O algo así. Es increíble. Antonio Cañizares, Arzobispo de Toledo y Vicepresidente de la Conferencia Episcopal, ha realizado unas declaraciones la mar de curiosas, que demuestran que algunas personas aún no asumen el sano final del nacional-catolicismo en España, tras la muerte del llamado generalísimo, esto es, Franco. «España será cristiana o no será España», a la par que afirmó que España está en un proceso de «destrucción» que «en el fondo es un proyecto laicista». Aunque claro, estas declaraciones, totalmente fuera de sentido alguno, se ven opacadas por las perlas que espetó durante la homilía de ayer, como podemos leerlas en El Plural.
Categoría: Pensamientos
¡No estamos todos, faltan 200!
Mañana del 11 de Marzo del 2004, entre el desconcierto y el dolor muchas personas buscaban información sobre el atentado terrorista más grande sufrido en España, varias bombas en distintos trenes explotaron dejando casi 200 víctimas mortales y cientos de heridos. Los informativos se afanaban en dar el último detalle de lo que estaba pasando, las declaraciones de políticos y otros sujetos se sucedían ante las cámaras, y ETA decía que ella no tenía nada que ver, mientras que los fanáticos de Al Qaeda decidieron hacer suyo el atentado, el enemigo débil del trío de las Azores, España, recibía un castigo por su apoyo a la invasión de Iraq, apoyo realizado en contra de la mayoría de españoles, apoyo que sufrieron los que nada tenían que ver con un gobierno que, hacía años, imponía una mayoría conseguida tiempo atrás.
¿De verdad sabe de qué habla?
Javier Cremades es el presidente del Foro Iberoamericano de la Propiedad Intelectual (FIPI), y no voy a ser yo quien negue su capacidad en temas de la mal llamada Propiedad Intelectual (mejor es acudir directamente al término «Derechos de Autor«, describen de forma más correcta la institución de la que hablamos y el bien jurídico que queremos proteger y regular), pero algunas declaraciones como la hoy dada en El País hacen pensar que no sabe muy bien de lo que habla cuando aborda fenómenos como el del Copyleft.
Congreso de Inmigración: Medios de comunicación e Integración
La integración de los jóvenes latinoamericanos no se está logrando, para nada. Aunque tanto los latinoamericanos como los españoles se muestran abiertos a relacionarse con gente de diferente procedencia a la propia, la práctica demuestra que el abismo entre los colectivos jóvenes no hace más que crecer, ambos grupos se refieren a sus iguales como nosotros, y al otro grupo como ellos, no consiguiéndose el sentido de pertenencia a un mismo grupo (jóvenes). Parte de la distancia se origina por cuestiones socio-económicas, sobre todo en los centros concertados, mientras que otra parte por los gustos generales que crean diferencias grupales: Unos quieren el reggetón y los otros el bacalao, unos quieren la pachanga y los otros el botellón. Y a ello hay que sumarle el racismo: Uno de cada dos jóvenes inmigrantes considera que sí existe racismo en España, y esa cifra aumenta a dos de cada tres si se pregunta a los adolescentes latinoamericanos. Y eso que se menciona que entre los españoles, los jóvenes suelen ser más tolerantes. Aún así, los latinoamericanos han sufrido repetidas experiencias de racismo, de menosprecio a su cultura, forma de hablar, forma de vida y simple existencia como inmigrantes en una tierra que no deja de recordarles que ellos son de fuera, extraños; y todo esto por parte de sus iguales en edad. Varios son los estudios que mencionan el incremento de la xenofobia en España a la par que los problemas de convivencia se multiplican.
A ello la autora sumó una importante precisión: Los medios de comunicación se afanan en dar una mala imagen de estos jóvenes inmigrantes, lo que genera, por un lado, prejuicios por parte de los españoles (que inconscientemente se dejarán llevar por lo que dicen los medios -sobre todo la televisión-), por otro, el efecto espejo que produce esa impresión sobre los inmigrantes: El adolescente latinoamericano se ve despreciado desde los propios mass media, generando, en parte, resentimiento y un estado a la defensiva con sus pares españoles. La autora indica, a su vez, lo mal que se está integrando una parte de los adolescentes latinoamericanos, y teniendo en cuenta la permanencia a futuro de los mismos y que jugarán un rol importante en la sociedad de acogida, la misma resulta más que preocupante en tanto a la posibilidad que la conflictividad social aumente y todo por una mala integración desde un principio.
