Sobre leyes, decretos y vinculados

En España ya llevamos casi dos meses de Estado de Alarma, durante este periodo, el gobierno está legislando mucho, pero muchísimo, a punta de Real Decreto Ley. Además, se está habilitando a sí mismo (dentro de estas normas) a sacar desarrollos reglamentarios mediante Reales Decretos y Órdenes Ministeriales. Existe una crítica fuerte en que el gobierno aprovecha que el Pisuerga pasa por Valladolid para «implantar su agenda» y creo que se están mezclando algunas cosas…

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Ley, acoso y encuestas

Es difícil que, en una encuesta, ante una pregunta tipo «[e]l gobierno ha aprobado un DL donde se permite a la policía acceder a la geolocalización de teléfonos celulares o dispositivos móviles de personas para fines de lucha contra la delincuencia. […] ¿esta ley es necesaria para reducir o no es necesaria para reducir los delitos de extorsión?» la gente conteste «no», salvo que la información que tenga sobre la ley sea amplia y valore la norma como negativa. ¿Quién se puede negar a una ley que puede ayudar a la policía? Dicho así, sin más, es digno de apoyar. Falta matizar mucho la pregunta para concretar mejor la respuesta. Ah, mencionan el «DL» que aprobó el gobierno, que, como todo mundo sabe, hemos leído todos. Es que, amigo, en el contenido de una pregunta se halla, en gran medida, la respuesta puede variar. ¿Si la misma pregunta incluyera la expresión «sin orden judicial» modificaría la respuesta? ¿Y si se pusiera como alternativa a la medida del gobierno el que para acceder a esa información se tenga que pedir una orden judicial -lo que, por otro lado, ya existe- la misma cantidad de gente -79%- apoyaría la actual reforma? ¿Por qué la pregunta se enfoca en un tipo de delito?

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Proyectos, proyectos…

¿Los congresistas no tienen correctores de estilo? Mejor dicho: ¿por qué no tienen correctores de estilo? Es que hay proyectos llenísimos de faltas ortográficas… y no solo eso. ¿Cómo es posible que una pregunta tenga termine con signo de cierre y seguida de un punto? ¡Punto! En fin. Saben (y si no lo sabían, ahora ya lo saben) que uno de mis «placeres culposos» es revisar los proyectos de ley que hay en el Congreso, se encuentran verdaderas perlitas. Normalmente busco algún tema concreto (por ejemplo, las reformas penales propuestas), otras veces solo miroteo… en parte para ver qué hacen nuestros congresistas (también le pego vistazos a los diarios de sesiones; pero esto menos y solo por temas concretos).

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De la interpretación de las leyes

El título ha quedado demasiado pomposo para lo que la entrada será, les voy avisando, para que luego no digan que el texto carece de tecnicismos, citas doctrinales, jurisprudencia y demás. Y por supuesto, esto no va de «cómo» hay que «interpretar» las leyes, sino de que las leyes son interpretables. Existe una sensación de que la justicia (aplicación de las normas por jueces y magistrados, la llamaré «justicia» por abreviar nomás) es parcial, discrecional, que está «politizada» y que sus sentencias no son «técnicas», y por ello, está podrida por dentro y por fuera, no sirve, se debe dar un paso a «tecnificar» los órganos con poder de juzgar y hacer cumplir lo juzgado, se mira un poco a la ley y se le acusa de ambigua, se mira a los jueces y se les acusa de no funcionar según el «sentido común», en fin, lo que vemos todos los días en la prensa.

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Comisión aprueba modificación de ley electoral regional

Poniendo titulares no tengo límites. Al lío, la Comisión de Constitución aprobó un proyecto de ley (que unía dos, presentados por el PNP y el APRA) que modifica la ley N.º 27683, De Elecciones Regionales, publicada el 15 de marzo de 2002, en el sentido de permitir que sean candidatos para dichas elecciones tanto los residentes (que prueben tres años de vida en la región) como los que aun no siendo residentes sí han nacido en dicha región. Todos los grupos representados en la comisión votaron favorablemente. Ahora toca que el pleno la vote y tal…

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Hojas de vida, afiliación y otros en Perú

No saben cómo solucionar un problema estructural en nuestra política y se dedican a poner parches que, además, considero entre contraproducentes y directamente inconstitucionales. Hace ya tiempo hablé sobre el registro del padrón de afiliados de los partidos, que mantengo la duda sobre la constitucionalidad de dicha medida, mejor dicho, la consideré «inconstitucional». La noticia que inicia toda esta introducción: «Los candidatos ahora están obligados a informar sobre sentencias y militancia». Ojo, no «militancia» actual (muchos insignes apristas que copan puestos públicos no han militado oficialmente en el partido de la estrella), sino toda la militancia presente y pasada, y todas las sentencias condenatorias dolosas. Además, de paso, se dificulta la inscripción de partidos.

