¿Guerra contra la ciudadanía?

Llevo un tiempo siguiendo el tema de los centros objetores a Educación para la Ciudadanía (EpC), y lo primero que resulta curioso es que se habla de objeción del centro a dar una materia, no tanto de la posible objeción de los padres que, por cuestiones morales y/o religiosas, no quieren que sus hijos reciban una asignatura concreta. Ahora dos colegios de Barcelona se han declarado objetores, y anuncian que seguirán hasta la última consecuencia. Me parece bien, debieron renunciar, como primera y casi definitiva medida al concierto económico con la Comunidad Autónoma. No pueden chupar del bote y no cumplir las reglas del juego.

Por un lado este debate resulta interesante, ya que pone sobre la mesa una objeción de conciencia a una asignatura desde la palestra de los mandamases de la religión mayoritaria en España, en contra de lo que suele suceder, que es una minoría actuando en contra del sentir de la mayoría con respecto a la educación (el caso de los musulmanes y su relación con ciertas asignaturas es interesante). Con esto no quiero decir que todos los centros católicos estén objetando, ni mucho menos. Más aún, la mayoría de los centros católicos concertados (que son los que nos interesan acá) han aceptado la asignatura, con más o menos agrado, y en algunos casos eligiendo un libro de texto que va en contra del sentir de la asignatura (sí, me refiero a ese que define la homosexualidad como algo anormal y que niega que el matrimonio homosexual sea un matrimonio y forme una familia), pero en fin, que se da, se da.

El meollo del asunto es el siguiente: Los objetores defienden que el estado no puede formar en valores a los hijos, sobre todo cuando dichos valores chocan con los que los padres intentan dar en casa. Se basan en una interpretación más que amplia del artículo 27.3, olvidándose a la par del resto del texto constitucional, contando el resto del artículo 27 (como el punto dos, en que se habla del objeto de la educación, donde entran los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, o sea, básicamente el objeto de la asignatura de EpC). Recordemos que muchos islamistas niegan a sus hijas el que puedan asistir a clases de educación física pasada determinada edad porque va contra sus convicciones. Es, aunque en la Iglesia lo nieguen, el mismo caso.

La gente de la Fundación Universitaria San Pablo – CEU dicen que la asignatura «pretende formar la conciencia moral y cívica del alumnado». Pues sí, está claro que sí. Más aún, la base de la educación primera es formar no sólo académicamente sino también moral y cívicamente a los alumnos. Y la educación secundaria, aún obligatoria, también tiene dicha finalidad. El contenido, en teoría, de la nueva asignatura, se debía de dar de forma transversal en todas las asignaturas. Lo jodido es que esto lo dice una fundación que tiene un colegio que da una educación moral a los alumnos con dinero público. Y dicha pretensión de formación de la conciencia del alumno no sólo se da en esta asignatura, al margen de la transversalidad que debiera existir, todas las asignaturas tienen una carga sobre el contenido moral, desde historia hasta naturales. Negar eso es no haber estado en una clase nunca. Por no decir que el propio desarrollo de la convivencia en un aula viene acompañado de una educación distinta a la que se da en casa (o paralela).

Lo que se pretende con la asignatura (o al menos, lo que los críticos debieran apuntar a que sirva) es que funcione como un lugar de reflexión y de conocimiento de los valores que forman la Constitución (es curioso cómo el grupo que más fastidia con la nación española, con la constitución para aquí y para allá, y con mil y un temas anexos, se niegue a esta asignatura, y es curioso cómo desde la dirección de la Conferencia Episcopal se dijera que la educación era más libre en el franquismo porque no existían este tipo de asignaturas perversas cuando la religión era obligatoria para todos -ateos incluidos- y existía Formación del Espíritu Nacional -y si alguien revisa un libro de texto del franquismo, verá milagros hasta en la historia de una España que nunca existió -en los momentos en que se le menta-).

Desde la Fundación Abat Oliba (propietaria del otro de los centros objetores) dicen que no darán una asignatura que choque con su ideario interno. Hay que recordarle a la gente de dicha fundación que los idearios deben estar dentro de la Ley, y son esos los que no deben chocar con la legalidad vigente, aunque no les guste nada. Y eso que la Ley ya es bastante permisiva con los idearios de los centros privados concertados. Así que espero que la fundación Abat Oliba entienda lo contradictorio que es que pida dinero al Estado y no quiera dar las asignaturas por las que se les da dicho dinero.

En ningún caso la educación en las escuelas reemplaza a la educación en el hogar, no es incompatible que en casa les hablen «contra los homosexuales» y en la escuela «por la normalidad de su tratamiento» y que sea el niño y el no tan niño (ya estamos hablando de adolescentes) quien decida. Al menos, que aprenda que no todo es tal cual se lo dicen los padres. Porque en el colegio les enseñen que el mundo no se creó en seis días, nada quita para que sigan creyéndolo (creo la mayoría de creacionistas han estudiado la teoría de la evolución y la niegan sin problemas).

Por supuesto, estos centros lo que debieran hacer es renunciar a cuanto subvención reciban (contando conciertos, claro) y someterse a la legislación de otro país y enseñar a ĺos padres de sus centros cómo pueden homologar los títulos obtenidos bajo el currículo, digamos, de Inglaterra. Ojo, esta opción es posible (existen los centros de régimen extranjero).

Hoy EpC, mañana Ciencias.

Por supuesto, quiero dejar claro que considero que un colegio no puede objetar, ya que dicho derecho (la objeción de conciencia) es para las personas físicas, no las jurídicas. Esto es, el colegio debe ofrecer dicha asignatura y serían los padres los que deben objetar a la asignatura, no puede el colegio «negarse a dar» la clase. Al menos no bajo la figura de la objeción de conciencia.

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