Ley Habilitante para Chávez: Pero… ¿Qué socialismo?
Cilia Flores, presidenta de la Asamblea Nacional, gritó un sentido «¡Viva el parlamentarismo social de calle, socialismo o muerte, venceremos!» al momento de aprobar una suerte de claudicación de un legislativo sin oposición a un líder indiscutible (como líder). En esa frase recurre a muchos clichés que, lamentablemente, dudo que ella crea o sepa realmente qué significan. Definitivamente, darle el poder a un ejecutivo para que haga y deshaga, no es parlamentarismo social (y menos "de calle"), y lo de "socialismo o muerte, venceremos", además de representar una repetición de algo tan manido que ya pierde el sentido, no sabemos qué socialismo es realmente el que se quiere implantar, así que no nos vale que sea una autoridad la que decida qué debemos entender por socialismo. Y menos una autoridad tan nacionalista e hipócrita con sus negocios.
Los críticos con Chávez, que ven peligros dictatoriales donde Chávez no necesita que haya, ven en esta Ley las puertas abiertas a una serie de nacionalizaciones que no convienen a una clase propietaria (pero sí a la otra) y que se cierren las puertas a la entrada de capital extranjero, o se pongan límites y trabas a las mismas (algo que, por cierto, hacen todos los países, en mayor o menor medida, e incluso con países hermanos y socios en todo sentido -véase el caso de EON y Endesa en España-).
La ley afecta a casi todas las áreas de la vida pública, y muchas de la privada, entre ellas la participación ciudadana, cuestiones de ordenación territorial, transportes, educación y demás. La educación exige una especial atención por parte de la oposición, puesto que Chávez habla de una educación para el socialismo bolivariano, y claro, esto sería una cantera de chavistas. No hay que olvidar que toda educación en un Estado, esto es, dirigida por un Estado, no es una educación como tal, sino una fábrica de obedientes alienados con el poder vigente, así que la situación realmente no cambia de la actualmente existente (en Venezuela y casi todo el mundo, todo sea dicho).
Chávez vuelve a la carga con el tema de la reforma constitucional, ahora la impulsará casi en solitario. Actualmente está a cargo de una comisión mixta Ejecutivo-Legislativo. Recordemos que la actual constitución de Venezuela data de 1999, tras un proceso constitucional, bajo el mando de Chávez -ya presidente-, se aprobó un texto en remplazo de la carta magna de 1961, más presidencialista si cabe, que hasta cambiaba el nombre del país por República Bolivariana de Venezuela. Se suele decir que uno de los puntos positivos de esa constitución fue su aprobación mediante referendo. Pero dicha consulta es tan criticable como la peruano del 93, por la baja participación popular. En otras palabras, Chávez pretende modificar una constitución hecha a medida para fines no demasiados claros.
Muchos ven en este Cheque en Blanco, sumado con la reforma Constitucional, un medio para que el gobierno instaure el socialismo, comunismo, una nueva cuba o no sé qué tantas cosas (se dicen tantísimas), al igual que vieron en la unificación del movimiento bolivariano un predecesor al sistema de partido único. Ver fantasmas donde no los hay es típico de una oposición que busca el catastrofismo como fórmula de combatir al gobierno, y, no es por nada, Chávez la deja fácil para atacarle por otros flancos, y de forma más constructiva. Pero la oposición constructiva no es utilizada ni en Venezuela ni en ningún país civilizado, puesto que da pocos réditos electorales. Tranquilos, Chávez no es comunista. Chávez no instaurará una nueva Cuba, entre otras cosas porque tiene petróleo y recursos (por más nacionalizaciones y demás que haga, seguirá vendiendo petróleo a Estados Unidos -o a otros-, así que jamás será bloqueado -como no lo es China actualmente-), el peligro de un bloqueo es inexistente habiendo países ávidos de explotar los recursos venezolanos. Así que Venezuela, salvo mala gestión económica (mala con ganas, o sea, descaradamente mala) jamás empobrecerá (podrá ralentizar el crecimiento, pero ello no es sinónimo de empobrecerse).
