Inés del Río Prada apeló la aplicación de la doctrina Parot en todos los estamentos nacionales y, cuando sus intentos fracasaron, fue al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo (que no guarda relación alguna con la UE). Como siempre, cuando ETA o sus miembros o ex miembros están en la picota, los argumentos parecen irreconciliables. Como otras veces, los tertulianos hablan sin tener demasiada idea. En la tertulia matinal de Radio Nacional andaban defendiendo que el Tribunal Supremo hace una interpretación jurídica (dejando caer que Tribunal Constitucional y el TEDH no lo hacen) y, sobre todo, que no estamos ante la interpretación de una ley, sino de un beneficio penitenciario… Esto… ¿de dónde creen que salen las regulaciones penitenciarias? ¿El tema de los beneficios? Hay que tener en cuenta que todos los tribunales, aunque no sean parte del Poder Judicial como tal, realizan una interpretación legal. Y que si existe tanto el Constitucional como el TEDH es, entre otras cosas, porque tribunales como el Supremo también meten la pata.
Periodismo no es simplemente transmitir lo que un equis dice. No puede serlo. ¿Por qué comienzo así una entrada dedicada a los Expedientes de Regulación de Empleo, ERE? Por cómo se ha presentado una noticia en los últimos días (que ahora matizan desde la CEOE diciendo que ellos no pidieron otra reforma laboral, aunque sí la quieran), las notas aparecidas en la prensa con la queja de la CEOE destacaban, en general, que los jueces estaban declarando nulos muchos de esos ERE, y acompañaban con un dato «como muestra», los 9 ERE aprobados por un juzgado frente a 22 echados para atrás (todo salido del mismo despacho de abogados). Y esa era la información, la opinión de que la reforma está causando mucha generalización del acceso a la justicia y que esta fallaba en favor de los trabajadores (y de forma masiva)… Esperen un momento, respiremos hondo. ¿31 ERE judicializados sirven como muestra de qué? Estamos hablando de un país en que se han comunicado 27055 ERE en los 10 primeros meses del año pasado (datos oficiales), esos 31 no son ni una muestra ni nada, son simplemente manipulación.
Estos días ando intentando convencer a un grupo de amigos, todos ellos grandes artistas, a que abandonen DeviantArt en favor de «su» propia plataforma, y si lo que quieren es seguir teniendo «algo así» les estoy ofreciendo la posibilidad de una comunidad usando MediaGlobin (para cuando salga el 1.0) donde alojaríamos proyectos comunes (aun inexistentes) y cada uno «su casa», una de las razones principales que esgrimo es que ahí se aplicarían «nuestras condiciones», no depender del capricho de un tercero sino del «capricho propio» (en este caso, del grupo), además de usar una herramienta federable (importante si quieres ser una alternativa a DA) y que va en contra de la centralización (MG permite redes descentralizadas que pueden estar conectadas con nodos individuales). ¿A qué viene esto? A las nuevas condiciones de uno de los servicios en línea más usados para compartir fotografías (con un pequeño sistema de edición mediante filtros) al margen o en paralelo con las grandes «redes sociales multipropósito».
La cosa se fue de madre y en La Parada un grupo de personas arremetieron contra la policía que intentaba desalojar el lugar,dejando una buena cantidad de heridos (y no solo entre los partícipes directos de la batalla campal), y muriendo dos personas (en contra de lo indicado inicialmente, los dos muertos corresponden a civiles), y estando en estado grave unos cuantos policías. Existe, claro, una «mafia» en La Parada, un ánimo de imponer una ley propia mediante la violencia, y existe, claro, una responsabilidad política, tras un día de «nadie sabe dónde está» finalmente Susana Villarán, la alcaldesa de Lima, dio un paso al frente para asumir el coste político de la operación fallida para «recuperar» La Parada del crimen que ahí campa a sus anchas.
