Actualmente la norma es la interacción, que todo contenido en la red sea comentable dentro del mismo sitio donde está dicho contenido, así pues, tanto en bitácoras como en periódicos digitales lo común es que se permita que los usuarios (lectores) puedan realizar los comentarios que así lo deseen, y los mismos serán publicados en la misma página del contenido o al menos una página enlazada, esto es, se da la posibilidad de iniciar críticas conversacionales, verdaderas tertulias sobre la obra expuesta. Muchos medios o bitácoras que saltan al papel, por otra parte, publican este contenido extra fuera del medio digital donde originalmente se introdujeron. Ahora bien: ¿De quién es el comentario? ¿Qué usos puede dar el propietario del medio sobre el comentario vertido por otra persona? ¿Estaríamos hablando de comentarios protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual?
Categoría: Derecho
Llamar a todos «terroristas» tampoco vale
En los últimos años hemos visto la creciente criminalización de amplios sectores de la sociedad, y ni siquiera por sus acciones, sino por sus pensamientos o críticas, más o menos fuertes o certeras, pero críticas a fin de cuentas. Entre los grupos musicales criminalizados por organizaciones como la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT le llaman, es el brazo socialmente armado del Partido Popular) se encuentra Soziedad Alkoholika, ellos mismos cuentan en su web los cinco años de persecución por parte de la derecha española. En esta bitácora mencioné la absolución por parte de la AN a este grupo, tras querella interpuesta por la AVT bajo la acusación de «enaltecimiento del terrorismo» y «menosprecio a las víctimas», absolución refrendada por el TS, ahora la AVT ha sido condenada a pagar las costas del proceso judicial.
¿Es constitucional el registro de los padrones de afiliados?
publicado originalmente en De Igual a Igual
En estos días se ha hablado mucho del padrón de afiliados del Partido Aprista Peruano (PAP o APRA), entregado a la Oficina Nacional de padrón de Afiliados según marca la Ley Nº 28094, de Partidos Políticos, publicado el 1 de noviembre de 2003 (para un buen resumen de todo el caso con respecto al APRA y los afiliados que «faltan» en el padrón, recomiendo el artículo de José Alejandro Godoy «Padrones y broncas apristas»). Y la verdad, tengo serias dudas sobre la constitucionalidad de la obligatoriedad de la entrega del padrón de afiliados o que esto realmente ayude a la transparencia de los partidos políticos.
Nula la venta del espacio público
Nulo. Ilegal. Todo anulado. Son palabras que el ayuntamiento de la capital charra se está acostumbrando a escuchar por parte de los tribunales. Esta vez (noticia de hace cuatro días, eso sí) es por un solar, que el señor Lanzarote, alcalde de la villa salmantina, quería vender a un particular para que montara una clínica privada. Los Verdes de Salamanca han conseguido su enésima victoria frente a un ayuntamiento que debe tener los peores abogados y asesores en una ciudad realmente llena de juristas.
«Canon» en Holanda: El problema es la distribución
Como en todo, claro. En este caso tiene que ver con la compensación por copia privada (el llamado canon), el aplicado en Holanda (porque no es algo exclusivo de España, como mucha gente cree -otro de los mitos y mentiras en torno al canon de las narices-), que por ahora no se extenderá a los reproductores de MP3 en tanto que el gobierno considera que se está distribuyendo mal lo ingresado, y que no se puede agregar dispositivos a un sistema que no está funcionando, y los tribunales holandeses dan la razón al gobierno en este caso.