Chávez habla de un boliviarismo del que él está lejos, de un socialismo que a veces más se parece a la socialdemocracia que al socialismo que a muchos nos gustaría ver (y siempre como paso previo dentro de una revolución mayor, sino son tonterías), pero sin la defensa de los derechos individuales que debiera ser compatible con la consecución (porque hoy por hoy no existen) de los mismos y de los derechos grupales o colectivos (tan olvidados por un liberalismo que defiende los derechos desde la perspectiva de los privilegios a grupúsculos determinados). Por mucho que Chávez repita "Socialismo o muerte", no habrá ni socialismo ni muerte. Habrá Chavismo (que puede gustar más o menos, que puede ser mejor que lo existente o peor, pero que de socialismo tiene tan poco como de comunista la actual China). Pero que le llame socialismo, a fin de cuentas, es una palabra que prácticamente ha perdido su significado si vamos a la Internacional Socialista, donde hay de todo menos socialistas.
Chávez continúa manteniendo una sociedad altamente jerárquica, con una punta clara y caudillista (representada por él mismo, por supuesto), que es más parecido al Velasquismo que al socialismo, que no deja lugar a dudas: Las estructuras se mantendrán. Hay muchas cosas que no serán tocadas y que mantendrán el sistema de podredumbre como hasta ahora, entre ellas la propia configuración del Estado y la corrupción tan profunda del sistema, pasando por mantener la educación como estaba hasta ahora, cambios en las curricula no sirven de nada.
Chávez, eso sí, se equivoca en las formas. Se equivoca al querer hacerlo todo desde el ejecutivo, de forma vertical, se equivoca arrebatando a la Asamblea Nacional lo poco que podría hacer para mantener la dignidad perdida en las elecciones (dignidad que, en cambio, sí tiene Chávez al arrasar en las elecciones presidenciales). Un parlamento que iba a hacer todas esas reformas como sin oposición alguna, que podía realizar todo de forma ágil y con un mínimo de debate público que siempre resulta útil para la opinión pública. Pero no, Chávez es demasiado personalista, necesita (como necesidad en toda la extensión de la palabra) que todo sea realizado por su mano, así, además, tiene más rédito electoral donde le interesa, en las Presidenciales. Y este error es propio de los sistemas occidentales actuales, no es algo que debamos achacar sólo a Chávez, que conste.
Miente miente, que algo queda
El vídeo de la discordia no tiene desperdicio, es una paranoia como un templo. En ella, a alguien que no se le reconoce se le asocia con un etarra, y sin más pruebas que esa, se monta toda una historia tanto sobre las explosiones en el tren de Atocha como sobre el resto de la historia. Digno de Peones Negros (esa organización que quiere saber la verdad, o sea, que quiere que la versión que ellos defienden sea LA verdad), de paso, el autor del vídeo acusa a todo cristo de mentir, a los jueces, a todas las fuerzas de seguridad, al presidente Rodríguez Zapatero, y se queda corto, se olvida decir que mienten todos los imputados, todos los testigos (al menos todos los que salieron de ese tren).
Cito del artículo (donde pueden ver el vídeo):
Ya casi van tres años desde que las urnas quitaron el poder al Partido Popular, pero este no cree que sus infumables políticas hayan sumado votos para "los contrarios", no, siguen hablando del pacto ETA-PSOE. Sin presentar más pruebas que el berrinche del perdedor como discurso. El Partido Popular de San Martín de la Vega (Madrid) subió (aunque ya no se encuentra) un vídeo en que literalmente se acusa a Rodríguez Zapatero de pactar con ETA su llegada al poder (mediante los atentados del 11 de Marzo del 2004).
El Partido Socialista de Madrid (PSM-PSOE) no lo ha dudado dos veces y, por medio de la portavoz adjunta del PSOE en la Asamblea de Madrid, Ruth Porta, exigió la retirada de ese vídeo de la página web del PP y avisa que su partido denunciará a Esperanza Aguirre, presidenta de la Comunidad de Madrid por el PP y dirigente de dicho partido, por la manipulación pública y el insulto a las instituciones del Estado (en el vídeo se acusa a los Jueces y a la policía de mentir y manipular) y al presidente del gobierno (al que acusa de premiar a los terroristas por el atentado pactado, en otras palabras, de ser cómplice de ETA, a su vez, el vídeo acusa de censurar a los medios de comunicación unas imágenes que inculpan a un etarra de los atentados).
En el vídeo se acusa al etarra Asier Eceiza de perpetrar los atentados de atocha, mediante dos controles remotos y muchas bombas (no tres como defiende la versión oficial). Según el análisis del vídeo tomado por la cámara de seguridad de la estación de trenes madrileña, la voz en off defiende que una de las caras que se ven es la del etarra Asier, y que lo que lleva en las manos son dos controles remotos, y que explotó las bombas estando de cuerpo presente. Así pues, la versión de las "mochilas bombas" y del método para explotarlas (mediante móviles) también quedan contradichas, acusándose, por ello, de mentir a las fuerzas de seguridad del Estado.
