Los congresistas no pueden someterse a mandato

Es alucinante. Simplemente alucinante. Lo primero, se sigue creyendo que las meras prohibiciones arreglarán unos partidos políticos que no saben cómo organizarse, que no tienen una verdadera base ideológica –al menos no distinta entre sí, no en elementos claves–. Lo segundo, seguimos sin entender que los congresistas representan directamente al pueblo, no son meras correas de transmisión de lo que el partido diga. Como extra: parece que hay políticos que no se enteran de qué es y para qué sirve el Tribunal Constitucional. Personalmente no me gustan muchas de sus decisiones, pero nunca se me ocurriría decir que el Constitucional no puede controlar el Reglamento del Congreso, ¡si su trabajo es mantener la Constitución!

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Sentencia del TC polémica sobre la «píldora del día siguiente»

Tres años después, todo vuelve al comienzo. En su día, además de todas las instituciones internacionales vinculadas con el ámbito de la salud (OMS, OPS, UNFPA) así como nacionales (Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología, Colegio Médico del Perú), se sumaron las voces del Ministerio de Salud, el de Justicia, la Defensoría del Pueblo y el Tribunal Constitucional, cada uno por su lado, para decir que la pastilla anticonceptiva oral de emergencia (AOE, también conocido como píldora del día siguiente o del día después) no es abortiva, incluso la Corte Superior de Lima tuvo que rectificar su primera postura para aceptar finalmente ese carácter «no abortivo» de la mentada píldora. Ahora viene el Tribunal Constitucional y dice que sí «puede tener» carácter abortivo y todo lo avanzado hasta la fecha se va a la porra.

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Sobre la Sentencia del TC sobre el uso de las FF.AA.

Muchas veces me pregunto si los responsables políticos han leído los documentos jurídicos de los que hablan o simplemente buscan ruido y enfrentar «poderes» del Estado (u órganos de control con los de decisión o ejecución) para hacer que la postura propia gane peso sin que tenga siquiera la razón. Esto lo digo por la reciente sentencia del pleno del Tribunal Constitucional (sobre el expediente Nº 00002-2008-PI/TC) que declara inconstitucional en una minúscula parte la ley Nº 29166, Ley que establece Reglas de Empleo de la Fuerza por parte del Personal de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, aprobada en diciembre del 2007 (PDF).

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