Cruz Roja: Tras la Aprobación de un nuevo Signo

¿Es otro ejemplo de la estupidez de lo políticamente correcto? Por una vez, parece que no, ya que ha solucionado un "problema". Un tercer símbolo se suma a los dos que ya maneja la Cruz Roja, la Media Luna roja sobre fondo blanco, y la Cruz Roja sobre fondo blanco.
El primero de los signos se usa desde 1864, la media Luna Roja se usa desde 1949, para “contentar” a los países que no se sentían identificados con el signo cristiano de la Cruz. Y ahora, para permitir la entrada de Israel a la Cruz Roja Internacional, se aprobó este símbolo (véase el dibujito), que pretende ser “neutro”.

Al parecer, en los últimos años muchos países han intentado que sus signos entren como “oficiales” en el sistema Internacional de la Cruz Roja, cuestión rechazada por cuestiones de “identificabilidad”, ya que se pretende que el signo sea reconocido de forma inmediata y se espera que no cause problemas de relacionar el signo con un país en concreto, para permitir el tránsito, seguridad, y desarrollo de la actividad para los voluntarios de Cruz Roja. Por ello, se ha optado por un signo “neutral”. El problema principal viene con “La estrella roja de David sobre fondo blanco”, que usa la “Magen David Adom” (MDA), que, aunque quiere, no forma parte de la Cruz Roja Internacional. El principal problema es con los países árabes, que se niegan a que alguien use ese signo en sus países, imposibilitando a la MDA prestar ayuda humanitaria en esos territorios. Hay que recordar que esa estrella es el Signo Nacional de Israel, ya si se puede acusar a la Cruz o a la Media luna como signos de religiones en concreto, no pueden identificarse inmediatamente con un país, lo que sí ocurre con la Estrella de David. E Israel se niega a usar los otros signos.

La Cruz Roja de EUA lleva 5 años sin “pagar su cuota” a la Cruz Roja Internacional, como forma de protesta por la exclusión de Israel de la Organización Internacional (tampoco es que estos últimos hayan puesto mucho de su parte para entrar, cerrándose en una postura).

Y al final, tras muchas negociaciones y demás, todos, al parecer, han dado su brazo a torcer, cuanto menos un poquito (menos Siria, que sigue “erre con erre” y espero que no reviente), y se terminó aprobando el Cristal Rojo, se cree que algunos países lo adoptarán para deshacerse de una simbología religiosa, pero claro, la tradición pesa mucho ante el posible cambio de un signo distintivo.

Fuentes:
Noticia en Periodista Digital
– Noticia en Wikinoticias
Artículo Sobre la Cruz Roja en la Wikipedia
Artículo sobre la Federación Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna (FICR) en la Wikipedia

Alojamiento de la Imagen en ImageShack.us

Venezuela: Cuando el ganador fue el ausentismo

Y sucedió, sólo el 25 por ciento de las personas con derecho a voto en Venezuela decidieron ejercer este derecho, ese 25 % que casi en su totalidad votó por la alianza oficialista. Eso quiere decir que menos de un cuarto del país con poder de decidir el futuro quieren a los oficialistas en el parlamento, el resto, o no quiere a nadie (porque no le interesa o porque ninguno vale la pena como para levantar el trasero del sillón frente a la televisión), o quería a algunos de los que retiraron su candidatura.
Una de las críticas que suelen decir ante el “Voto voluntario” en Perú, es una posible baja participación en los comicios, que deslegitimaría el resultado electoral… Pero ¿Qué pasa si la oposición consigue que la gente no vote? Obviamente no podemos decir que el 75% de personas no acudieron a votar, los elegidos en esas elecciones quedan un poco “sesgados” en su papel de representantes del pueblo, ya que “el pueblo” no votó por ellos.

Al haberse retirado gran parte de la Oposición, el proceso entero queda empañado (creo que las declaraciones de júbilo por parte del presidente Venezolano son una muestra de irracional paranoia con respecto a los gringos, y de estupidez manifiesta en cuanto al entendimiento del pluralismo necesario en un parlamento), está quedando más o menos claro, que el sistema actual de Venezuela no da cabida a muchísima gente (ya no hablamos de los ricachones o de la antigua élite, sino de al menos, la mitad de las personas). Es un buen momento para que en Venezuela se abandone el sistema del voto electrónico con captación de la huella dactilar, malo en todo sentido (no me gustaría dejar que una máquina sume).  

En este tipo de situaciones, eso sí, todos se proclaman ganadores, para la oposición ausentista esto es un triunfo propio, en el que “el pueblo” ha dado la espalda al chavizmo, para el oficialismo, esto es una victoria aplastante sobre los reaccionarios.

Chávez se equivoca diciendo que han muerto los partidos tradicionales en Venezuela al no haberse presentado, como jugada política, esos partidos han conseguido mucho más sin presentarse que asistiendo a la votación, así pues, estamos ante un repunte de los mismos, no ante su muerte. Pero, es curioso, Chávez se pregunta si ellos irán a las presidenciales, y espera a que se reanude “el diálogo” entre las distintas partes ¿Pero no que estaban “muertos”? Este hombre vive en la contradicción de sus dos ombligos.

Y con más tiento podríamos ver las múltiples denuncias por coacción, “obligando” ir a votar y las (tal vez) más grabes de “doble votación”, en el que se asegura que votantes del oficialismo eran llevados a más de un centro para que ejerzan repetidas veces el mismo derecho (cosa que no vale), ahí quedan las denuncias, hay que ver cuantas son ciertas y cuantas son “oídas” o “presunciones”, o acusaciones sin fundamento. Lo que sí es irrefutable, es que casi nadie se dio el trabajo de ir a votar.

Pueden ver la página del CNE, para tener todo tipo de datos.

“La Organización Mundial de la Salud ya no contratará a ningún fumador”

¿Los de la OMS se han vuelto tontos o ya lo eran? Lean la noticia entera, no tiene desperdicio. Pueden prohibir que se fume en sus locales, pero lo que plantean es una clara intromisión en la vida privada de los postulantes que no “ayuda” en la imagen y coherencia de la OMS (vaya, que sus trabajadores no sigan todas las indicaciones sanitarias no significa que la OMS sea hipócrita, hay que saber separar una cosa de la otra).
Si el tabaco es tan malo malísimo, y los gobiernos dicen “sí sí, es malo malísimo”, es un gesto de hipocresía perseguir al consumidor, y mantener una industria tan poderosa como es la del tabaco, y que los consumidores de los productos derivados del tabaco paguen tantísimos impuestos (que me parece bien que lo hagan, ojo, no lean lo que no está escrito), para ser perseguidos por tener un vicio legal.

Parece ser que en Suiza (donde está la sede de la OMS) sí podrán aplicar la medida, pero al menos en España tendrán serios problemas si la ponen como regla pública y conocida, un hecho legal realizado en la vida privada no puede significar un hecho diferencial en el momento de la contratación, y posiblemente sea una pregunta impertinente, por no tener relación alguna con la labor a desarrollar.

¿También preguntan a todos los postulantes si beben alcohol? ¿La cantidad en que lo hacen? ¿Si toman otras drogas? ¿Si duermen 8 horas? ¿Si hacen el ejercicio suficiente para llevar una vida totalmente sana? ¿Si están en su peso indicado? Por favor, un poquito de sensatez.

Me parece muy bien que la OMS intente que todos sus trabajadores estén sanos, y lo sean, costee los tratamientos para dejar de fumar y tal (espero que tengan seguro dental), pero esas medidas siempre pasan por la aceptación del trabajador del tratamiento. No podemos permitir que una organización decida, así por así, no contratar fumadores por el sólo hecho de serlo.