(…)
El vídeo, además, ya había sido difundido por el Partido Popular con anteriorirdad. En diciembre del 2006 el PP de Guadix (Granada) subió en su página web el breve documental de los atentados. El presidente del PP de Guadix, Santiago Pérez López, eliminó el vídeo una vez que se creó polémica en torno a él, en su momento declaró que no está de acuerdo con su contenido y que no sabía que alguien lo había subido a la página web del partido que preside; luego procedió, según se sabe, a "depurar responsabilidades internas" del partido en la localidad granadina.
No es raro que esos vídeos los encontremos en páginas relacionadas con el PP, que los círculos internos del Partido Popular no consideren descabellado todo ello, no ya la participación de ETA (defendida por El Mundo), no es raro por dos motivos: El PP no acepta su derrota electoral (el PSOE no subió tantísimo de votos ni ellos bajaron tanto, lo que sí aumentó fue la participación electoral y el voto útil) y el PP debe seguir defendiendo cualquier tesis que implique a ETA ya que, si dejan de hacerlo, toda la postura que realizaron antes del 14 – M (las elecciones), y tras las mismas, todo el discurso sobre ETA, sobre Al Qaeda, la guerra de Iraq y el "no saquen las tropas", junto con un largo etcétera. Por no decir que lo único que ha hecho el PP y sus satélites mediáticos en los últimos años es decir "ha sido ETA" y deslegitimar el gobierno de Rodríguez Zapateros (ya alguno ha dicho, sin pelos en la lengua, que Rodríguez llegó tras un golpe de estado, ni idea tienen de qué es un golpe de Estado).
¿Playas familiares? ¡Espacios para conservadores!
Lo más gracioso (porque salta de lo patético a lo chistoso) es que se amparan, los de Playas Familiares en la constitución, en la protección constitucional de la familia y de los niños. Por un lado hay que recordar que todas esas personas que usan "ropas ligeras", que van desnudas, que utilizan tanga y demás seguramente pertenecen a familias, tienen hijos, o los tendrán, y demás detalles. Esto es, que son familias como las que piden estas playas Familiares que sean protegidas. Familias que HazteOir, y en concreto los que apoyan esta campaña, desprecian, quitan la cualidad de familia para enarbolar una bandera del sinsentido censurador que decide con qué ropa debe ir cada quien. O, en este caso, separar a la gente según la ropa que lleva.
Junto con la familia (en abstracto -sin olvidar que para ellos la familia es la tradicional cristiana únicamente-), meten a los niños, la especial protección que los mismos que menta la constitución, base de esta discriminación. Para ellos, un niño no debe ver a una persona casi desnuda. Que sí, que en las playas la gente usa tanga, hace topless y todo eso, cosa que, para los de Playas Limpias, hace daño a los niños (sino no tiene sentido la separación entre los que tienen más ropa y los que tienen menos ropa).
No sé qué daño les puede hacer, por no decir que el contacto con la realidad física no es tampoco malo, incluso resulta recomendable para los niños (muchos recomiendan que el niño se duche con los padres para que vaya viendo lo que hay, por decirlo de alguna forma), no le pasará nada al niño, su moralidad no estará comprometida, su desarrollo no tiene por qué ser distinto viendo cuerpos semicalatos o no, y citaré algo que escribí la vez pasada, al hablar de la protesta nudista contra el Papa en Valencia: «Es difícil pensar en un niño de la selva como un pervertido porque las mujeres de su tribu vayan siempre cuasidesnudas. Es difícil pensar en una niña de la selva como corrompida sexualmente porque los hombres de su tribu muestren sus atributos todo el tiempo. Es difícil pensar que esas sociedades sean moralmente inferiores por no cubrirse con ropajes».
Esta gente ve "falta de decoro" en quienes van ligeros de ropas a la playa, se ve que esa gente es sucia en tanto no va como debe ir, como la gente de bien (esos conservadores de toda la vida) se visten y visten a los suyos. En la retorcida mente de esos conservadores el mostrar el cuerpo es un signo de suciedad, de pueril exhibicionismo, de insulto a las ínclitas mentes de unos sujetos que, a fin de cuentas, consideran al cuerpo como algo pecaminoso, que debe ser cubierto lo más posible por una cuestión de respeto. Luego no sé cómo tienen la cara de hablar negativamente sobre el burqa. Hablan de playas familiares pero realmente piensan en espacios de censura, de represión. Esos niños que pretenden "proteger" vivirán en un mundo de represión sexual, donde todo lo relacionado con el cuerpo es sucio e indecoroso.