Hace unos pocos días comenté por acá los proyectos que se ha juntado proponiendo la vuelta de la bicameralidad en el Perú, pues bien, tienen un nuevo hermanito, de la mano de Solidaridad Nacional viene el nº 01493/2012-CR (PDF de la propuesta), que con un saque parecido a los otros proyectos (por cierto, este nos recuerda que ya en el periodo 2001-2006 se instó a la vuelta del Senado y todo quedó en nada por falta de impulso) llega a la siguiente propuesta para restituir el Senado en el Poder legislativo:
Cuando el gobierno comenzó a hablar de una reforma de la regulación del profesorado desde determinados medios se dio como una victoria total del SUTEP, dentro de poco nos enfrentaremos a una huelga indefinida de los maestros de la escuela pública contra el proyecto oficialista (proyecto de ley nº 1388/2012-PE). ¿Cómo se explica eso? Esos medios no lo explican, como mucho dicen que es una forma de presionar más al gobierno (¿más? ¿qué hay mayor que una victoria total y el control del ministerio, como en su día decían? igual, simplemente, es que no era cierta su apreciación de los cambios y cómo contentaban o no a las partes, o cuánto habían influido), lo que sí pasa es que, nuevamente, se reedita la guerra Ministerio de Educación contra SUTEP, donde la parte gubernamental juega con ventaja, declara ilegal la huelga (PDF)* y utiliza un lenguaje impropio cuando hablamos del ejercicio de un derecho (¿¡cómo es posible que Salas hable de atentado refiriéndose a las huelgas!?).
Como la Navidad y las fiestas patrias, el debate de la bicameralidad en Perú vuelve cada año. Hace un año y poco la Alianza por el Gran Cambio presentó, en el Congreso, una amplia reforma del Poder Legislativo, en que se incluía la vuelta del Senado (nº 00007/2011-CR, PDF), un mes después era Alianza Parlamentaria quien presentaba un proyecto en el mismo sentido (nº 00258/2011-CR, PDF), ambos proyectos son una actualización de los presentados por los mismos partidos (con nombre de grupo distinto) en el periodo anterior (que se archivan automáticamente al cambiar la legislatura), y como bien recuerda el proyecto de ApGC, el Congreso ya votó favorablemente para el cambio hacia la bicameralidad, pero no se procedió a la segunda votación del texto. Pues bien, el pasado 24 de agosto, día grande en Báscones de Ojeda, el grupo Nacionalista Gana Perú presentó un proyecto de reforma constitucional para restablecer la bicameralidad en nuestro país (nº 01457/2012-CR, PDF). ¿Alguno de los proyectos llegará a algo? ¿Es necesario tener tres proyectos o se debió partir de la base del primero y sobre ese ir presentando o enmiendas o textos sustitutorios?
Un «gritón» de años: Hay cosas que se repiten de tanto en tanto, una de ellas es el «clamor» amarillista (liderado por determinados medios) en favor de «aumentar» las penas ante crímenes horrendos en que, no pocas veces, la víctima, además, es un menor. En Perú lo vivimos y tenemos como constante un esfuerzo por volver a la pena de muerte, en España es típico para los casos de terroristas condenados (ejem... la mitad más uno condenados bajo un código penal ya derogado y a los que las modificaciones no podrían afectarles si respetamos los derechos humanos y la constitución) o en delitos sexuales o asesinatos contra menores (eso sí, cuando acusan y se equivocaron la culpa es de otros y aun así su petición de más penas permanece). Cadena Perpetua se reclama en algunas portadas (una reforma así está impulsando por el actual gobierno, eso sí, bajo un eufemismo), la red se llena de comparaciones que nada tienen que ver con la realidad (si tal o cual delito tiene más pena que matar dos menores, he llegado a leer burradas como que ese caso de los dos menores solo podrían ser 15 años mientras que la piratería son 60... ¿dónde pone eso? por favor) y se asegura que las condenas actuales son muy bajas y que se sale con facilidad. ¿Es esto así? ¿Alguien que haya cumplido su pena máxima según el CP -o la reforma del 2003- y ha reincidido sirve como ejemplo, al menos eso, de que las condenas se quedan muy cortas? Imposible, como bien recuerdan en un genial artículo Laura Pozuelo y Jacobo Dopico, que recomiendo que lean: «Los medios y las penas» en El Diario. | Comentarios: 0.
Lo primero es que la cantidad de viviendas que se dicen que están en alquiler no puede ser real, y lo digo así directamente, creo que son las que formalmente se declaran como en alquiler (simplemente por la cantidad de gente que vive en España de forma irregular y otros tantos que no han formalizado el alquiler y sabes que el propietario no lo declara uno se puede imaginar que la cantidad de viviendas en alquiler es mayor). Bien, esto es una minucia. Lo que es cierto es que en España hay muchas viviendas vacías que no se alquilan, así de saque, por múltiples miedos y resistencias. Y hasta hace unos años (y más con la burbuja inflándose) los españoles, en general, preferían la compra al alquiler. La legislación sobre el alquiler pronto cambiará, es, por lo visto, uno de los proyectos que hoy se aprueban en consejo de ministros.