Evo Morales está metiendo la pata hasta el fondo.

Compartí la necesidad de las elecciones en Bolivia, tras el fracaso manifiesto del parlamento y el presidente (“los”, mejor dicho), las funciones legislativas y ejecutivas eran imposibles, un país bloqueado y con un “equilibrio” de fuerzas que impedían acuerdos. La lógica lleva a pensar que si todos los partidos aceptan las reglas de juego, poner en marcha la ruleta electoral era un acto que beneficiaría a todos, puesto que pincelaría un nuevo firmamento.
Me equivoqué. Evo Morales no tiene ganas de participar en este juego, se lo está pasando por el forro. ¿Para qué ha estado pidiendo elecciones su ahora Román Loayza, senador por el MAS, nos cuenta que su líder Morales llegará al gobierno “por las buenas o por las malas”? Este sujeto asegura que “Bolivia no está dispuesta a aceptar un Gobierno neoliberal” ¿Pero si votan a ese gobierno no es justamente una aceptación del mismo? Detesto a quienes se adjudican la palabra del “pueblo” (enterito, demagogia), a pesar del propio pueblo. Y de paso, mencionan a los militares, quienes para algunos sectores se vuelven de enemigos a amigos según sirvan o no a los intereses de tu bolsillo.

Es curioso el chantaje que este hombre desliza a la sociedad boliviana, se refiere a que si vota un 50%+1 de los ciudadanos por Evo Morales, nos saltaremos el mal trago de la toma del poder por la fuerza. Supongo que esta gente aceptará que otro grupo político también amenace con la toma del poder por la fuerza, total, uno no puede condenar lo que otro hace, si uno piensa hacer eso. Sino, es pura Hipocresía.

En el extraño sistema presidencialista Boliviano, no hay una segunda vuelta en elección directa, sino que es el congreso quien hace esta “segunda vuelta”, así se ahorran unas elecciones, pero puede (y que quede claro que “posibilidad”) que el congreso escoja a un candidato que en una segunda vuelta “en toda regla” no saldría ni de casualidad. Porque el juego parlamentario es distinto que las sensibilidades en última instancia a la hora de votar.

Esta gente no sabe como construir la democracia. No sabe cómo incentivar la participación ciudadana, no sabe hacer campaña sin crispación… bueno, esto último es algo que cada vez se considera más “necesario” por todos los grupos… Un anuncio “anti-evomorales” ha sido vetado por la Corte nacional Electoral (CNE), en que se metían en la vida privada del candidato presidencial y con sus hijos, Evo Morales, para mostrar lo “sucios” que son los “neoliberales” en campaña prometió no quejarse ante el CNE de este tipo de comerciales o campañas, aunque es la propia CNE quien ha actuado. En un principio se “achacó” la autoría del comercial al partido que va segundo en las encuestas, aunque el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) ha terminado diciendo que es suyo y no de los chicos de Quiroga (aunque ya hay un par de denuncias contra “Podemos” por “mentirosos”).

Buscando a Nemo, digo, a Longinus Rex (actualizado)

Noticia noticiosa, actualizado (otra vez) la "historieta" creada de forma cuasiparticipativa "Proyecto: Buscando a Nemo, digo, a Longinus Rex", ya vamos 30 páginas, y tenemos un nuevo colaborador, Maese Xilo (de la Bitácora Xilo’s Kaothic Dugeon), que realizó la página 29, en "remplazo" de Supay el Kaos (compañero de Bitácora de Maese Xilo), que NO pudo entregar una página… Lástima. Además, tenemos un Cacho de página 30 que revoluciona el argumento de la historieta hasta niveles apocalípticos, nunca vistos… Alan Moore, ¡tiembla!
Actualización: La página 31 ya está terminada, quien quiera verla puede hacerlo clicando sobre este texto. No se la pierdan ;)

El día en que perdimos…

Ocurrió hace ya mucho tiempo, pero no por ello el recuerdo es nubloso, todo lo contrario, cada vez es más y más claro, el tiempo, lo único que logra, es que sintamos más cercano los sucesos…

Uno no puede olvidar el día en que todos perdimos la Libertad.

Espero no haberles “chafado” el final de esta historia, pero lo importante no es como acabó, sino el por qué se llegó al final, en otras palabras, el “cómo”, para entender el “por qué”… Aunque, tal vez, lo importante es el “para qué”.

Recuerdo que hace unos años nos considerábamos Libres, no totalmente, claro, pero sí lo “suficiente” como para estar satisfechos con la vida que llevábamos, peor o mejor, ese ya es otro tema, pero al menos podíamos decidir, protestar, hablar… Pero todo lo bueno acaba, y si ese bueno sólo es medio bueno, como nuestra incompleta libertad, la lógica de las cosas precipita el final de la parte positiva.

Nosotros les escogíamos, y ellos tenían que hacer lo que más nos convenía, con nosotros siempre en mente, para nosotros. Pero no desde una forma tangencial, sino totalmente. Claro, es la teoría, no cabe duda que la práctica producía muchas anomalías, pero no tantas como a veces pensábamos, ni menos de las que ellos nos contaban.

Un día, en nombre de la seguridad, ellos decidieron que la Libertad tenía que ser asegurada, la forma era limitándola, no mucho, sólo un poquito, siempre para nosotros, por nosotros, y con nosotros. Les  sonreímos, nos quedamos contentos viendo cómo algunos pagaban con su Libertad en beneficio del resto, total, la no-libertad de algunos era un coste bajo por la Libertad mediante la Seguridad de la mayoría. Todos contentos ¿no?

Ellos comenzaron a decidir cada vez más, al margen de nosotros, por supuesto, pero para nosotros, eso nos decían al menos, y nosotros no sólo les creímos, sino que les dimos la razón. Poco a poco, quienes pagaban con su libertad por nuestra Seguridad, en nombre de la Libertad de todos, fueron aumentando. Poco a poco el concepto de Libertad se reescribió, siendo la Seguridad la base de la Libertad, quienes soñábamos en que la Igualdad era la base de la Libertad fuimos tachados como enemigos de la Libertad, y por el bien de la Seguridad, nos comenzaron a perseguir.

Todo partía de un error de origen, y de una línea de equivocaciones en cadena, creímos (creyeron) que la Libertad no era más que una burbuja individual en que nos cobijábamos del resto, para llevarla a cabo la seguridad en la Burbuja es el presupuesto máxime, nos convencieron de ello como de un axioma sagrado se tratase, y siguieron atentando contra la Libertad de todos, por el bien de la Seguridad.

Al poco tiempo lo imposible antaño era una necesidad ahora, siglos de lucha por la Libertad del individuo, plasmada en Derechos y Deberes, garantizada por un sistema construido por todos (o que pretendía serlo, al menos) se vieron tirados por la borda, sin perder en ningún momento el discurso de nuestra Libertad como fundamento de todo, decidieron que la Seguridad, SU Seguridad, estaba por encima de nosotros, de todos. Ya no contamos en sus planes, estamos lejos de ser reales en sus miras, no sólo se nos trata como idiotas y se pretende que estemos felices al ver que han levantado de la nada unos leviatanes impenetrables, en que no hay cabida para la Libertad, ni para el individuo, ni para nada que ellos no cataloguen como Seguridad. Hemos perdido, han ganado.

La justicia lenta no es justicia. Caso Fujimori.

