Un lector me recuerda un tema de actualidad relacionado al congresista acá adoptado, y enlaza una nota de Perú21, que debemos completarla con la aparecida en El Comercio, Correo (y más en ese medio) y La Primera (uno de los pocos periódicos que ha preguntado a Javier Diez Canseco por el tema, o que al menos se ha molestado en no repetir, sin más, lo que el fujimorismo dice). Hay dos cuestiones en todo esto: Un posible (más que posible) conflicto de intereses por parte de JDC (y su familia) y el tema sobre la participación de los trabajadores en la empresa (que en Perú, desde hace unos años, se ha limitado a recibir parte de los dividendos o poder adquirir acciones que no son acciones*).
No creo que me dé tiempo para escribirles muchos puntos más de los cuatro programas que estos días he revisado (Propiedad Intelectual, sistema electoral y participación ciudadana y, solo del PP, temas laborales), y esta entrada más bien será breve: ¿Mañana España será republicana? Recordemos que fue un vuelco electoral trajo la segunda república española (la tricolor), y no hay dos sin tres, y que en esta bitácora ya desde hace años llamamos al fin de la monarquía, por ser directamente contraria a la igualdad entre los ciudadanos y totalmente antidemocrática… Y aun así, en la forma monárquica española queda una reminicensia machista que muchos monárquicos proponen quitar, hasta hace unos años (cuando nació la sucesora del sucesor) se comenzó a hablar del tema, para aparcarlo cuando del segundo embarazo de la princesa consorte nació una niña, con lo que no había problema de que el machismo constitucional afectara a la heredera del heredero (machismo que nos deja un príncipe de Asturias actual, en vez de una princesa de Asturias). Que la jefatura del estado sea una institución machista debería hacer sonrojar a cualquiera: ¿Los partidos tocan este tema?
Uno de los temas recurrentes en esta bitácora es el electoral, desde noticias sobre elecciones de todas la latitudes hasta temas más de «sistema» (y ni siquiera les voy a poner ejemplos, espero que los tengan en mente), también deben recordar, en este punto, que me gustaría ver una profunda modificación tanto del Congreso de los Diputados como del Senado (este es hasta más urgente, ¿pero para qué dos reformas si todo puede ir en la misma?) y, por supuesto, del sistema electoral en su conjunto, desde la determinación de la circunscripción (¿la provincia? por favor) hasta el método de reparto. Bien, con esto en mente es lógico que sea el segundo tema para los artículos de «Qué proponen en…», inaugurado ayer con el temático de la propiedad intelectual, será el de «Elecciones y Participación Ciudadana», centrándome en el tema electoral y los mecanismos de participación extra y pasando un poco por encima de la reforma de las Cortes; ya saben la dinámica, recojo y critico los programas de IU, UPyD, PP y PSOE (siendo los cuatro partidos a nivel nacional más grandes).
Voy a realizar unas pocos (muy pocas) entradas sobre determinados temas comentándoles por encima lo que dicen los partidos en sus programas, mejor dicho, lo que yo entiendo de lo que dicen (porque sino bastaría con que se los lean), me voy a centrar, en general, en los programas de los cuatro grandes partidos nacionales (PP, PSOE, IU y UPyD), aun a sabiendas que UPyD no es el cuarto partido más votado (ni lo sea tras estas elecciones), es simplemente un criterio para elegir entre qué programas comentarles. El primer tema es el de «propiedad intelectual», últimamente un tema importante aunque la urgencia económica ha desplazado algunos de los debates iniciados, sobre todo tras la propuesta y aprobación de la (llamada) Ley Sinde, hasta se movió con fuerza «No les votes» (aunque ahora han variado su enfoque).
En 1997 se creó, dentro de una reforma pactada -por el gobierno del PP y los agentes sociales- que aminoraba los daños causados por la del 94, el Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida, ese contrato tenía un par de peculiaridades en favor del empresario (en la que destacaba una indemnización más baja en caso de que el despido objetivo fuera declarado improcedente) y se podía usar para nuevos contratos indefinidos con determinados colectivos (pocos, muy pocos) o para convertir en indefinidos a contratados temporales. El contrato era, y fue, una medida temporal para bajar la alta temporalidad existente en España, se aprobó con una duración de cuatro años. Fracasó como medida. No generó empleo neto. No generó una tasa mayor de conversiones de contratos temporales a indefinidos, lo que sí tuvo fue un efecto sustitutivo, esto es, contratos que se debían convertir en indefinidos ordinarios se vieron transformados por contratos de fomento.
Mientras se habla tanto de la absurda reforma constitucional (¿ven cómo no es tan complicado meterle mano a la Carta Magna? en un par de semanas han acordado una reforma) el Ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha defendido otro gran retroceso en los derechos laborales de los trabajadores. Cuando alguien no cumple la ley o se mejora la vigilancia del cumplimiento o se mejora la redacción para que no sea fácil saltarla, no se hace lo que el Ministro propone, que es suspender la aplicación de la ley. Gómez afirma:
«Muchas empresas y algunas instituciones públicas importantes no renuevan los contratos temporales si con esa renovación se incurre ya en la regla de que a la próxima se tiene que convertir ese contrato en indefinido.»