Rajoy, error de concepto y propuesta de futuro
«Es inaceptable por ser sospechoso» dice Rajoy. ¿Sospechoso? ¿Acaso la copia es algo ilegal? ¡¡Un delito debe ser para que se considere a alguien sospechoso de copiar!! En todo caso, se pagaría por ser culpable sin serlo, no por ser sospechoso. Rajoy comete el error de ligar el canon con un hecho ilegal (justo uno de los mitos y mentiras que denunciaba sobre el canon). Es triste que Rajoy, jurista él, no entienda la diferencia entre «lo legal» y «lo ilegal», y que uno no es «sospechoso» de hacer algo «legal»; no me extiendo más porque ya hablé de eso en el artículo enlazado. El Partido Popular ha protagonizado el caso de esquizofrenia colectiva más extraño en la actual legislatura, primero votó que sí a una enmienda de Entesa Catalana de Progrès en la que se pide al gobierno que elimine el «canon digital» (¿y el analógico?), para luego desdecirse por medio de la portavoz de cultura para, finalmente, decir que votaron lo que creían conveniente votar. Ahora Rajoy dice que recién el lunes su grupo parlamentario decidirá qué votar en el Congreso. Lo lógico es que votase lo mismo que en el Senado, ¿no? Bueno, según parece, se abstendrán…
Los autores y sus derechos, notas variadas
Habría que indicar, al comienzo de todo, que uno de los grandes problemas de la «propiedad intelectual» viene del nombre con el que se le conoce, ya que como «propiedad» es muy especial, y porque los derechos que confiere la ley (y los tratados internacionales, sobre todo los primeros firmados) aunque tienen un importante contenido patrimonial (en donde el concepto de «propiedad» gana cierto sentido) su base real son los derechos morales1. Por eso los derechos sobre una obra nacen al crear la obra y no es necesario ningún registro, ni publicación, ni nada de eso, siendo los registros, además, simplemente declarativos2. Una vez dicho esto, y entendiendo que es lógico que el autor tenga ciertos derechos básicos sobre la obra (tan básicos como puede ser la paternidad de la obra, el derecho a publicarla/distribuirla o guardársela para sí), otros son más discutibles, ya sea por su existencia (la remuneración por copia privada como el más discutido) o por su duración (el tiempo en que se protege los derechos patrimoniales a mucha gente le parece excesivo, muchos abogan por la desaparición de los mismos tras la muerte, lo cual a mí me plantea serias dudas3).
Mitos y mentiras sobre el canon
Por delante vaya que no estoy de acuerdo con la forma abusiva en que se cobra el canon, y que aún mantengo dudas sobre la naturaleza jurídica del mismo (si una tasa o una obligación privada originada por la ley), tampoco estoy de acuerdo con el reparto (nada transparente) que se realiza en muchas Sociedades de Gestión del llamado «canon» (remuneración compensatoria por copia privada), y mucho menos, con el comportamiento que tienen algunas entidades de gestión, como es la SGAE, con respecto a sus «críticos», contando además con el victimismo del que hacen gala (sobre todo personas que no cobran poco), y con conductas condenadas como la de espiar bodas y demás, para «perseguir con vehemencia» a quien no paga la cuota revolucionaria. Pero en la postura contraria al canon, al menos según está planteado ahora (como digo, me parece abusivo), no se puede recurrir de forma tan constante a ciertos mitos y mentiras sobre la copia privada y el canon que nada tienen que ver ni con el origen ni con la justificación de ambas, por tanto, con la legalidad vigente.
El País contra Pascual Serrano
Vaya por delante que apoyo a Pascual Serrano en este caso (en que El País pide la retirada de un artículo «crítico» con su medio de comunicación poniendo como excusa que dicho texto «reproduce un artículo de Vargas Llosa por el cual no se han pagado los derechos de autor» cuando dicho artículo no hace más que citar algunas frases de Vargas Llosa -y que para mi gusto entra perfectamente en el derecho de cita-), y estoy con él y con Carlos Martínez al considerar que no estamos en un caso de «derechos de autor» (protección a los derechos de PRISA y Vargas Llosa), sino de abuso del derecho para perseguir fines distintos a los consignados por la Ley de Propiedad Intelectual, más aún, para acallar voces discrepantes con el medio.
Divorcio municipalizado
«Aprobarían que divorcio por mutuo acuerdo sea a través de municipios» reza el título de la noticia en El Comercio. Lógico y oportuno. El ejecutivo, en un alarde de sentido común poco normal, ha mandado al Congreso una iniciativa por la cual el divorcio, siempre y cuando sea de mutuo acuerdo, se pueda llevar a cabo en las municipalidades. A fin de cuentas, como manifiesta Rosario Sasieta (AP), hay que desjudicializar el proceso de divorcio y si los municipios pueden casar, lo mínimo es que también puedan disolver los matrimonios siempre y cuando haya acuerdo entre las partes. Dicho así suena mejor de lo que realmente es… aunque no cabe duda que resulta un avance, pequeño, pero avance a fin de cuentas, dentro de evitar que la legislación haga más daño a las personas que ya no quieren mantener un proyecto común que facilitarles la vida.
