Porque todo tiene un final, o debería tenerlo. Esta última entrada de la cábala de la reforma laboral está escrita cerca de la «fecha final» de la negociación pero aún con algunas notas que tenía cuando empecé… pero creo que evitaré entrar en detalle de todo lo que se reformó en el 2012 (y qué cosas se han cambiado posteriormente) porque creo que, por una parte, aporta poco y, por otra, muchos de los temas ni siquiera quedaron en el debate público sobre la reforma (que no solo se tocó el ET, sino también otras normas).
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Cábala sobre la reforma laboral (VI). Negociación colectiva
Seguimos para bingo en esta sexta entrada sobre la cábala de la reforma laboral. Uno de los grandes temas en la reforma del 2012 fue el de la negociación colectiva. Afectó mucho más que otros apartados (como el abaratamiento del despido) y llevó la cuestión a lo colectivo, dificultando mucho la negociación y, por tanto, la única arma legal que tienen las personas trabajadoras para mejorar sus condiciones laborales.
En realidad, podemos ver que todas las reformas laborales que tocan algo colectivo lo que introducen son temas a negociar y, por tanto, diluyen el poder de la clase obrera. Lo voy a explicar de otra forma, en muchos puntos, el ET decía «esto es lo que hay», con lo cual no es negociable, en otros dice «esto es lo mínimo, el CC solo puede mejorarlo» (digamos, como pasa con el salario); esos temas cada vez son menos y, por otra parte, cada vez más el ET dice «el mínimo o máximo es TAL, pero el CC lo puede empeorar» (empeorar desde el punto de vista de la clase trabajadora), curiosamente esto lo que suma más temas a negociar y, por tanto, para conseguir mejoras donde hay límites más claros (el suelo ya existe) hay que ceder más en estos otros puntos.
Siga leyendo…Cábala sobre la reforma laboral (V). Flexibilidad interna
Mientras voy como una tortuguita acabando estas notas, veo cómo el tema de la reforma laboral sigue discutiéndose y, por suerte o por desgracias, se escapa bastante a lo que fue la reforma de 2012, tanto en temas como en fondo. Pero vamos todavía con lo de 2012 y la «derogación». Y sigo con las notas e ideas que había tomado ya hace un mes largo, que si no es apostar a caballo ganador y eso está feo.
Así que acá tenemos la quinta entrada sobre la cábala de la reforma laboral, ahora más centrada en esas cuestiones que significaron generar un desequilibro en favor de la empresa. El Derecho Laboral (así, con sus mayúsculas) está en ese mundo de lo privado (afecta a relaciones privadas) donde una de las partes tiene mucho poder (empresa) y la otra muy poco (personas trabajadoras), por ello, en el Derecho se crean una serie de figuras que «protegen» a las personas. Esto es habitual en todos los ámbitos donde el poder de negociación es muy distinto (por ejemplo, el Derecho del consumo o todo el Derecho de Protección de Datos).
Siga leyendo…Cábala sobre la reforma laboral (IV). ERTE y ERE
Cuarta entrada sobre la cábala de la reforma laboral, muy vinculada con la tercera, la verdad. Pero ya era muy larga como para meterle esto.
Bien, acá llegamos a un punto curioso: el PP está sacando pecho de la reforma del 2012 asegurando que el PSOE la ha empleado y mucho durante toda la crisis del COVID para los ERTE; si no su texto como tal, sí la misma idea que ellos implantaron en el 2012. El gobierno PSOE-UP les mira raro y les recuerda dos cosas: que el PP se ha opuesto a algunos de los RDL donde están esos ERTE y que, en realidad, tuvieron que sacarse de la chistera un mecanismo de urgencia (el procedimiento y los efectos de los ERTE durante la pandemia y varias veces prorrogados)… a la vez, algunos socios por la izquierda del gobierno le piden que ese mecanismo se quede. Pero es cierto que el mecanismo de «la empresa decide» sin una autoridad laboral aprobándolos es lo que ha funcionado.