Aunque ya lo vimos con Alan García, que tan lenta resultó, y tan escurridizo se volvió, que al final ha quedado más impune que Bush con sus bombardeos. La diferencia radica en que al menos, en el caso Fujimori, poco a poco se van superando las “minifases”, no se está haciendo a lo tonto y a lo loco, sino con cierto proceso concienzudo con vistas, primero, a conseguir la extradición, para así poder juzgarle.
Ya van 5 los cuadernillos de extradición preparados por la Corte Suprema del Perú (que espero sepan hacer bien su trabajo…), y están en preparación otros 7 cuadernillos más. Todo lo que podemos pedirle al Supremo es que los haga bien, y pronto, que a veces parece un toque lento. Los dos últimos hechos tienen que ver con la financiación irregular de una página web destinada a ensuciar a la oposición, y con la compra ilegal de maquinaria China.

Por otro lado, parece ser que el proceso de extradición será largo, entre 6 meses y un año según cálculos del Abogado chileno que defenderá los intereses del Estado Peruano, Alfredo Etcheberry, entre otras cosas, por la aplicación de su anterior código procesal, que contempla un proceso más largo que el “nuevo”, por no decir que la sentencia en primera instancia es apelable, lo cual alarga cualquier proceso (aunque la doble instancia da cierta seguridad, así que bienvenida sea). Los abogados deben estar contentos, mientras más largo es un proceso (sobre todo de estas características) más cobran :P. Bueno, paso a paso se llega a buen puerto (la última sentencia).

Por otra parte, según el abogado del Estado peruano, es difícil que después de los dos meses de detención se conceda la Libertad a ex-mandatario peruano, por la alta posibilidad de Fuga… Aunque bueno, si él cumple lo que dice, si se fugase de Chile tendría que ser para arribar a Perú, y acá ya lo podríamos prender y todo eso :). Pero mejor que se quede en Chile hasta que se acabe el proceso de extradición, sea en una cárcel, sea en su casita, sea donde sea. O que él pida volver a Perú escoltado por unos policías directos a algún juzgado Peruano para que se inicien todos los procesos en nuestro país.

Y ya como anécdota, para cerrar el presente “artículo”, los portavoces de los Populares Europeos y de los Socialistas Europeos , después de indicar sus deseos en que se de la Extradición del Peruano Fujimori a nuestras tierras, en pro de la Lucha contra la Impunidad y la corrupción, en una conferencia convocada por el presi de la Comisión de Relaciones Exteriores del Parlamento de la Unión Europeo, de título "Perú: Transición Democrática y Elecciones 2006", nos contaron que están preparando un pronunciamiento en ese sentido para el Parlamento de la UE.

Puente aéreo sin problemas, España país de tránsito para las FA de EUA

Hace no mucho nos sorprendieron las historias de unos avioncitos estadounidenses (de sus fuerzas armadas) que paraban en bases situadas en España y luego se iban, tan panchos que sorprendió a unos periodistas de medios locales. Sobre todo porque son aviones “sospechosos” de llevar prisioneros a cárceles secretas o no tan secretas como Guantánamo, pero en todo caso, cárceles donde hay personas sin derechos.
Leo en el País que en el 2002 se firmó una modificación del Convenio de Defensa gringo-cañí en que se permite dar autorizaciones trimestrales, y luego ya no se controla nada en esas aeronaves, lo que da carta blanca para hacer puentes aéreos y tal. Claro que la nueva redacción es restrictiva en cuanto a los contenidos y misiones de esos vuelos, pero sin fórmulas de control ¿Cómo se enteran las autoridades pertinentes del mal uso de las autorizaciones trimestrales?

De todas formas, en las autorizaciones previas (de 48 horas) para casos no contemplados por las autorizaciones trimestrales, antes era obligatorio que se indicase el destino de la nave y la misión que lleva a cabo, en cambio ahora no, es necesario pedir la autorización pero no tiene que indicar nada más, esto es, debe indicar la tripulación y tal, pero no mucho más. Si son actividades tan delicadas en que a un aliado no se le puede dar carta blanca de vuelo (como se hace en los casos contemplados en el articulo 25,2), ¿por qué no se pregunta al menos la misión? Total, son cuestiones que quedan en el alto secreto entre los dos gobiernos, y una buena razón para decir “no utilices mis bases” es justamente el mal uso de las mismas para cuestiones que la defensa de los Derechos fundamentales no permitiría llevar a cabo.

Una autoridad gringa dice que no se incumplió la legislación española (o internacional) con esos vuelos, aunque resulten “sospechosos” (todo lo que se mueven los aviones vinculados con la CIA llenos de “personal diplomático” es, cuanto menos, “curiosa”).

Mi pregunta es ¿Cómo fue esto aprobado por las Cortes sin que nadie se enterase? Hay que recordar que los Tratados Internacionales deben pasar por las cortes, y una reforma de un Tratado Internacional ES UN tratado internacional. ¿O es que lo colaron como uno de esos TI que no requieren ratificación por parte de las Cortes? No colaría esto último, ya que el art. 94,2 de la Constitución EXIGE que los tratados militares (y todos estarán de acuerdo en que un tratado de “Defensa” es un tratado Militar “de libro”) deben pasar por las cortes sí o sí.

Ahora es un buen momento para pedir responsabilidades al Gobierno (sí, al actual, en este campo, al anterior ya lo echamos en parte por este tipo de cosas), que se pongan las pilas y pidan negociaciones para la modificación del Tratado, es demasiado permisivo y no se puede permitir que un país mire a un lado mientras otro hace lo que le de la gana en territorio del primero. Permite con demasiada facilidad la entrada y salida de aviones sin ningún tipo de control (cuando digo ninguno, es literalmente “ninguno”, puesto que ni se mira la carga que tiene, los pasajeros que lleva, el destino a donde va, de donde viene, ni nada de nada), un punto en que las autoridades judiciales no pueden poner sus ojos, o es DEMASIADO difícil se vuelve un punto de fácil vulneración de los derechos y libertades, y esto es simplemente Intolerable en un Estado de Derecho.

El nuevo 25,2, al no permitir ningún tipo de control y confiar en la palabra del posible “incumplidor” totalmente, es una puerta abierta al mal uso de los aeródromos en España (sean de España o de potencias extranjeras), el Estado de Derecho no puede permitir vacíos de control, y menos, como siempre digo, entre quienes tienen más fuerza y más poder para incumplir o saltarse al propio Estado de Derecho.

Pero como siempre, estas cosas quedarán en el olvido, el Gobierno se escaqueará, la oposición a este tipo de prácticas será desoída (bien lo sabe IU en todos estos temas), porque el amigo grande ha hablado, y hay que someterse al mismo. Lamentable.

Convenios:
– Convenio de Cooperación para la defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, de 1 de diciembre de 1988 (PDF para descargar)
– PROTOCOLO de enmienda del Convenio de Cooperación para la defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, de 1 de diciembre de 1988, hecho en Madrid el 10 de abril de 2002. (PDF para descargar)

30 años de Monarquía. Ya son demasiados.