Tres mil euros de mal humor
Guillermo Torres y Manel Fontdevilla han perdido el juicio. Y no, no es que sus bromas sean mas descabelladas que nunca, sino que han sido condenados por injurias al heredero del Rey* (o sea, al príncipe Felipe) a pagar 3 mil euros (ni más ni menos, aunque la fiscalía pidió, esta mañana, seis mil). El juez considera que para realizar el chiste del trabajo (falta del mismo) del príncipe con relación a ganar dinero procreando con su señora esposa (y próxima reina si las cosas no cambian), no era necesario sacar a los futuros monarcas de Este País(TM) en pleno acto sexual en toda la portada de El Jueves, la revista que sale los miércoles, secuestran los viernes y enjuician los martes (y 13).
Contra los accidentes laborales: la ley
Publicado también en De Igual a Igual
Puede ser una de las mejores noticias de la semana (y pasará desapercibida entre la guerra de banderas), la Fiscalía andaluza quiere poner fin a la impunidad en la siniestralidad laboral, sobre todo en las obras de construcción (donde más accidentes, sobre todo mortales, se producen). Tal vez uno de los delitos más recurrentes y menos perseguidos es el cometido por los empresarios con respecto a sus trabajadores (hablamos de delitos, no de la tropelería de ilícitos que cometen en distintos ámbitos). Y es hora de recordarles la ley, en tanto que la mayoría de accidentes no son tales, porque siguiendo la normativa pudieron ser evitados. (en este momento se me viene a la cabeza el filme español «La suerte dormida»).
¿Es posible la Consulta de Ibarretxe?
Creo que con el tema de la Consulta Popular (sin contenido aún) propuesta por el Lehendakari Ibarretxe se están cometiendo demasiados exabruptos y confusiones. Se habla de casos de consultas populares en pueblos (digamos ayuntamientos) y se pone el grito en el cielo diciendo que cómo es posible que en esos casos no se haya dicho nada y en el presente, en cambio, sí; o que es un atentado contra la constitución el realizar una Consulta Popular (aún no se conoce el contenido, como he mencionado, ni la fórmula que se usará para el mismo, ni realmente nada de nada, salvo que se celebrará, lo que sea, el próximo año en octubre), o siquiera hacer un llamamiento a la misma. Todo exagerado y confuso.
Por el derecho de quemar símbolos
Muchos reconocen la figura de los reyes como símbolos, incluso muchos constitucionalistas hablan de que el verdadero papel de la monarquía es ser símbolo del Estado actual, muestra inequívoca de la Unidad final y del funcionamiento como Estado Social, Democrático y de Derecho que debe ser España. Vamos, como la bandera, escudo incluido. Así pues, dentro de esa idea, hay que admitir el derecho a quemar Símbolos. El derecho subjetivo, quiero decir, no el Derecho objetivo. Pocas cosas se me ocurren más anacrónicas o autoritarias que un Estado que prohiba a sus ciudadanos manifestarse, sin hacer daños a otros (contando, incluso, sus propiedades) si es que irán contra un símbolo de la patria. Sobre todo cuando la manifestación, siempre simbólica, va contra lo que representa un símbolo concreto, o una institución que se ve reflejada en dicho símbolo.
Sin sentido
Leo en Público que los reproductores portátiles de mp3/mp4 pagarán un «canon digital» de 3.5 euros. Al leer el titular («El canon digital gravará con 3,5 euros a iPod y mp3») pienso dos cosas simultáneas: «Detesto que se use «iPod» como sinónimo de reproductor portátil» y «¿3.5 euros? ¿Promedio? ¿De dónde sacan la cifra?». Pronto me encuentro con la lógica ilógica. Son 3.5 € por dispositivo, al margen de la capacidad del mismo.