Vuelvo a autocitarme: «Es insultante pensar que el niño debe ser protegido de un desnudo (cuando el arte está lleno de los mismos, todo sea dicho), pensé que ya habíamos superado la época en que a los desnudos artísticos se les ponía ropa para que no ofendan a la parroquia. (…) Esto me recuerda a un chiste de Mafalda, donde la madre de la chiquilla no le deja ver una novela donde una pareja se besaba y le pone un canal donde se ve una peli del oeste (con el tiroteo de rigor). Así pues, una muestra de amor queda vetada, pero una de violencia no. Un poco pasa lo mismo con los desnudos.»
Decía la vez pasada, además, que el infante es bastante inocente, no ve ningún mal en el cuerpo ajeno, más allá de la sana curiosidad, intentar proteger a un niño del cuerpo desnudo no tiene más sentido que la represión sexual de los padres, que viven en un mundo en que el cuerpo es sucio, donde el niño debe ser protegido, a fin de cuentas, de su propio cuerpo. Es triste, sí, pero aún hay gente que ve sucidad en su existencia desnuda. ¡Si Freud levantara cabeza!
Por último, usualmente los espacios nudistas se crean al no poder, los nudistas, quitarse la ropa donde les viene en gana, en otras palabras, es una forma de la sociedad de excluir su forma de vida a círculos concretos, que a su vez da libertad a los nudistas a explayarse sin problemas en zonas determinadas. Si una persona se desnuda fuera de las áreas marcadas, usualmente es reprimida (salvo que se lleve a cabo una protesta o manifestación nudista, que haberlas, haylas). No tiene sentido hacer una graduación de las playas u otros espacios públicos, ya tiene poco sentido la represión de los nudistas en espacios no determinados.
Sólo la muerte entra en Palacio
Pero este gobierno cuando dice democracia quiere decir "lo que yo digo, cuando yo digo y como yo digo", y así lo demostró el día de ayer, 26 de enero, al tratar como delincuentes a los manifestantes en contra de la pena de muerte: Unos pocos estudiantes, acompañados de alguna que otra personalidad y algunos políticos. Las órdenes de arriba, dijo un policía a José Alejandro Godoy. No nos cabe la menor duda, esa es la democracia de la que habla Alan García Perez, la democracia en que unos son más iguales que otros, en que la ley se aplica sólo cuando conviene.
Sesenta policías, según El Comercio, contra cuarenta manifestantes. El Comercio recuerda cómo hace una semana se permitió el paso a quienes apoyan al gobierno. Esa es la diferencia, si le das tu apoyo te darán todo, si se lo quitas, serás repelido por la policía. Así de simple son las cosas en nuestro Perú, el caciquismo continúa como antaño y la vuelta del carné aprista para conseguir trabajo pronto volverá a ser una realidad, este gobierno sólo quiere a los dóciles y eliminará cualquier oposición a sus planes. Lo ha demostrado en el tema de la evaluación censal para docentes y la persecución política al SUTEP, lo demuestra cuando dice y redice que si el Congreso se pone peleón (esto es, no se arrodilla ante el ejecutivo), echa a todos los congresistas, esto es, disuelve la cámara de representantes en una patética emulación del negro 5 de abril del 92 en que Alberto Fujimori decidió darse un golpe de Estado.
El filósofo Manuel Ato, uno de los asistentes a la marcha, manifestó que la respuesta policial fue "desproporcionada ante un grupo de personas que protestaban de forma pacífica" (declaraciones recogidas tanto en RPP como en EsMas). A su vez, indicó el doble trato que tienen las manifestaciones en este país, si estás con el gobierno entras al Palacio, si no estás, la policía se encargará de ti.
Los medios que han cubierto la manifestación (El Comercio, RPP, CPN, EsMas, Perú.com, entre otros) ponen en relevancia el doble rasero del gobierno, ya expresado líneas atrás. ¿Ahora qué dirá el gobierno? ¿Justificará la actuación policial basándose en la Ley? ¿Pedirá disculpas por vulnerar esa normativa al recibir a los manifestantes pro-muerte? Las fotos de El Útero de Marita no tienen pierde, entre otras, porque comparan la presente manifestación con la recibida por Alan.