Un Estado que declara la igualdad de todos sus ciudadanos no puede partir de la institución de un rey (cierto es que el Rey reina pero no gobierna, pero si hablamos del tema simbólico, él simboliza la diferencia entre las personas), que encima, tiene tintes discriminatorios entre hombres y mujeres… Pero ¿Qué podíamos esperar de una institución caduca?
Hace 30 años, un día como hoy, Juan Carlos era proclamado Rey de España, jefe supremo de un Estado absolutista. El Caudillo, Francisco Franco, Regente de España, falleció dos días antes, y todo estaba ya listo para el nombramiento del heredero al trono, Juan Carlos, como rey de todos los españoles y cabeza de un Estado que ya llevaba casi cuarenta años de dictadura.
Juan Carlos, Rey por la gracia del Caudillo, llegaba al trono saltándose a su padre, heredero “legítimo” por el “derecho histórico” (es curioso que el monarquista Franco, que siempre proclamó España como reino, fue incapaz de pasar su poder en vida al legítimo heredero de la corona que él juraba proteger), dentro de las casas reales europeas el legítimo heredero tendría que ser Don Juan de Borbón. Este, para que su hijito adquiriese la condición de Rey “en toda regla”, esto es, que por el derecho histórico de sucesiones nobiliarias de este nivel, abdicó de sus derechos históricos, allá por el 14 de mayo de 1977.

Juan Carlos primero, Rey de España, ahora tenía una doble legitimidad, la Franquista (Juan Carlos I nunca ha “despotricado” contra el Franquismo, al que juró, a fin de cuentas, fidelidad), y la legitimidad monárquica.

En realidad, se le debe algo muy importante, no se quedó con el poder. No voy a decir que lo rechazó, porque sino hubiese rechazado el “puesto” no sería actualmente el Rey, ni habría sido criado por “Franco” para ser el heredero del trono. Pero sí es cierto que gracias a él la transición comenzó, el paso a la “Democracia” (o algo que se le acerca más o menos bastante) parte del control que él ejerció sobre el ejército, que no podía rebelarse a su Rey, al igual que así mantuvo la estabilidad durante ese periodo de cambios y negociaciones. Incluso se dice que Juan Carlos I fue de los que pidió que el Partido Comunista de España tenía que ser legalizado, si se quería un sistema que fuera incluyente con todos.

El 18 de Noviembre de 1976 las Cortes aprueban la Ley de Reforma Política. Comienza realmente la transición. El 15 de Diciembre el sí a la ley de Reforma en el referéndum gana de forma abrumadora. Elecciones y comienza el proceso constituyente.

Así pues, el 6 de diciembre del 78 por referéndum es aprobada la Constitución de España, que proclama a este Reino como un Estado Social, democrático y de Derecho, en el título II de la Constitución se recoge la institución de la Corona, así pues, tenemos la tercera de las legitimaciones con las que cuenta Juan Carlos Primero, que es la Democrática.

¿Qué más a hecho este hombre por España? El 23 de Febrero de 1981 el Teniente Coronel de la Guardia Civil Tejero intenta un golpe de Estado, toma las Cortes con un buen grupo de Guardias Civiles, comienza una etapa en que todo mundo temía el inicio de una nueva dictadura, la sombra de Franco aún encendía muchos corazones, que pretendían resurgir la Dictadura, se sentían traicionados por el sucesor del Caudillo, que dejó, entre otras cosas, que los “rojos” (PCE y PSOE, en ese entonces) estuvieran en el parlamento… Eso de las libertades no les gustaba un pelo. Comienzan las negociaciones, mientras tanto, en la costa mediterránea el Capitán General Jaime Milans del Bosch, de la III Región Militar, se sublevó. A la 1 am del 24 de Febrero, Juan Carlos I sale en la tele vestido con su traje de mandamás de los militares para desautorizar el golpe, decir que todos los militares deben guardar el orden constitucional, y demás. Ya dan por fracasado el golpe militar. A la mañana de ese día son liberados los congresistas y detenido el Teniente Coronel.

Muchos dicen que el golpe en un principio fue apoyado por el Rey, y que por eso tardó tanto en pronunciarse en contra, otros tantos le agradecen por su labor durante el golpe, en realidad, con los datos que cuento, creo que el Rey sí se puso desde un comienzo al lado de los “demócratas”, si él hubiese querido nunca hubiese cedido el poder, así que es tonto verle cederlo para luego retomarlo de una forma tan “tonta”.

Y acá acaba todo con respecto al Rey, de ahí, hasta ahora, vive de la renta, de ser un “ministro de exteriores” de facto, de ser amiguito de casi todos los gobernantes poderosos, de ganarse el respeto del resto del mundo mientras se gasta los impuestos de los españoles/residentes, en realidad, en España la gente no es tan monárquica como pareciera (viendo la aceptación de la corona), realmente son Juancarlistas, se escuchan maravillas sobre ese hombre entre los más insignes republicanos, aunque no estén de acuerdo con el cargo que ocupan, a él no pueden tacharle. Pero esa no es suficiente razón para mantener la Monarquía en un país.

Seguro que si Juan Carlos se presentase a Presidente del Gobierno saldría elegido (aunque habría que ver por qué partido se presenta, claro), lo que es intolerable es que ya llevemos 30 años de monarquía, de dos tintes distintos (eso es cierto), aunque con el mismo Rey, y que aún así pretendan proclamar la igualdad entre los ciudadanos de este Estado.

Sin que sea posible justificar la Monarquía en sí misma, es necesario que tarde o temprano se pregunte a los ciudadanos de este país si quieren continuar con la Monarquía o reintentar la República, será una reforma difícil (desde el punto de vista de los trámites a seguir y del necesario acuerdo entre casi todas las fuerzas parlamentarias), que Don Juan Carlos I o su hijo, el heredero al Trono, Felipe, deberán permitir y ayudar al cambio, como ya lo hizo Juan Carlos I hace 30 años (¡¡cuando juró los principios del Movimiento Nacional -franquismo-!!).

Por la República, un paso más para la democracia Española, 30 años ya son demasiados.

Nos mienten sobre las razones contra la LOE.

El presente artículo sale algo tarde, tal vez demasiado, puesto que quería sacarlo antes de la manifestación del 12 de Noviembre contra el Anteproyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE en adelante), respondida la semana anterior por los sectores estudiantiles de izquierda, y a su vez por los sectores de Derechas ese 12 de Noviembre. Trataré de mostrar una comparativa entre las tres leyes, puesto que la Derecha Cristiana ha soltado una sarta de quejas, muchas de ellas sin fundamento real, y se han quedado tan anchos en su mentira, o en su hipocresía.
Comparto muchas inquietudes con respecto a la educación en España, es claro que el modelo no ha funcionado, pero lo que no me parece tan claro son los “por qué” de las quejas de la Derecha, sobre todo las manifestadas ese 12 de Noviembre ¿Por qué lo digo? Porque MIENTEN. Así de sencillo… Eso o es que no se han leído la Ley de Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE en adelante), sí, esa Ley que promulgó el gobierno del PP y que el PSOE, a penas llegó al poder en el 2004, consiguió impedir que entrase en vigor manteniendo la vigencia de la Ley Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE en adelante). ¿Por qué digo esto? Hay un claro continuismo entre las tres leyes (la vigente LOGSE, la LOCE “no nata” y el anteproyecto actual), y grandes mentiras sobre la enseñanza de la religión (tanto actual como futura) la organización de los cursos, las posibilidades de repetir, y todo eso. Es curioso porque la LOGSE, la LOCE y ahora la LOE han sido contestadas por los Sindicatos estudiantiles y otras organizaciones de Izquierdas con los mismos argumentos, en cambio, la LOGSE y la LOE han sido contestados desde la Derecha con unos argumentos que luego no aplicaron para “quejarse” de la LOCE, cuando cometía esos mismos “errores”, o incluso peores.