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Sobre la Sentencia del TC sobre el uso de las FF.AA.

Muchas veces me pregunto si los responsables políticos han leído los documentos jurídicos de los que hablan o simplemente buscan ruido y enfrentar «poderes» del Estado (u órganos de control con los de decisión o ejecución) para hacer que la postura propia gane peso sin que tenga siquiera la razón. Esto lo digo por la reciente sentencia del pleno del Tribunal Constitucional (sobre el expediente Nº 00002-2008-PI/TC) que declara inconstitucional en una minúscula parte la ley Nº 29166, Ley que establece Reglas de Empleo de la Fuerza por parte del Personal de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, aprobada en diciembre del 2007 (PDF).

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Tres en uno

Detesto el doble discurso, y cada vez le cojo más alergia, si es que se puede, al que encima va acompañado de populismo y demagogia a partes iguales. Ayer el Congreso convalidó el decreto de los 420 euros para los parados que han agotado la prestación de desempleo, ayer también el Congreso dio luz verde a que se siga tramitando una reforma que endurece más la Ley de Extranjería, ayer los responsables del PSOE se colgaban la medalla de ayudar a los grupos marginados, mientras dificultaban el acceso a servicios más básicos a uno de los grupos sociales más marginados, maltratados y explotados: Los inmigrantes ilegales.

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¡Sí juro!

-Todos, júntense un poco todos.. ¡silencio por favor! Levanten todos la mano derecha, que vamos a proceder a jurar… No, no tan alto, el de ahí. Ah, que quiere preguntar algo, diga, diga rápido qué quiere.
-Soy zurdo.
-¿Y?
-¿Qué sentido tiene que levante la mano derecha si la significación viene de la importancia de dicha mano si soy zurdo?
-¡Qué más dará! ¡Levante la mano que quiera y jure como los demás!
-¿Y por qué juramos?

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Menores y responsabilidad

Siempre la misma historia: Crímenes horrendos cometidos contra menores que saltan a las primeras planas y reabre por enésima vez un debate que se centra casi en exclusiva en la necesidad de endurecer las penas. Esa es la respuesta universal: Dura lex. Antaño la ley era más dura y esos delitos también ocurrían, pero se vuelve, pasito a pasa, a un tiempo en que el Derecho Penal solo servía para castigar, donde la única justificación para la pena era, en exclusiva, el castigo como método de justicia, una suerte de lex talionis endulzada con sofisticados procesos penales que son grabados en DVD para mayor placer de quienes añoran las hogueras de tiempos pretéritos, pero es esa misma justicia retributiva, tanto daño realizas tanto daño recibes.

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Andalucía: Proyecto de Ley sobre «muerte digna»

Aunque no soy amigo de la expresión, y ni siquiera así se llama el proyecto, es como se está conociendo esta iniciativa legislativa de la Junta de Andalucía, cuyo nombre completo es: «Proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte«. Acortado por la Junta como «Ley de Dignidad ante el Proceso de la Muerte», aunque, como digo, la prensa habla de «muerte digna», un par de ejemplos y así pongo enlaces a noticias: «Andalucía aprueba el proyecto de ley de muerte digna», «La ley de «muerte digna» excluye el derecho a objeción de conciencia médica» y «El PP se resiste a apoyar la Ley de Muerte Digna». Como borrego que soy me sumo al nombre en el titular.

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Debate de Estado de la Nación: Rosa Díez al habla

La libertad religiosa no necesita regulación legal por estar en la constitución, dice Rosa Díez, de UPyD, y afirma que los únicos estados que regulan la libertad religiosa son los musulmanes. Acabo de descubrir que España es musulmana desde 1980, en concreto, desde el 5 de Julio de ese año, en que se aprobó la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, 7/1980.

Velásquez Quesquén manda a publicar la ley derogatoria

Que sí, que no… Y así todo el rato, hasta que al final fue el propio congreso, bajo la batuta del cuestionado Javier Velásquez Quesquén, el que tuvo que ordenar la publicación de la Ley Nº 29261 por la que se derogaron los Decretos Legislativos Nº 1015 y Nº 1073, conocidos como Ley de la Selva. Así pues, los Decretos Legislativos pierden vigencia y la situación vuelve a la anterior existente, que exige mayorías cualificadas para enajenar tierras comunitarias a comunidades campesinas y amazónicas.

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