Programa del PP: El ámbito laboral

La estrategia de presentación del programa electoral del Partido Popular ha sido muy inteligente, conferencia primero (como el PSOE), unos adelantos luego, un acto de presentación que daba un resumen del programa en diez páginas para, finalmente, días después, dejar colgada en la web del partido todo el programa (pueden descargarlo acá, una copia en esta web). En el PSOE fueron más «convencionales», la conferencia y tal, y luego una presentación del programa (solo colgado en la web del Candidato, ¿significa que cuando esa web desaparezca ya desde la página del PSOE no se podrá acceder al programa? Si es que ahora, en plena campaña, el portal del partido apunta a un programa inexistente -404- y hay que mal buscarlo en la de Pérez Rubalcaba… una copia en esta web). Del programa de gobierno del Partido Popular se está hablando mucho, centrado en temas de «familia» (y la clamorosa ausencia, por ejemplo, sobre algunas líneas con respecto al matrimonio entre personas del mismo sexo, si se les pregunta, están a la espera de la sentencia del TC, pero en cambio sí hablan del aborto, algo que también está pendiente de sentencia) y en temas «económicos y fiscales». El tema laboral solo se entra por la supuesta ausencia de las medidas contra el paro, en realidad discrepo con esta afirmación, estoy convencido de que las medidas propuestas por el PP no sirven para bajar el paro, pero son medidas indirectas para crear empleo (por tanto, contra el paro), también tiene un apartado sobre la reforma labora, tocando la negociación colectiva, y de eso hablaré.

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Breves notas sobre el PP y la negociación colectiva

Cuando se abstuvieron en la última votación para convalidar un Decreto Ley de reforma del mercado de trabajo (no es ni de lejos el primero que permiten con su abstención, en realidad casi todas las reformas dadas por decretazo en el ámbito laboral contaron con la abstención del PP, aunque luego votara en contra al proyecto de ley subsiguiente, en los casos en que los hubo) el argumento que esgrimieron fue que lo hacían para evitar la supremacía de los Convenios colectivos de ámbito autonómico sobre los estatales, Soraya Sáenz de Santamaría insistió mucho que esa situación rompería la unidad del mercado en España, la igualdad entre los trabajadores, a fin de cuentas, dijo en alguna entrevista, si se hiciera eso un trabajador de un sitio podría ganar menos que el de otro por el mismo trabajo…

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De medida temporal a parte del sistema

En 1997 se creó, dentro de una reforma pactada -por el gobierno del PP y los agentes sociales- que aminoraba los daños causados por la del 94, el Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida, ese contrato tenía un par de peculiaridades en favor del empresario (en la que destacaba una indemnización más baja en caso de que el despido objetivo fuera declarado improcedente) y se podía usar para nuevos contratos indefinidos con determinados colectivos (pocos, muy pocos) o para convertir en indefinidos a contratados temporales. El contrato era, y fue, una medida temporal para bajar la alta temporalidad existente en España, se aprobó con una duración de cuatro años. Fracasó como medida. No generó empleo neto. No generó una tasa mayor de conversiones de contratos temporales a indefinidos, lo que sí tuvo fue un efecto sustitutivo, esto es, contratos que se debían convertir en indefinidos ordinarios se vieron transformados por contratos de fomento.

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¡Viva la temporalidad! Otro golpe a la clase trabajadora

Mientras se habla tanto de la absurda reforma constitucional (¿ven cómo no es tan complicado meterle mano a la Carta Magna? en un par de semanas han acordado una reforma) el Ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha defendido otro gran retroceso en los derechos laborales de los trabajadores. Cuando alguien no cumple la ley o se mejora la vigilancia del cumplimiento o se mejora la redacción para que no sea fácil saltarla, no se hace lo que el Ministro propone, que es suspender la aplicación de la ley. Gómez afirma:

«Muchas empresas y algunas instituciones públicas importantes no renuevan los contratos temporales si con esa renovación se incurre ya en la regla de que a la próxima se tiene que convertir ese contrato en indefinido.»

Esta práctica empresarial no solo existe, sino que se viene dando desde que esa regla se aprobó ya hace mucho tiempo, esto es, no es un incumplimiento de la norma vinculado a la crisis económica, sino una norma toreada desde que se aprobó por la falta de control (lo mismo que la causalidad de los contratos temporales, es imposible que 9 de cada 10 contratos nuevos cumplan las causas de la temporalidad). Ahora el ministro lo suelta como excusa: Ya que no renuevan los contratos, quitemos la norma que los obliga a convertir a fijos para que esa persona mantenga su empleo.

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