Esto lo podemos ver con el tema de la repetición, se ha cargado mucho contra la LOE en este tema, veamos como son las leyes comparadas:
En primaria, la LOE sólo permite la repetición una vez por ciclo (siendo primaria de 3 Ciclos, 2 años cada ciclo), esto es, como mucho repetirás tres veces (art. 20,4), mientras que la LOCE sólo permitía UNA repetición en toda primaria (art. 17,3). En la LOGSE el modelo es más parecido a la LOE, se puede repetir hasta una vez por ciclo (siendo los ciclos de 2 años), aunque las Comunidades Autónomas pueden limitar estas repeticiones (art. 15,2). ¿Por qué esa limitación para repetir es mala sólo en la LOGSE y la LOE y no en la LOCE? La verdad, en todo caso me parece limitativo que se diga cuantas veces se puede repetir. Sin una buena base en primaria, el resto de niveles educativos serán cuesta arriba.
En secundaria (ESO en adelante) la LOCE permite una repetición por curso (art. 29), se repite con dos asignaturas jaladas (existiendo un examen sustitutorio). En la LOE (art. 28), se puede pasar con dos jalados, con tres queda a discreción de los profesores el si pasas o no, y con cuatro repites de todas formas, quienes pasen con materias suspendidas deben matricularse en clases de apoyo de esas materias y superarlas de todas formas (exámenes a tales efectos), sólo se puede repetir una vez por curso, y dos veces como máximo en la ESO. Sólo existen exámenes sustitutorios para los alumnos de cuarto de la ESO. Cabe destacar como diferencias entre la LOCE y la LOE, que la LOCE daría más posibilidades de pasar las asignaturas suspendidas en primera instancia (al existir el sustitutorio), pero es más duro después de estos exámenes para decidir la “repetición”. La LOGSE (art. 22), en este sentido, permite repetir una vez en el primer ciclo de la ESO, y una vez por curso en el segundo ciclo (tres veces como máximo), y son las comunidades autónomas quienes deciden las condiciones para poder hacer el curso siguiente.

No entraré en las repeticiones durante el bachillerato ya que éste no tiene carácter obligatorio.

Otro punto importante es la educación de la Religión, desde la Izquierda se quiere que desaparezca de la enseñanza pública, mientras que la derecha cristiana quiere que la misma siga apareciendo. Veamos pues, cómo está regulada en la constitución (desde donde los padres de la derecha cristiana deducen la obligatoriedad de la enseñanza religiosa) y cómo se plasma en las distintas leyes:
Art. 27.2 de la Constitución: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones” ¿Qué significa esto? Que el Estado debe ofrecer educación religiosa y moral, esta a escoger por los padres. ¿Tiene que ser obligatoria la calificación de esta materia? Acá es donde está el “punto”. Obviamente el artículo de la constitución no define que esa formación sea calificada.
En la LOGSE, la Disposición adicional segunda indica que la Educación religiosa se hará de acuerdo con los acuerdos que tiene el Estado con la Santa Sede, y con otras confesiones religiosas. No existe la obligatoriedad de la religión, ni la calificación de la misma. Se da una enseñanza “moral” paralela, para quienes no escojan religión, suele ser “ética”.
En la LOE, la Disposición adicional segunda (en las tres leyes esta materia se regula directamente en el mismo “epígrafe”), se obliga a todos los centros a ofrecer la religión, según los acuerdos con la Santa Sede y otras confesiones, no siendo materia examinable. En todos los niveles se debe ofrecer educación religiosa, al menos en los obligatorios.
En la LOCE, la enseñanza de la asignatura “Sociedad, cultura y religión” (disposición adicional segunda), que tiene un doble carácter, el Confesional y el No-Confesional (eligiendo los padres o el alumno la “parte” que quiera, esto es, la Confesional o la No-Confesional), se regula según los acuerdos con la Santa Sede y con las otras confesiones religiosas con las que exista acuerdo. La diferencia realmente radica en que esta Asignatura (o área de conocimiento) es obligatoria durante todo el proceso educativo, contando el Bachillerato, con lo cual, se vuelve una asignatura evaluable.

La pregunta del millón es: Si no se vulneraba el artículo 27.2 con la LOGSE ¿por qué sí con la LOE? Es una regulación similar en todo sentido. Y se está garantizando el que esa materia se ENSEÑE en los centros públicos ¿Cual es el problema? ¿que no se va a evaluar? ¿Desde cuando el 27,2 obliga a que sea formación evaluable? No. En realidad, el artículo 27 ni siquiera define hasta qué nivel la educación es obligatoria, o se considera básica, eso lo definen las leyes, de ahí a deducir que la legislación debe obligar a calificar la religión u otra asignatura “paralela”, es sacar las cosas de quicio.

Una queja más oída al respecto de la Religión, es el “mal trato” que le da la Ley a los profesores de Religión (en los centros públicos). En la LOE, para ser profesor de religión, debes tener todas las titulaciones requeridas para ser profesor del nivel en que darás clases (creo que esto es, por lo demás, lógico) y el régimen laboral de estos profesores será el de Contrato Laboral, régimen temporal (duración del curso académico) y con un sueldo como los de los profesores interinos. La LOCE establece ese mismo régimen laboral, también de carácter temporal (por ese mismo curso académico), y también cobrarán como un interino. Mi pregunta es: ¿En qué se diferencia el uno del otro? Otra vez, una MENTIRA por parte de la derecha cristiana. Bueno, la diferencia realmente radica en que una Ley pide que para ser profesor de religión hay que tener los títulos académicos del resto de profesores de ese nivel educativo, cosa que no hace la LOCE. Pedir un título académico “acorde” con el nivel de los alumnos me parece un ejemplo de lógica, no de denigración de los profesores de religión, sino que los pone al mismo nivel a unos y otros. Lamentablemente el régimen laboral (en ambas leyes) es “bajo”, al ponerles el mismo sueldo que a los interinos.

Sobre los Centros Concertados:
Acá es curioso, unos se quejan porque esta Ley (la LOE) mantiene los conciertos con los colegios privados, lo cual no es beneficioso para la consecución de un sistema público de calidad, al destinarse muchos fondos a la educación privada… mientras que para otros, esta Ley (la LOE) acaba con los conciertos. ¿Cuál es la situación? Continuista. La LOGSE mantiene los conciertos. La LOE los regula en los artículos 111 y siguientes, la LOCE los regula en el artículo 75. ¿Desaparecen? NO. ¿Se les limita? NO. ¿Cual es la diferencia? ¿Temor a menos recursos? Eso ya es otro tema, no tanto de la ley de educación, sino de los presupuestos.

Acá cabe indicar la situación de los profesores concertados, en la LOGSE no tenían por qué ganar igual que los públicos, y en muchos colegios, ganaban menos. La LOE intenta garantizar que en un momento dado tengan el mismo sueldo los profesores Concertados de los profesores de colegios públicos, a fin de cuentas, ese dinero lo paga la administración (paga también la cuota a la seguridad social). En este sentido, el gobierno ya ha dado un pequeño pacto para las subidas de sueldos de los profesores concertados, durante este año y los siguientes, al margen de la LOE (que es un anteproyecto), ya que la LOGSE no se moja en este sentido. Por cierto, la LOE en este sentido sigue casi literalmente la redacción de la LOCE. Y eso que el manifiesto con el que se convocó la manifa del 12 de Noviembre reza “Una vez más, los docentes de los centros concertados son los grandes olvidados de la LOE, sin que se concreten medidas que avancen en la mejora de su situación laboral.” (punto 6 del Manifiesto). Ahora, con la ley en mano (parafraseándoles) ¿Cómo defienden ese enunciado? Es increíble lo que uno tiene que leer.

