Promesas no programadas

En el programa de UPyD (PDF) encontramos, con el número 10, la propuesta de eliminar la Disposición Transitoria Cuarta del texto constitucional, junto con otras propuestas que afectan de forma directa a los llamados territorios históricos (básicamente es eliminarle esa consideración y los privilegios que trae consigo). En el programa del Partido Popular (PDF) Navarra nunca es mencionada, más bien, en el apartado sobre las comunidades autónomas (apartado 4.4, página 157 y ss.), no se menciona en ningún momento la posibilidad remota de eliminar la previsión constitucional acá mencionada. No he encontrado, por otra parte, el programa «específico» de la coalición con UPN, si es que el mismo existe (sí los spot de campaña de esta formación).

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Entre constituciones anda la cosa

Vuelve la matraca sobre la constitución del 79 frente a la del 93 (esto es como en el 2006, ¿se acuerdan?), al margen de la falta de discurso unificado en Gana Perú (que si unos hablan de Asamblea o cambio total, que si otros hablan de reformas puntuales y unos últimos dicen que retoques como mucho -como se han hecho o pedido en los últimos años-), lo cierto es que el espíritu del 79 vuela sobre nuestras cabezas, desde el propio juramento (troll) de Ollanta Humala y sus vicepresidentes, que no sé cómo ese texto legal pueda significar la «gran transformación» de Perú en el sentido de generar inclusión (¡como si la hubiera en los años ochenta!), al punto que hasta El Comercio se lanza con un artículo de lo más limitado titulado «Lo positivo y lo negativo de las constituciones del 79 y 93». No voy a extenderme mucho en esta entrada, ya que simplemente me remitiré a dos artículos escritos para Perú Político hace bastante tiempo en que realizo una comparativa entre los dos textos (en uno es el tema principal, en otro lo trato de forma tangencial, para marcar el «estado de la cuestión» que nos ocupa ahí): «De Constituciones ¿Por qué debiéramos volver (o no) a la del 79?» (18 de marzo de 2006) y «La mal llevada descentralización del Perú, un problema de partida» (4 de febrero de 2006). Sobre el primero, lo curioso es que hablo del APRA y otros partidos que pedían, en ese entonces, volver a la del 79, pero se podría aplicar a buena parte de Gana Perú.

¿Por qué es «antidemocrático» cambiar la constitución?

Las democracias formales (como cualquier democracia burguesa) no dejan de ser, básicamente, democracias de procedimiento, y si son Estados de Derecho más aun. De repente la constitución peruana se ha vuelto sagrada. Uno de los partidos que llegan a segunda vuelta tienen, como promesa electoral, un cambio constitucional profundo (pero muy mal determinado por el plan de gobierno), el otro de los partidos, básicamente, fue quien aprobó el actual texto constitucional en el 93 tras un autogolpe.

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¿»Poner freno» al TC?

En el fondo lo que quieren es carta blanca. «Piden que se ponga freno al TC en materia económica» titula Perú21. La cuestión, como tantas otras veces, se plantea como un «límite» a un organismo fiscalizador cuyas resoluciones no gustan sobre un tema concreto, en este, las «vinculadas a aspectos del manejo económico», esto es, cuando hay dinero de por medio, limitar la labor del máximo intérprete de la constitución en el país, norma suprema del ordenamiento jurídico cuya garantía, a la postre, es la del Estado de Derecho en sí mismo.

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Comisión aprueba modificación de ley electoral regional

Poniendo titulares no tengo límites. Al lío, la Comisión de Constitución aprobó un proyecto de ley (que unía dos, presentados por el PNP y el APRA) que modifica la ley N.º 27683, De Elecciones Regionales, publicada el 15 de marzo de 2002, en el sentido de permitir que sean candidatos para dichas elecciones tanto los residentes (que prueben tres años de vida en la región) como los que aun no siendo residentes sí han nacido en dicha región. Todos los grupos representados en la comisión votaron favorablemente. Ahora toca que el pleno la vote y tal…

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El APRA, la Constitución y el Congreso

¿Qué quiere hacer el APRA con el Congreso? Algo que no tengo nada claro es cuál es la postura «real» (no la declarada) del APRA con respecto al Congreso, según muchos (que he ido leyendo y cuyos enlaces, lamentablemente, no les puedo proveer), la estrategia se fundamenta en articular un sistema donde el APRA no sufra demasiado lejos de los puestos de cabeza del Congreso, facilitando que la «rabia» por un mal mandato se esfume rápido y ganar votos «castigo» contra el gobierno de turno…

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TC: Estatuto catalán y matrimonio homosexual

Será que no vivo en Cataluña, y por eso la demora en la sentencia no me importa demasiado. Demora debería entrecomillarlo, como ya he dicho en alguna ocasión, esa lentitud más que excepcional es la norma, y ello es en sí mismo más triste que la falta de dicha sentencia. El Estatuto de Autonomía de Cataluña es una norma indudablemente importante, dentro del llamado «bloque constitucional», es, por así decirlo, la Constitución de Cataluña dentro de (desarrollando) la Constitución de España, y sin dudas es importante y afecta de forma más o menos directa (o indirecta) la vida de los ciudadanos de esa parte de España, pero no hay más.