Esta práctica empresarial no solo existe, sino que se viene dando desde que esa regla se aprobó ya hace mucho tiempo, esto es, no es un incumplimiento de la norma vinculado a la crisis económica, sino una norma toreada desde que se aprobó por la falta de control (lo mismo que la causalidad de los contratos temporales, es imposible que 9 de cada 10 contratos nuevos cumplan las causas de la temporalidad). Ahora el ministro lo suelta como excusa: Ya que no renuevan los contratos, quitemos la norma que los obliga a convertir a fijos para que esa persona mantenga su empleo.
En estas líneas me he ocupado bastante del tema electoral, sobre todo del sistema en España (visto desde distintos ángulos, niveles e hipótesis), de forma recurrente encuentro ciertos «errores de apreciación» que apuntan al sistema de reparto D’Hondt como causante de todos los males del bipartidismo en España, cuando más que el reparto (que no ayuda a corregir el «error de partida») final es en el saque, la circunscripción electoral, donde el sistema español pierde más proporcionalidad (véase el reparto de diputados por provincia en: «¿Cada cuántos censados hay un diputado?», «Votos por diputados, o algo así» y «Sobre el reparto de escaños entre las provincias»).
Entre constituciones anda la cosa: Vuelve la matraca sobre la constitución del 79 frente a la del 93 (esto es como en el 2006, ¿se acuerdan?), al margen de la falta de discurso unificado en Gana Perú (que si unos hablan de Asamblea o cambio total, que si otros hablan de reformas puntuales y unos últimos dicen que retoques como mucho -como se han hecho o pedido en los últimos años-), lo cierto es que el espíritu del 79 vuela sobre nuestras cabezas, desde el propio juramento (troll) de Ollanta Humala y sus vicepresidentes, que no sé cómo ese texto legal pueda significar la «gran transformación» de Perú en el sentido de generar inclusión (¡como si la hubiera en los años ochenta!), al punto que hasta El Comercio se lanza con un artículo de lo más limitado titulado «Lo positivo y lo negativo de las constituciones del 79 y 93». No voy a extenderme mucho en esta entrada, ya que simplemente me remitiré a dos artículos escritos para Perú Político hace bastante tiempo en que realizo una comparativa entre los dos textos (en uno es el tema principal, en otro lo trato de forma tangencial, para marcar el «estado de la cuestión» que nos ocupa ahí): «De Constituciones ¿Por qué debiéramos volver (o no) a la del 79?» (18 de marzo de 2006) y «La mal llevada descentralización del Perú, un problema de partida» (4 de febrero de 2006). Sobre el primero, lo curioso es que hablo del APRA y otros partidos que pedían, en ese entonces, volver a la del 79, pero se podría aplicar a buena parte de Gana Perú. | Comentarios: 0.
La bajada del artículo «PJ presentó proyecto que sanciona con cárcel difusión de audios ‘chuponeados’» es un buen resumen del sentido de la norma:
«Esta iniciativa no busca incrementar las penas de quienes intercepten comunicaciones, sino incluir como ilícito penal la propagación»
Una de las consecuencias indeseables del caso del «petrogate» o de los «petroaudios» (como prefieran llamarlo), junto con los siguientes casos de audios de conversaciones ilegalmente obtenidos son difundidos, es este proyecto de reforma presentado por el Poder Judicial al Congreso de la República que busca matar al mensajero.
Para acabar con la mini-saga de artículos sobre modificaciones propuestas, llega el turno de los presidentes: Hace no demasiado el PP, si no mal recuerdo, propuso que el candidato a presidente no solo fuera peruano, sino que sus padres también lo sean… Ahora dos propuestas se depositan en el Congreso con el fin de limitar más la posibilidad de que una persona sea candidata a presidente: Los proyectos nº 04870/2010-CR y nº 04883/2010-CR, uno presentado por el APRA, PPC y otros, y el otro por tres congresistas (firmado inicialmente por Torres Caro), ambas iniciativas buscan modificar el artículo 112º de la Constitución para aumentar la prohibición que ahí se contiene para los que deseen ser candidatos a presidente. Una de ellas pretende prohibir toda reelección de presidente, con lo que algo como el segundo gobierno de Alan García o el intento de Toledo de volver a ser presidente serían imposibles, y el otro proyecto, en cambio, busca frenar la «dinastía» de mandatarios, prohibiendo que postule a presidente una serie de personas vinculadas con el que está en el mandato.
En la entrada anterior les mencioné una serie de proyectos de reforma o del reglamento o de la constitución o de la ley orgánica de elecciones, para luego centrarme en los del reglamento del Congreso. Uno de los proyectos, el nº 04869/2010-CR, presentado por el Partido Aprista Peruano, busca modificar la ley orgánica de elecciones (ley Nº 26859) con el fin de establecer como requisito el residir al menos durante cinco años en el distrito electoral donde se presenta.