Otra queja con respecto a la LOE, es que “desarticula el Estado”, claro, teniendo en cuenta que la LOCE era contestada por los nacionalismos como involutiva en materia educativa con respecto a la LOGSE, es lógico que vean una “desarticulación” (descentralización, en todo caso) de la Educación, pero no hay que olvidar que la materia educativa sólo es competencia exclusiva del Estado en “lo básico” (en este sentido, véase y entiéndase el artículo 149,1,30º de la Constitución), teniendo las comunidades Autónomas la posibilidad de desarrollar esta cuestión. Además, es un “básico” bastante extenso lo regulado por el Estado, tanto en la LOGSE como en la LOE (y más en la LOCE), no existe desmembramiento alguno, lo que si hay es una clara implicación de las Comunidades Autónomas (sobre todo sus administraciones) en el tema de la educación, lo cual es, por otro lado, lógico según el modelo autonómico actual. Esta queja sí que es pura demagogia

Se arremete contra la gratuidad de la enseñanza, se dice que no se defiende la misma, no sé, una ley que pretende garantizarla en los mismo términos que ahora se da, y que la LOCE también los seguía ¿Cómo es posible que se diga eso? De todas formas, la educación gratuita sólo está garantizada en régimen ordinario, la LOCE lo limitaba hasta los 18 años de la persona, independientemente del curso en que se esté…

Por otro lado, nos menciona que se atenta contra la posibilidad de los centros privados de tener su propio ideario ¿Esta gente se ha leído la Ley? ¿Se leyeron la LOCE en su momento? La palabra “ideario” no se usa ni en una ni en la otra (por si algún listillo viene diciendo que en la LOE no se usa esa palabra). Pero si leemos el artículo 110 de la LOE. Que además, tienen las dos leyes una redacción muy similar en este aspecto. ¿La LOCE iba contra los centros privados y su “ideario”? ¿Por qué no se manifestaron contra la LOCE? Hipócritas y mentirosos una vez más.

También se habla de la falta de consenso de esta Ley ¿Cabrá recordarles que es un anteproyecto que ni siquiera se ha presentado al Congreso? En el parlamento se verá los acuerdos que se den, las enmiendas, los cambios, y demás cuestiones, no tiene por qué darse este acuerdo en la fase previa, de redacción. También cabe recordarles que la LOCE (Ley que muchos de los adherentes a la manifestación del 12-N) fue “impuesta”, no contó de la aceptación del PSOE (el partido más grande de la oposición) o de otros grupos opositores del Parlamento. Ni con la participación de los principales sindicatos de profesores o asociaciones estudiantiles de izquierda ¿Es que acaso la LOCE sí vale sin acuerdo y la LOE no? En España, lamentablemente, NO es posible un acuerdo sobre la educación, por lo menos no por ahora, en que las posturas son contrarias, y los puntos intermedios no se reconocen (como es la actual configuración de la asignatura de la religión).

Releyendo el manifiesto para el 12-N encuentro una clara contradicción dicen que el Estado sólo tiene un papel subsidiario, lo cual es olvidarse que es el Estado quien debe garantizar la educación, así que de subsidiario NADA. Un poco más atrás nos dicen que el Estado debe garantizar la gratuidad, entonces vemos que su papel no es subsidiario, ni de cubrir la falta de oferta Privada (porque sino, el concierto no sería “válido”), sino que es un papel principal, no sólo en la definición de toda la Educación Básica, y el aseguramiento de la gratuidad, por tanto, la oferta pública más la concertada debe ser suficiente para el total de los posibles alumnos. No vengamos con tonterías de esas a la vez que se esgrime el 27, que es el mismo artículo que plantea el papel fundamental del Estado en este tema.

Y esto está largo, pueden encontrar las leyes acá:
LOGSE
– LOCE (PDF para descargar)
– LOE (PDF para descargar)

Iniciativa: Por el Voto Voluntario en el Perú

Es algo que he comentado varias veces, tanto en esta bitácora como en otras, en el Perú, uno de los problemas de nuestro sistema electoral (que viene desde su configuración constitucional) es la Obligatoriedad del Voto. Estos días he defendido el voto Voluntario en otros lados, y no he presentado una iniciativa de unos pocos (por ahora) en pro del Derecho a Votar, del Voto Voluntario.
Así pues, les presento la iniciativa "VOTO VOLUNTARIO YA" (http://www.votolibre.com).

Estoy poco lúcido, así que reproduzco casi totalmente el manifiesto de la página enlazada:

"Es increíble que en estos tiempos, la Constitución Política del Perú siga recogiendo la OBLIGACIÓN de votar. El artículo 31 en su párrafo 4 reza "El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad."

La democracia, en níngún caso puede existir si se obliga a Votar, aunque con ello se intente garantizar el derecho a elegir, ya que de esta forma, el voto, objetivo primordial del deber de sufragar, siempre va a estar ensombrecido por el hecho de ser obligatoria la votación.

Por ello, desde esta página se pide que el voto sea un Derecho, en toda su extensión, comenzando por la decisión de Votar, y terminando, como no puede ser de otra forma, con la elección de por quién o qué votar.

Nuestra democracia queda completamente desvirtuada desde el origen de la misma. Obligando a la participación no se consigue más que un odio hacia las instituciones del país, comenzando porque a ninguno nos gusta hacer nada obligados, continuando porque la participación en cualquier tipo de actividad debe ser voluntaria, entendiendo que participar en la vida pública, aunque sea dando un voto en unas elecciones, debe nacer de la persona, y no de una obligación constitucional. Además, no podemos esperar que el voto sea "libre" ni reflexionado mientras no podamos asegurar que quien no quiere votar no tenga que hacerlo.

El bien que intentan proteger es la participación ciudadana, pero ¿cómo fomentas que la gente participe si usas la coerción del Estado para hacerlo? ¡¡No puede ser!! Ésta es una medida que se ha mostrado ineficiente, que no crea más que descontento, y que permite la fácil manipulación de la voluntad popular. No es una cuestión de partidismos, es una cuestión de Derechos, de poder decidir desde el inicio.

Desde acá protestamos, de la forma más sencilla, de la forma más clara, poniendo el logo de la campaña en nuestros sitios. Queremos dejar claro nuestro deseo para que las cosas cambien, para que esos legisladores a los que votamos nos hagan caso por una vez. Sabemos que esto no solucionará los problemas del país ni mucho menos, y tal vez muchos crean que es una tontería, pero no podemos mantenernos pasivos mientras que un grupo de sujetos nos obliga a Votar…"

La presentación oficial (sin contar la publicación del sitio web en sí misma), fue en la Bitácora de La Morena (pueden ver el artículo acá). Ahí de paso, contestando a los comentarios, intento de responder contra algunos de los cuestionamientos que se le suele hacer al voto voluntario, únicamente atendiendo a la coyuntura.

Espero que todos ustedes se unan a la campaña. Si así lo hicieran, pueden escribir a ESTA dirección avisando para que se les incluya en la sección de Activistas. Muchas gracias.

Pero… ¿Es Constitucional la Inhabilitación Política a Fujimori?