Siga leyendo…Cábala sobre la reforma laboral (III). Los despidos procedentes
En esta tercera entrada sobre la cábala de la reforma laboral me doy cuenta de que tal vez, cuando se publique, ya estará desfasada. ¿Por qué? Porque las he ido escribiendo de a pocos y programando su publicación mientras que la vida sigue, con lo que es posible que haya declaraciones de la gente implicada que ya haya adelantado temas que ni menciono como posibilidades (o ido ya en contra de mi apuesta). Pero como en parte esto es un ejercicio explicativo de lo que fue la reforma del 2012 y el estado de las cosas actualmente (vamos, qué ha pasado en estos 9 años con la normativa laboral).
Siga leyendo…Cábala sobre la reforma laboral (II). Coste del despido improcedente y salarios de tramitación
Segunda publicación de la minisaga sobre la reforma laboral.
Uno de los principales caballos de batalla contra la reforma fue el coste del despido; se pasó de 45 días por año de servicio con un tope de 42 mensualidades a 33 días por año de servicio con un tope de 24 mensualidades. ¿Es tan importante esto?
Voy a poner un caso con dos tiempos: Manolita cobra mil euros al mes (14 mil al año) y ha trabajado 22 años. Digamos que la contrataron en marzo de 2012 y la despiden en 2034. Le corresponderían 28 000 euros de indemnización (33 por 22 es igual a 726 días; el límite son 720 días –los meses siempre se cuentan de 30 días para estas cosas–); si no existiera la reforma de 2012, su indemnización sería de 38 500 euros. Pero me he ido al máximo; pongamos que Manolita solo lleva 4 años de trabajo: con la reforma que abarata el despido, le corresponde una indemnización de 5133,33 euros; sin esa reforma, su indemnización sería de 7000 euros.
Siga leyendo…Breve nota sobre los ERE
Periodismo no es simplemente transmitir lo que un equis dice. No puede serlo. ¿Por qué comienzo así una entrada dedicada a los Expedientes de Regulación de Empleo, ERE? Por cómo se ha presentado una noticia en los últimos días (que ahora matizan desde la CEOE diciendo que ellos no pidieron otra reforma laboral, aunque sí la quieran), las notas aparecidas en la prensa con la queja de la CEOE destacaban, en general, que los jueces estaban declarando nulos muchos de esos ERE, y acompañaban con un dato «como muestra», los 9 ERE aprobados por un juzgado frente a 22 echados para atrás (todo salido del mismo despacho de abogados). Y esa era la información, la opinión de que la reforma está causando mucha generalización del acceso a la justicia y que esta fallaba en favor de los trabajadores (y de forma masiva)… Esperen un momento, respiremos hondo. ¿31 ERE judicializados sirven como muestra de qué? Estamos hablando de un país en que se han comunicado 27055 ERE en los 10 primeros meses del año pasado (datos oficiales), esos 31 no son ni una muestra ni nada, son simplemente manipulación.
Nuevas notas sobre los efectos de la reforma laboral
En las noticias de RNE se ha insistido en las palabras de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, sobre los contratos indefinidos de apoyo a emprendedores, noticia de hace tres días, en realidad, que se repitió harto como argumento contra la Huelga General (lo digo en serio). Supongo que tras la huelga se tiene que recordar lo «positivo» de la Reforma, y eso se hace en números y sensaciones, se insiste, así, en que si se ha destruido empleo, ha sido menos que sin la reforma (no lo dirán por los ERE, espero) y, en los números, se insiste en esa fórmula contractual. Pero hay trampa, claro.
Apuntes sobre la reforma laboral (II): El despido y su indemnización
¿Ya se leyeron la reforma laboral? Deberían. Se fijarán, rápidamente, como algunas cuantas de las normas mencionadas por la vicepresidenta en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que aprobó la reforma no se encuentran en el «cuerpo» de la norma, sino que son pegotes que están en las disposiciones adicionales o finales del Real Decreto Ley 3/2012. No son, ni de lejos, el «centro» o «contenido» de la reforma, pero el gobierno prefirió hablar de esos temas (algunos populares y populistas) en vez de entrar en la reforma realmente. Hay un tema que no es menor pero tampoco es el principal, pero sí que suele centrar los debates públicos: El despido. Algo ya mencioné la primera entrada de esta saga, acá me detendré en ver los cambios que se dan en: Despidos colectivos, extinciones objetivas, indemnización del despido improcedente (sea objetivo o disciplinario) y Fondo de Garantía Salarial.