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Peces-Barba y una media verdad

«En el 31º aniversario del referéndum que el 6 de diciembre aprobó con gran mayoría de votos favorables, en todas las provincias, sin excepción, la vigente Constitución refrendada en acto solemne».

Gregorio Peces-Barba en ElPaís.com

Gregorio Peces-Barba celebró el día de su «hija» defendiéndola en El País, en un artículo titulado «La supremacía de la Constitución», publicado el pasado seis de diciembre, el día en que se celebró, en España, el 31er aniversario del referendo en el que el pueblo español aprobó la actual constitución, con la que se salió de una larga dictadura de 40 años llamada franquismo.

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Revés anunciado para el voto facultativo

«El voto voluntario no tiene aval», cuentan en Perú21. Seguimos en las mismas: Los partidos políticos en Perú no quieren democracia, e insisten en el voto obligatorio, que ni es derecho ni es nada. El APRA ha vuelto a plantear un proyecto para reformar la constitución e introducir el voto voluntario (ante el actual panorama de voto obligatorio, con multa por no votar). Lo peor son las razones, por llamarlas algo, para mantener la absurda contradicción de voto obligatorio. Vivimos en tiempos oscuros, donde se recurre a los mismos argumentos que en su momento se esgrimieron en favor del voto censitario (solo para propietarios), el voto machista (en contra del voto femenino) o el voto limitado a los que sabían leer.

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Villa Stein y el control constitucional

Para que la constitución sea la norma suprema, debe existir un método de control de la constitucionalidad de todas las leyes y actos que recaiga sobre instituciones distintas a las que tomaron la decisión sometida a estudio, esto se consigue básicamente de dos formas (hablando con brocha gorda): Mediante un órgano especial (normalmente un Tribunal o Corte Constitucional) o mediante un control dentro de la jurisdicción ordinaria (el Poder Judicial, a esto le podemos agregar una suerte de concentración dando a la Corte Suprema una especialidad en el control constitucional -mediante una sala especial, mediante su poder interpretativo último, dando efectos generales a resoluciones inicialmente inter partes, etc.). Se puede, por supuesto, tener ambos sistemas funcionando a la vez, ya sea en uno mixto o en uno dual (donde ambos sistemas corren en paralelo), en ambos casos la Corte o Tribunal Constitucional tendrá, previsiblemente, la última palabra.

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Sobre reglamento y renuncia en el Congreso

Rocío de María González Zúñiga, Congresista por Arequipa, elegida con UPP que desde hace tiempo está como «independiente» en la cámara, debería renunciar a su escaño. ¡Pero no puede! ¡País! La historia es simple, aunque tiene un actual trasfondo jurídico interesante, González Zúñiga fue condenada por hurto agravado de energía eléctrica en agravio del Estado, el robo lo realizó una empresa de su propiedad en Arequipa, la condena fue de cuatro años de prisión, pero suspendida. La condena ha sido confirmada por la Corte Suprema y se ha montado una buena.

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Candidato al parlamento y a la presidencia

El APRA, a iniciativa de Aurelio Pastor, presentó el pasado 18 de marzo un proyecto de reforma constitucional para permitir que el candidato a la presidencia sea también postulante al Congreso (propuesta 03100/2008-CR), así los líderes de los distintos partidos (sobre todo los de los principales) conseguirían plaza en el Congreso y no serían agentes «externos» a la política parlamentaria. Esta reforma del artículo 90º de la Constitución Política del Perú es, sin dudas, una buena iniciativa, me refiero a la idea en sí misma, no a lo mal que la han planteado los compañeros de la cédula aprista.

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¿Por la mejora de la proporcionalidad?

«Aprueban que el número de congresistas se fije por una ley» titula Perú21. La Comisión del Congreso de la República de Constitución y Reglamento ha aprobado, con los votos favorables del APRA (Mulder, Del Castillo, Pastor y Valle Riestra), Unidad Nacional (Bedoya) y Alianza Parlamentaria (García Belaunde) y el voto en contra del Partido Nacionalista, aprobó un dictamen de modificación del artículo 90 de la Constitución para eliminar el número fijo de 120 curules para que la cantidad de congresistas se fije por Ley adecuándose a la población actual (el modelo brasileño).

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Archivado proyecto en favor del voto voluntario

El proyecto para instaurar en Perú por fin el Voto Voluntario (o voto libre o voto facultativo) ha sido archivado con la mayoría de votos en la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República con argumentos tan absurdos como que el voto voluntario «pondría en juego la legitimidad del sistema» o que la ciudadanía no está preparada para decidir si va a votar o no. ¿Cómo es posible que no estemos preparados para tomar la primera decisión en todo proceso electoral pero sí para elegir al que mandará?

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Telma Ortiz abre el debate: Información y privacidad

Desde que existe la prensa rosa (o las secciones rosas) se da una fuerte coalición (y constante) entre la intimidad y el derecho de información (que no de libertad de expresión, son derechos distintos). Obvio que este enfrentamiento entre derechos siempre ha existido, cuando lo público y lo privado se mezclan en los medios de comunicación, pero digamos que la prensa rosa ha exagerado la confrontación entre los derechos, sobre todo porque ha elevado a la categoría de «información» lo que todos llamaríamos únicamente «acoso».

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