Que el Congreso pueda realizar Juicios políticos me parece un error, los juicios deben estar en manos del poder Judicial, y se debe potenciar, mediante otros instrumentos, el control político del gobierno por parte del Congreso (un poco más parecido al sistema parlamentarista, en este sentido, para que el Presidente no sea tan intocable como ya resulta… Aunque conservando la elección directa del mandatario, me salgo del tema). Ante tanto bombardeo sobre la inhabilitación del ex-presidente Fujimori, y haber leído cuestionamientos no respondidos como “¿dónde se regula esa inhabilitación?”*, y palabras que dicen y predicen que fue mal inhabilitado (desde todas las baterías fujimoristas)… surgió la duda ¿Lo hicieron mal acaso? (no sería tan raro que nuestros congresistas hicieran mal algo importante, sino miremos nuestra actual constitución).
En Apuntes Peruanos reprodujeron unas razones de Valle Riestra defendiendo que Fujimori se podía presentar otra vez, porque su inhabilitación no es válida, como jurista que es, algo de razón podría tener (repito, no sería la primera vez que el Congreso meta la pata…), nos decía que Fujimori no se pudo defender de la acusación política; y que, en todo caso, la votación no alcanzó los 2/3 de votos favorables de la cámara.

¿Era verdad esto? ¿El Tribunal Constitucional (TC en adelante) ya se ha pronunciado al respecto? Así que fui a la página del TC a buscar jurisprudencia al respecto, y encontré tres sentencias curiosas, que esclarecen un poco el tema.

– Sobre la Defensa no permitida a Fujimori:

Los defensores de Fujimori decían que no se le había notificado nada, por tanto, no había tenido oportunidad de defenderse (es un derecho defenderse de una acusación política, al parecer, no es una necesidad que haya defensa, puesto que no es un procedimiento penal -que, usualmente, sí requiere que haya defensa de todas formas- ), lo que ocasionaría la inconstitucionalidad de la inhabilitación.

El TC responde de manera tajante, se le avisó como se pudo, tanto en EL Comercio como en El Peruano, en sus ediciones impresas como en sus ediciones electrónicas, así Fujimori sí pudo conocer la acusación Política, lo que lleva a pensar que si quería, se podía defender. No quiso, pues piña.

(Todo eso según la Sentencia del Tribunal Constitucional dictada el 10 de Junio del presente año ).

– Sobre las facultades del Congreso para inhabilitar a Fujimori

Acá poco voy a decir, en realidad, lo recojo para poder citar un párrafo de otra Sentencia del Constitucional, del 22 de Febrero de 2005, Fundamento Segundo:
“(..) considera que la resolución impugnada se enmarca en lo dispuesto por el artículo 100° de la Constitución, que establece que el Congreso de la República está facultado para inhabilitar, por consideraciones políticas, a los funcionarios comprendidos en el artículo 99° de la Carta Magna. Dicha inhabilitación es, por consiguiente, distinta a la inhabilitación judicial en caso de comisión de delito.” (obviamente,  con “resolución impugnada” se refieren a la inhabilitación del expresidente).

– Sobre derechos fundamentales de Fujimori y su posible vulneración por existir una inhabilitación política.

Dos cosas son curiosas, la primera, es que Fujimori haya hecho una constitución que por dos veces le ha perjudicado, primero, impidiendo que se pueda volver a presentar, cosa que se saltó a la torera con una interpretación bien curiosa sobre la Constitución, y callando al TC en ese momento  “por si las mocas”; y ahora con esa institución de la inhabilitación política por parte del Congreso.

Vamos al tema, el Demandante en Amparo (que no es Fujimori) dice que no es constitucional dicha inhabilitación ya que en el momento en que se proclama la misma, ya se había declarado la vacancia presidencial, y él entiende que si hay vacancia, el artículo 100 de la Constitución no se aplica a los exmandatarios.

Los hechos están bien explicados en la sentencia del TC del 18 de Febrero del 2005, no los voy a reprudicir, pero recomiendo la lectura de los Fundamentos 3 a 8, cuanto menos.

En el fundamento 10 de la STC citada, se menciona que NO es necesario que se encuentre ejerciendo cargo público en el momento de declararse su inhabilitación, “sino que los delitos de función y la infracción constitucional que son materia de acusación hayan tenido lugar con ocasión de haber ocupado el cargo público.”, cosa que a mí me quedó bastante claro leyendo la propia constitución, artículo 99 in fine, que dice “por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”.

Luego, el Tribunal, se dedica a diferenciar una sentencia Penal que inhabilite y una resolución del Congreso, dentro de una acusación Política, que inhabilite, diciendo que son cosas distintas, con principios distintos (salvo el de la tipicidad y legalidad, obviamente, ya que estamos ante una sanción en todo caso). Lamentablemente nuestra Constitución (la que propuso Fujimori) señala que el congreso puede hacer una acusación Política, cosa que se ha hecho, es una lástima tener una constitución tan mala, pero Fujimori deberá apechugar con una de las posibilidades que da “Su Hija” (esta Constitución) al Congreso. En este aspecto, cabe señalar el fundamento Jurídico 17: “(..) la inhabilitación política es una sanción política discrecional pero sujeta a criterios de razonabilidad constitucional, que impone el Congreso de la República. Esto lo hace distinta, precisamente por su naturaleza, a la inhabilitación penal (prevista en el artículo 36° del Código Penal) y a la inhabilitación administrativa (según establece el artículo 30 de la Ley de la Carrera Administrativa, el artículo 159° de su Reglamento y la Ley Marco del Empleo Público), las cuales son de carácter estrictamente jurídicos”.

Otra pregunta que vuela por el firmamento, es el alcance de la Inhabilitación Política (un “¿qué es eso?” que he leído un par de veces), pues, en este caso tiene un alcance limitado (ya que se puede incluso inhabilitar cualquier tipo de participación en la vida política), sólo impide a Fujimori el acceso a cualquier cargo públic, sea de forma directa (elección, esto es, no puede ser sujeto pasivo en unas elecciones, en otras palabras, no puede postular en un proceso electoral) o indirecta (esto es, no puede postular a ningún concurso para entrar en la administración.

En Conclusión: Fujimori no puede postular, por más que llore, en repetidas ocasiones le han tirado sus argumentos en Amparo, de una forma bastante clara y sin forzar interpretaciones, y todo basado en una constitución escrita por y para el gobierno de Fujimori (en los noventas).

Y sigo buscando lo de los 2/3, aunque si no han reclamado desde ese punto, seguramente es porque sí se dio el quorum necesario para una correcta inhabilitación.

*Para responder a esa duda, sin que venga demasiado al caso, les comento:
Artículos 99 y 100 de la Constitución política del Perú, regulado el proceso en el artículo 89 del Reglamento del Congreso. Para que no queden dudas. :-)

Hemos terminado de dar ese pequeño paso en pos del Voto como Derecho.

Hace exactamente un mes hablé de la aprobación de un proyecto de reforma en la cual se reducen las multas por no votar, se quitan todas las “trabas” civiles y administrativas que suponía el no haber votado (o pagado la multa por no sufragar). Según el presidente de la Comisión, Ántero Flores-Aráoz, esta es la “Ley Lázaro”, porque supone el fin de la “muerte civil” de los Omisos Civiles.
En su momento comenté que este pasa desvirtuaba la obligatoriedad del voto ¡¡y cuanto me alegro por ello!! Aunque en la constitución siga figurando, y la deuda por no votar siga existiendo (por tanto, se seguirá jugando con el miedo al pago de la multa o el desconocimiento de los nuevos -reducidos- efectos por no votar; para “llevar” a la gente a las urnas).

La buena noticia es que YA se aprobó dicho proyecto, el pleno del congreso ha dicho que sí a la Ley Lázaro. Los de la ONPE no se les ve demasiado contentos, dicen que esto hará peligrar los comicios, que ni cristo irá a votar, o, lo que es peor, que las mesas no podrán abrirse por no contar con los miembros de mesa que, pueden, decidir no votar ese día y que, peor en estas elecciones, que son “triples” (presidenciales, para el congreso de la nación y para el Parlamento Andino), para las que querían preparar bien a los miembros de mesa (lo cual viene bien).