No, hoy no vengo a hablar de mi libelo, que, como saben, va del Real Decreto Legislativo 3/2012 (RDL en adelante), reforma con efectos poco positivos, sino de la Ley 3/2012, de Medidas Urgentes para la Reforma Laboral (BOE 7 de Julio, PDF, otros formatos, copia local en PDF; LRL en adelante). Lo voy a hacer desde dos planos distintos: Comentar su proceso parlamentario y, por otro lado, los principales cambios producidos por esta ley sobre la reforma por RDL, atendiendo al mismo mundo sustantivo que ya comenté ampliamente (así que nada hablaré sobre los cambios en la legislación procesal laboral y sobre la Seguridad Social muy poco -unas pinceladas sobre bonificaciones-). Esta semana (y la pasada y las próximas) la noticia ya no ha sido la reforma laboral, sino la intervención por la Troika sobre España (el llamado rescate, pero ¿a quién rescatan? con esos amigos…) y el tema laboral quedó desplazado, y eso que se aprobó la mentada LRL. Claro que, en parte, se entiende que no sea noticia por el poco cambio que supone esta LRL…
En Barrapunto me enteré de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una cuestión prejudicial en el caso de UsedSoft GmbH contra Oracle International Corp., (asunto C-128/11, copia en ODT), donde se dilucidaba sobre si era posible «revender» un determinado software – servicio, esto es, si existía un «agotamiento del derecho de distribución» en programas de ordenador (computadora) transmitidos por Internet y en qué condiciones, en todo caso, el mismo se tendría que dar.
Como ya pasó hace unos años: Una mala ley produce unos malos resultados. O como lo anuncia el propio Jurado Nacional de Elecciones: «ROP cancela inscripción de 12 partidos políticos» por no superar la barrera electoral en las generales del 2011 o no haber participado, estos partidos son: Despertar Nacional, Adelante, Fuerza Nacional, Justicia, Tecnología, Ecología (Juste), Descentralista Fuerza Social (en partido de Susana Villarán, alcaldesa de Lima), Cambio Radical (de José Barba Caballero, que intentó lanzar a Kouri), Agrupación Independiente Si Cumple, el Frente Popular Agrícola FIA del Perú (Frepap), Nueva Mayoría, Participación Popular, Renovación Nacional y Movimiento Nueva Izquierda. Muchos de estos paridos sin representación en el Congreso sí tienen autoridades locales o vida partidaria. Y aunque no tuvieran autoridades
El proyecto de ley que modificará cuatro pinceladas de esa reforma laboral que nos impusieron en febrero mediante el Real Decreto ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, debería aprovechar la experiencia de los meses en que dicho RDL está en vigor (entre febrero y hasta que se apruebe la ley) para evaluar, al menos, el impacto inicial y los efectos producidos (por ejemplo, si ayuda a generar empleo neto, si se está dando un efecto sustitución de temporales por indefinidos, si nada ha servido), así como la recepción real de la reforma (utilización de los contratos bonificados y razones por las que se usan, estabilidad de las medidas), aunque sea pronto para evaluar otros puntos (los más trascendentes: impacto sobre la negociación colectiva). Eso sí, ya tenemos unos meses para ver cómo se ha contratado bajo el nuevo paraguas jurídico.
El ministro del Interior, Daniel Lozada, fue interpelado en el Congreso, cinco bancadas ya piden la derogación del decreto… En el considerando del Decreto Supremo Nº 001-2012-IN, por el cual se crea el «Programa Servicio Voluntario de Apoyo a la Policía Nacional del Perú», publicado en El Peruano el 8 de Marzo, encontramos algunas cuestiones como «que, actualmente la Policía Nacional del Perú atraviesa una seria problemática debido a la ausencia de ciudadanos con mayoría de edad que deseen cumplir con el sevicio policial», y lo vinculan al aumento de la inseguridaqd ciudadana, que es necesario «propiciar la reasignación del personal profesional y especializado de la Policía Nacional del Perú al cumplimiento de funciones que fortalezcan la seguridad ciudadana» y, finalmente, que «los efectivos policiales que realizan labores básicas y administrativas sean reemplazados por ciudadanos voluntarios mayores de edad entre los 18 y 21 años»…
¡Yo he venido a hablar de mi libro! ¡Mi libro! Es que Cela fue mucho Cela. Al lío, que hasta ahora no había mandado a quienes leen esta bitácora mediante rss la noticia, salvo que también reciban la actualización de los artículos: La antología de artículos sobre la reforma laboral, que ya había dejado como libro en formato electrónico (epub), ha sido (auto) editada como libro en papel (modalidad impresión bajo demanda): «Apuntes sobre la reforma laboral de 2012».








