sino que es un perfecto compendio de malas prácticas administrativas (desde la clásica división, contra legen, de una obra en tres o cuatro para que su importe sea «menor» y no tener que pasar por concurso hasta los típicos pagos mediante peticiones de estudios a personas que NO pueden hacerlos y que, claro, no los hacen pero sí cobran, hasta las peores prácticas en la adjudicación y realización de obras), sumado todo con financiación ilegal de un partido político (y este calla y mantiene en puestos a imputados, el colmo de la sinvergüencería), o, por lo menos, con pruebas de malas prácticas electorales reconocidas (pagar en negro determinados servicios para no pasarse el límite máximo que imponen las subvenciones a gastos electorales -si no quieres tener límites, no aceptes subvenciones-), imperdonable que se pague con dinero público actos puramente partidistas (durante las elecciones)… En fin, me sumo a la recomendación: Lean el auto de medidas cautelares de naturaleza penal dadas en Mallorca a 30/03/2010 por el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Palma de Mallorca en las Diligencias Previas Nº 2677/08, PDF.

¡Cuánta mentira junta! El PP y el Derecho Penal

«La civilización no suprime la barbarie; la perfecciona.»
François Marie Arouet (Voltaire).

El fin constitucional de las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad es la reinserción social y la reeducación del condenado (art. 25 de la carta magna), comencemos por ahí. Trillo, del Partido Popular (PP, ese partido que arropa y aúpa a presuntos corruptos), se desmelena y dice que el «buenismo correccionista» de la izquierda es una idea «decimonónica» hace que el Código Penal sea demasiado suave y no cumpla con el fin de disuadir a los delincuentes, por lo que está aumentando la delincuencia en España.

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Italia, Berlusconi, impunidad y ley

Es interesante que una derecha que vive del discurso de endurecer las penas permita que tanta gente quede impune tan solo para poder blindar a su santo líder de casos de corrupción (y otros varios), es interesante, repito, que mientras criminalizan meras situaciones de irregularidad administrativa y a quienes les apoyan (como a los inmigrantes «sin papeles» y a quienes les asistan de buena fe) se haga lo imposible para que las autoridades actuales no paguen por sus crímenes. Es interesante, es de locos. Me gusta el titular de Público a una noticia repetida en todos los medios: «El ardid judicial de Berlusconi liberará a miles de imputados».

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Eliminados los beneficios penitenciarios para condenados por terrorismo

Cosas veredes… El poder ejecutivo, de la mano del inefable presidente del Consejo de Ministros, Velásquez Quesquén, presentó un proyecto de ley que pretende derogar el Decreto Legislativo Nº 927, que Regula la Ejecución Penal en Materia de Delitos de Terrorismo, dado el 19 de febrero del 2003, además de modificar la Ley Nº 28760, ley que modificó los artículos 147, 152 y 200 del Código Penal y el artículo 136 del Código de Procedimientos penales y pretenden, además, regular los beneficios penitenciarios en casos de sentenciados por delitos de secuestro y extorsión.

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Irretroactividad de la ley penal no favorable

Lo mismo de siempre, causa un revuelo absoluto la salida de un terrorista y se promete inmediatamente poner remedio a la situación normalmente «garantizando» el cumplimiento íntegro de la pena y excluyendo de beneficios penitenciarios a todo condenado (sin atender al resto de circunstancias personales, por ejemplo, el arrepentimiento, o que ya haya pagado las reparaciones, etcétera). Es una historia vieja y con la que nos engañan (¡siempre!).

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Menores y responsabilidad

Siempre la misma historia: Crímenes horrendos cometidos contra menores que saltan a las primeras planas y reabre por enésima vez un debate que se centra casi en exclusiva en la necesidad de endurecer las penas. Esa es la respuesta universal: Dura lex. Antaño la ley era más dura y esos delitos también ocurrían, pero se vuelve, pasito a pasa, a un tiempo en que el Derecho Penal solo servía para castigar, donde la única justificación para la pena era, en exclusiva, el castigo como método de justicia, una suerte de lex talionis endulzada con sofisticados procesos penales que son grabados en DVD para mayor placer de quienes añoran las hogueras de tiempos pretéritos, pero es esa misma justicia retributiva, tanto daño realizas tanto daño recibes.

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Era para un Jurado, no para la audiencia

Hace un tiempo, hablando con un amigo lego en Derecho, salió el tema del Tribunal del Jurado y cómo está en España. Le comenté, si mal no recuerdo, la resistencia existente en España para llevar los casos a dicho tribunal, y siempre que se pudiese, de la forma que sea, se intentaba por parte de muchos de los operadores llevar la competencia a otros juzgados o tribunales. El Tribunal Supremo ha dicho basta a esta práctica (no sé qué tan extendida está, yo no trabajo en ese ámbito, y las noticias que me llegan del mismo vienen desde subjetividades concretas) en una sentencia de anulación de la cárcel determinada para un criminal de esos que llenan las páginas de sucesos (en su momento fue un caso con harta atención mediática). El TS ha dicho que ese caso era competencia del Tribunal del Jurado y, por ello, anuló la sentencia de la Audiencia Provincial.

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Eso se hizo hace años

Es increíble el ruido mediático que se genera con algunos temas, desde hace ya bastante se vuelve a hablar del caso de De Juana Chaos, de si vivirá en la misma calle donde residen familiares de algunas de sus víctimas, de si se está dejando a un terrorista peligrosísimo suelto y hasta (en menos medios que la otra vez) de la responsabilidad del gobierno en todo este asunto y el necesario cambio legal. Cansino, es lo mismo que hace dos años, con el agravante, esta vez, de que De Juana sale de prisión tras cumplir su condena completa por amenazas ordinarias. Hace ya mucho que cumplió la de los asesinatos .

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Agresiones sexuales a menores: Responder desde la razón

publicado originalmente en De Igual a Igual

Otra vez estamos frente al típico seudodebate en que se pide cadenas perpetuas, endurecimiento de las penas brutales, y otro tipo de medidas que salen más del corazón que de la cabeza, es entendible que nos pongamos en lugar de la víctimas, y que pidamos, realmente, venganza (ni justicia ni, por supuesto, un Derecho penal que se adapte correctamente al Estado Social y democrático de Derecho). En Perú vivimos este debate hace un tiempo (aún no cerrado, de vez en cuando Alan García decide retomarlo), siempre desde la perspectiva del horror que causan ciertos delitos. Así pues, en España se escucha «cadena perpetua para violadores y terroristas» (sí, se incluye como siempre el terror a una organización para avivar los términos de la petición).

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Tiro en la nuca

Uno de los sitios donde más se vulneran los derechos de las personas, sin lugar a dudas, son en las instalaciones de detención, donde los ajusticiamientos, palizas y todo tipo de torturas acompañan a verdaderos delitos de omisión cuando se permite que los presos, detenidos y demás, se den de palos entre sí. Déjalos que se maten entre ellos, muchos piensan, si están ahí es más fácil que le peguen un tiro y no nos salga tan caro, dicen con total desprecio al sistema que mantienen y defienden, con asco por la vida humana en la que luego se escudan. ¿A qué viene esto? «El burrier mexicano muerto en la Dirandro no se habría suicidado», titula El Comercio.

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