Guantánamo: los presos extranjeros no pueden recurrir

La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia (un tribunal federal) ha dado la razón al gobierno de Estados Unidos (EUA) al decidir que los presos extranjeros en guantánamo no tienen derecho a recurrir la legalidad de su encarcelamiento ante los tribubales, en otras palabras, los presos extranjeros en Guantánamo no pueden pedir un habeas corpus. Todo ello en aplicación de una cuestionada norma promovida por el gobierno de Bush, aprobada por el parlamento estadounidense, que no permite recurrir el encarcelamiento en la base militar de Guantánamo (en Cuba).

La ley de finales del 2005 es tajante al respecto del tema de los recursos en el encarcelamiento: Los extranjeros no pueden realizar dichos recursos para verificar, frente a tribunales estadounidenses, la legalidad de su encarcelamiento. La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia decidió que los tribunales federales no son competentes en conocer esos recursos en tanto que la ley citada es constitucional, y por tanto, no existe jurisidicción de los tribunales federales para conocer de los habeas corpus planteados por los presos de la cárcel de Guantánamo.La decisión fue tomada por dos votos contra uno, la juez disidente, Judith Rogers, afirmó que el Congreso no puede suprimir el Habeas Corpus a no ser que establezca una alternativa adecuada para que dicho derecho exista.

Recordemos en este sentido el artículo primero, novena sección, punto segundo, de la Constitución de los Estados Unidos de América: El privilegio del habeas corpus no se suspenderá, salvo cuando la seguridad pública lo exija en los casos de rebelión o invasión. Y el terrorismo ni es una rebelión ni se puede defender como una invasión, así que la juez no se equivoca al decir que el Congreso no puede eliminar la posibilidad de recurso. Se debe tener en cuenta, además, de la declaración de ilegalidad de los tribunales militares constituidos para juzgar de forma sumaria a los encarcelados en Guantánamo, lo que acrecienta las dudas sobre la legalidad de las detenciones.

La medida adoptada por la Corte de Apelación va en contra de una serie de decisiones de la Corte Suprema estadounidense, en la cual se mantenía la vigencia del Habeas Corpus y se reconocía el derecho de todos los detenidos, ciudadanos de Estados Unidos o extranjeros, a recurrir su arresto ante los tribunales de Estados Unidos. Estas decisiones fueron tomadas antes de la ley que prohíbe los recursos, pero en aquellas ocasiones ya se criticó, por parte de la alta corte, el poder excesivo otorgado al presidente para el tratamiento de presos en la base de Guantánamo, nada indica un cambio de opinión entre los magistrados de la Corte Suprema.

En el plano del Derecho Internacional el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha recordado, en el 2001, que el Habeas Corpus es un derecho no derogable ni en tiempos de guerra o excepción (CCPR/C/21/Rev.1/Add.11, de 31 de Agosto del 2001).

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