Apuntes sobre la reforma laboral (I): Igualando a la baja
En la exposición de motivos de la Reforma Laboral aprobada por el gobierno este viernes encontramos:
«La tradicional indemnización por despido improcedente, de 45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades, constituye un elemento que acentúa demasiado la brecha existente entre el coste de la extinción del contrato temporal y el indefinido, además de ser un elemento distorsionador para la competitividad de las empresas, especialmente para la más pequeñas en un momento como el actual de dificultad de acceso a fuentes de financiación.
Por ello, el presente real decreto-ley generaliza para todos los despidos improcedentes la indemnización de 33 días con un tope de 24 mensualidades que se ha venido previendo para los despidos objetivos improcedentes de trabajadores con contrato de fomento de la contratación indefinida. Con esta generalización se suprime esta modalidad contractual, que se había desnaturalizado enormemente tras la última ampliación de los colectivos con los que se podía celebrar dicho contrato.»
Hace unos meses les contaba la evolución del Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida, de cómo una medida temporal se había colado como algo casi permanente en nuestro sistema, que cada vez afectaba a más gente. Pues bien, ahora ese contrato es el que se vuelve «para todos», contando a los que no lo firmamos (desde ayer mi indemnización, si me despiden de forma improcedente, se contará a 33 días todo el periodo que supere el día de ayer).
Un golpe llamado reforma laboral
Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (PDF, otros formatos). La reacción de los sindicatos mayoritarios ha sido tímida: Movilizaciones primero, luego ya se verá. Ya avisan que dependerá de la acogida de las primeras, creo que las centrales sindicales se dan por vencidas, aceptan que no tienen capacidad de convocar una gran huelga general, como la del 2002 (la del 29-S no fue tan grande) y prefieren perder sin luchar y que se les vea enteros que parecer que han perdido, por más que haya sido cumpliendo su función (dicen ser sindicatos de clase): Luchando. Otros sindicatos ya montaron movilizaciones el mismo 10.
¿Abaratar el despido sirve de algo?
Mariano Rajoy ha hablado, otra vez, para señalar el mercado laboral como el problema de la economía española. No, no busquen en el PSOE una respuesta contundente, desde hace unas semanas el gobierno mira dicho mercado con las gafas de la CEOE y está de acuerdo, faltan perfilar detalles, por eso CiU está más próximo al gobierno, CiU y su propuesta de indemnización de 20 días por año para los despidos improcedentes (la misma que para los procedentes no disciplinarios).
Los falsos o hipócritas argumentos de los mercantilistas
¿Cuántas veces hemos oído a la patronal de las patronales, madre de todas las patronales de España, la CEOE, pedir bajada de los pagos de la seguridad social y despido libre y lo más barato posible, encaletado en eliminar las causas para el despido procedente (sea objetivo o disciplinario) para que así, realmente, deje de existir el improcedente (salvo temas de nulidad, claro)? Demasiadas.
De mentadas de madre y sentencias
Una de las noticias curiosas o amenas del día, esas que son más relleno que otra cosa, es que la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la improcedencia de un despido sustentado en un insulto por parte del ex trabajador (llamó «hijo de puta» al jefe y este lo echó). La sentencia, según han leído en varios medios, destaca que la expresión es de uso coloquial actualmente, y no justificaría un despido (ojo, no se dice que no justifique otro tipo de medidas, incluso en un tribunal de lo contencioso administrativo vasco se ha suspendido de empleo y sueldo a un policía por insultar a un subordinado), y esto es lo que ha levantado cierto debate.
Sobre el «Contrato del Siglo XXI»
La patronal vuelve a poner sobre la mesa el abaratamiento del despido sin causa para igualarlo a las extinciones de contratos con causa dentro de un discurso en que insisten que así se creará más empleo y se acabará con el sistema dual actual. ¿A qué dualismo se refieren? He leído y escuchado mucho ese lema, pero nunca un argumento que sustente el dualismo del que hablamos. ¿De contratos fijos frente a los temporales? ¿De los contratos individuales a los grupales? ¿De los contratos a tiempo completo o a tiempo parcial? ¿De los contratos ordinarios frente a los formativos? ¿De todos los contratos ordinarios del Estatuto de los Trabajadores frente a todos los especiales regulados en normativa propia?