Es increíble la cantidad de iniciativas que se presentan los últimos días de vigencia de un determinado parlamento, y lo rápido que se votan iniciativas presentadas dos días antes (con resultados «curiosos»)… Algunas iniciativas importantes que me han llamado la atención: Proyecto de ley de reforma constitucional nº 04883/2010-CR, presentado por gente del PPC y el APRA, entre otros, para modificar el art. 112º de la Constitución con el fin de prohibir que parientes cercanos -políticos o de sangre- del presidente ejerciente se puedan presentar en las siguientes elecciones, Proyecto de reforma del Reglamento del Congreso nº 04882/2010-CR, presentado por el APRA para facilitar que su partido tenga grupo propio en el Congreso (proyecto presentado el 14 y votado el 16, mandándose a comisión), proyecto de reforma de ley nº 04869/2010-CR, presentado por el APRA, para que los candidatos al Congreso deban acreditar residencia en la circunscripción donde se presentan y el proyecto de ley de reforma de la Constitución nº 04870/2010-CR , presentado por Carlos Torres, Hilaria Supa y Jorge Flores, para prohibir la reelección presidencial en cualquier momento (ahora prohibida solo de forma consecutiva), el proyecto de reforma del Reglamento del Congreso nº 04858/2010-CR, presentado por el APRA, AP y otros, para introducir un requisito para la jura del cargo de Congresista a aquellos que estén siendo investigados, inculpados, acusados o imputados en procesos penales por delitos de tráfico de drogas o lavado de activos vinculados al narcotráfico (esta iniciativa, presentada el 24/5, se terminó agrupando con la de la bancada del Congreso solicitada por el APRA, ya se votó y volvió a comisión).
¿Para cuándo otra Huelga General?
Leo y releo la reforma aprobada el pasado viernes por el gobierno de España, el Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva (PDF), y vuelvo a pensar una y otra vez lo mismo: «¿Cómo es posible que los sindicatos mayoritarios no llamen a la Huelga General»? Las respuestas tanto de UGT como de CC.OO. son más bien tímidas, máxime si las comparamos con lo que hicieron tras la reforma laboral del año pasado: Una huelga general y una iniciativa legislativa popular para revertirla (presentada hoy ante la JEC).
Pasado mañana son las elecciones en Perú. La segunda vuelta presidencial. Elegiremos entre el gran mal y el también gran mal, pero peor. Al menos en esa tesitura estamos muchos de los peruanos que no votamos por ellos en primera vuelta. ¿Cuántos peruanos votaron por Ollanta Humala o Keiko Fujimori en primera vuelta?
| Cuadro 1: Resultado de la primera vuelta 2011 – Presidencial | ||||
| VV | VE | VH | ||
| GP | 4643064 | 31,72% | 27,80% | 23,27% |
| F2011 | 3449595 | 23,57% | 20,66% | 17,29% |
| AGC | 2711450 | 18,52% | 16,24% | 13,59% |
| PP | 2289561 | 15,64% | 13,71% | 11,48% |
| SN | 1440143 | 9,84% | 8,62% | 7,22% |
| Blancos | 1477696 | 8,85% | 7,41% | |
| Nulos | 584233 | 3,50% | 2,93% | |
| Emitidos | 16699734 | 83,71% | ||
| Electores | 19949915 | |||
| Abreviaturas: VV: Votos Válidos | VE: Votos emitidos | VH: Votos de electores hábiles | Datos de la ONPE, cuadro de elaboración propia. |
||||
Entre los peruanos con derecho a voto la suma de Ollanta y Keiko es de 40,56%, si contamos solo los votos emitidos, tenemos que Humala y Fujimori suman el 48,46% de los sufragios. Realmente: ¿por qué debemos elegir entre dos opciones que no llegan al 50% siquiera? En realidad los porcentajes de ambos candidatos son bajos. Y eso que el candidato de Gana Perú sí consiguió superar el 30% de los votos válidos.
Represión lingüística: El castellano como único idioma válido durante el franquismo
Sin comentarios »Hace ya bastante tiempo discutí con otro peruano sobre la censura en la España franquista, él aseguraba que esta no existió, al menos no como se la pinta, que no hubo tal nivel de persecución a la izquierda y que esta mantuvo sus medios de comunicación, para él la prueba era una serie de publicaciones anarquistas que encontró en un archivo-museo. ¡Como si no existieran las publicaciones clandestinas! Mundo Obrero, sin ir muy lejos, se siguió imprimiendo en toda la época de la dictadura, pero si te pillaban con un ejemplar del mismo, sobre todo hasta mediados de los sesenta, ibas directo a la cárcel, sin pasar por el juzgado. Algo así pasa con el «mito que no es un mito» de la persecución de todo idioma que no fuera el español durante el franquismo.