Es difícil que absolutamente nadie de una mesa electoral se presente a votar, recordemos que si la mesa no se abre, a partir de cierta hora los que están en la cola esperando a que se abra pueden ser “llamados” a sentarse en los puestos que falten de la mesa. Y este problema ya existía antes de la reforma, tal vez ahora se de más, pero recordemos que mucha gente ni se enteraban cuando les nombraban miembros de mesa, que hay mucha gente que físicamente no puede ir a votar y ni lo comentan a las autoridades competentes para que les exoneren del trámite…

La participación ciudadana es un valor que debe partir desde las escuelas, no desde una obligación legal. El ser miembro de una mesa electoral debe ser considerado un trabajo, y como tal, debe ser pagado, no con una propina, sino con un sueldo acorde con las 10 horas (o más) de trabajo que supone durante un día feriado, así la participación en los comicios como miembro de mesa no sería una “carga” tan grande para el ciudadano, sino que se volvería un trámite apetecible al menos parcialmente.

¡¡Voto voluntario ya!!

Según la RAI, EUA usó armas químicas en Faluya

Leo en Periodista Digital que La cadena pública Italiana, RAI, emitió un reportaje sobre la “toma” de Faluya, en concreto, sobre el uso de armas químicas en esa ciudad, en otras palabras, sobre el uso de armamento químico contra Civiles. No se basan en especulaciones, sino en declaraciones de soldados estadounidenses.
El Pentágono reconoce el uso de fósforo blanco, pero, según ellos, se usó para “iluminar” zonas, y jamás “contra el enemigo”, aunque ex marines como Jeff Englehart aseguran haber visto cuerpos calcinados por el fósforo blanco. Es un arma que se cataloga como “incendiaria”, aunque, según algunos, esa es una clasificación “ambigua”.

Al parecer, también se usaron bombas incendiarias MK77 (una “evolución” de las bombas Napalm), en un principio, EUA negó que se usase esta arma en territorio Iraquí, al final, terminó reconociendo que, efectivamente, se había usado (después de que se presentaran pruebas de su uso en ciudades y campos de batalla), aunque el gobierno estadounidense insiste en que jamás se usaron sobre civiles, siempre contra “combatientes” (me pregunto cómo hace una bomba que arrasa buena parte de la ciudad bajo su fuego en distinguir entre combatientes y no combatientes; esas deben ser armas inteligentes y el resto tonterías).

La periodista italiana Sgrena (secuestrada en Iraq, luego liberada, y cuando su carro se retiraba, en un control estadounidense, fueron tiroteados por los “agentes del orden” gringos, muriendo el agente del servicio de inteligencia Italiano que medió en la liberación) asegura que, antes de ser secuestrada, había recogido testimonios entre refugiados sunís que “mostraban” el uso de fósforo blanco y MK77.

¿Así se combate el terrorismo?
Me pregunto si los mandamases gringos se darán cuenta que no pueden hacer lo que les sale de las narices, si verán que este tipo de violencia no resuelve nada, y que sus consignas contra cierto tipo de armas ante el miedo de que se utilicen (sobre todo contra civiles) quedan desprestigiadas cuando son ellos quienes usan esas mismas armas ¿Con qué cara le pueden decir a tal o cual país que controle su armamento si ellos usan lo peorcito que tienen? (bueno, lo peor que tienen son las atómicas y demás…).

¡¡Fujimori arrestado!!

La noticia del día, la noticia del mes, lo último, pero a su vez, el comienzo de un proceso. ¡¡Fujimori ha sido arrestado!! Las autoridades chilenas han procedido a su arresto, una vez que el ex-mandatario peruano se acomodase en una suite en un hotel de la capital del vecino del Sur.
En el proyecto fujimorista, su retorno pasaba por Chile, y a pocas horas de haber pisado dicho país, tras las gestiones pertinentes por parte de las autoridades peruanas,  Fujimori fue arrestado, ahora tendrá que seguirse el proceso de extradición pertinente, y esperemos que en poco tiempo los procesos judiciales que Fujimori tiene pendientes con la justicia Peruana puedan llevarse a cabo, con transparencia, legalidad, e imparcialidad.

¿Por qué la Interpol no arrestó a Fujimori a penas pisó el País?
Creo que es una duda que se nos ha ocurrido a todos, incluso, el periódico La República da la noticia poniendo en tela de juicio la actuación del gobierno chileno, y hablando a cada rato de la candidata a presidente (un toque manipulada la forma en que presenta la información), que exige y re-exige explicaciones al gobierno.

Según La Segunda (periódico chileno), la INTERPOL en Chile fue quien avisó a la INTERPOL de Lima la presencia del ex-mandatario peruano en Chile, para que se comenzara a gestionar la orden de extradición, según la jefe de INTERPOL Chile, en dicho país la orden de arresto internacional no tiene validez alguna, puesto que en Chile no se puede detener a nadie a orden de un juez extranjero (esto es una orden de arresto internacional), por tanto, es necesaria la orden de una autoridad judicial chilena, que puede originarse (como fue este caso) con la petición de extradición.

¿Qué gestiones se hicieron?
El gobierno peruano, a través de la embajada, presentó una nota al gobierno Chileno, en que se indica los delitos por los que se persigue a Fujimori, y en el que se pide la detención preventiva y en inicio del proceso de extradición.

Las autoridades judiciales chilenas se pusieron en acción, ordenando el arresto de Fujimori, materializado el mismo por la INTERPOL chilena. El expresidente no opuso resistencia ante el arresto. Pero al parecer, Fujimori no esperaba ser detenido en Santiago (claro, sino, no hubiese ido… seguramente sabía que la orden de arresto internacional no vale en Chile, y seguramente pensó que las habituales diferencias entre los dos países impediría que el proceso de extradición se llevase a cabo, por suerte no fue así, y los jueces han actuado con independencia ¡¡y rápido!!).

Ahora Fujimori pasará por unos exámenes médicos de rutina, y el proceso de extradición comenzará, Perú tendrá que presentar un cuadernillo con la petición formal y todos los demás requisitos que, según el tratado de Extradición que se tiene con Chile, hay que cumplir.

Actualización (8 de Noviembre)
¿Por qué no le arrestaron en México?
Acá ya comienzan a aparecer más responsables, en este caso, el piloto (y demás tripulantes) del avión privado, por ocultar información al gobierno de México sobre los pasajeros del avión; por no decir que puede existir algún soborno o negligencia por parte de las autoridades migratorias mexicanas por no abordar el avión privado para revisar si todo estaba en orden (aunque claro, todos sabemos que el trato que reciben los pasajeros de los aviones privados suele ser muy "preferencial" en todos los sentidos de la palabra. Más información en "Fujimori omitido del plan de vuelo en México", noticia aparecida en El Comercio.

¿Qué pasó en EUA? Al parecer, el ex mandatario peruano también burló a las autoridades estadounidenses, no sé para que rayos tienen esa "hiperseguridad" en que se denigra a los viajeros si con una persona que se cambie de nombre evita a los controles migratorios. Las autoridades gringas reaseguran que ellos no han colaborado con el exmandatario peruano, y que ya están investigando cómo se les coló el sujeto. Más información en "Embajador de EEUU sospecha que Fujimori usó nombre falso para hacer escala ", noticia aparecida en El Comercio.