Pero, aunque pocos, sí podemos decir que la manifestación fue un éxito, como recogen algunas de las bitácoras de los participantes, tanto por el hecho simbólico de ver a parte de la sociedad levantada contra la pena de muerte como para demostrar la doble vara del gobierno. Aquí estamos y no nos rendiremos. Ese es el mensaje de los manifestantes, que han dejado relucir los defectos democráticos del gobierno.
Algunos bitacoreros hablan del tema:
- Solo la muerte pudo entrar en Palacio en Desde el Tercer Piso.
- Sólo la muerte puede entrar a Palacio en El Útero de Marita.
- Simbólica concentración en defensa de la vida en Pepitaspuntocom.
- Exitosa manifestación en la Plaza de Armas en Gran Combo Club.
¡¡No a la pena de muerte!!
Reforma del Código penal: Personas jurídicas y hackers entre los damnificados
Sé que últimamente se habla mucho de la posibilidad de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, sobre todo por una cuestión práctica (la que llevó a países como Gran Bretaña o Estados Unidos a aceptar esta responsabilidad de las personas jurídicas, y desde hace relativamente poco fue asumido por países de tradición continental como son Holanda, Portugal o Francia), pero la doctrina española (la mayoría de la misma, siempre hay voces en otro sentido) defendía (y defiende) la responsabilidad individual , esto es, referida al individuo. Así pues, la doctrina mayoritaria habla de la incapacidad de culpabilidad de las personas jurídicas y la responsable no sería la persona jurídica, sino la persona física que maneja esa persona jurídica, aunque luego la persona jurídica tuviera que pagar los trastos rotos como responsable solidario del pago de la multa y/o indemnización (en ese sentido va el pronto derogado artículo 31.2 de la Ley Orgánica 10/1995, el Código Penal), así como se puede imponer una serie de medidas (disolver la sociedad, intervenirla, prohibirle realizar actividades en el futuro o suspender las mismas, etc., todo regulado en el artículo 129 del CP, siendo penas accesorias).
Cierto es también que esta no responsabilidad de las personas jurídicas podría dar ciertos problemas en los delitos especiales propios en que esas condiciones personales (que hacen que el delito sea especial propio) sólo concurren en la persona jurídica y no en los que actúan usando dicha persona, donde la no responsabilidad de las personas jurídicas significa la impunidad de los auténticos responsables del delito y no sería correcto trasladar la responsabilidad a los administradores o similares de la Persona Jurídica. Así pues, en España se siguió lo hecho en Alemania y en el artículo 31 del presente código penal se regula la figura de "actuar por otro" (introducido en el 83).
Ahora bien, con la reforma que propone el gobierno, se da, literalmente, responsabilidad penal a las personas jurídicas. Así pues, el artículo único punto segundo introduce el artículo 31.bis en el Código Penal en el que se dice (en su punto primero):
«En los supuestos previstos en este Código, las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos, por cuenta o en provecho de las mismas, por las personas físicas que tengan en ellas un poder de dirección fundado en la atribución de su representación o en su autoridad, bien para tomar decisiones en su nombre, bien para controlar el funcionamiento de la sociedad.
En los mismos supuestos, las personas jurídicas serán también penalmente responsables de los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en provecho de las mismas, por quienes, estando sometidos a la autoridad de las personas físicas mencionadas en el párrafo anterior, han podido realizar los hechos por no haberse ejercido sobre ellos el debido control.»
A falta de profundizar más sobre toda la reforma (el total de la misma, que aún no la termino de leer siquiera, pero me llamó la atención esta introducción de responsabilidad penal) y de leer los comentarios de la doctrina (a ver si me paso por la biblioteca y tiro de las revistas a ver qué se movió en los últimos meses -de discusión previa- y ver qué se mueve ahora, por curiosidad, claro), acá dejo este extremo de la reforma, no sin antes recordar que sólo existirá responsabilidad por parte de una persona jurídica cuando el código indique que el responsable puede ser una de estas personas (así pues, el nuevo artículo 310.bis menciona la responsabilidad penal de las personas físicas expresamente).
Esta responsabilidad penal de las personas jurídicas no ha preocupado mucho a los internautas, ni tiene por qué realmente, los mismos se se han fijado más en la introducción (en la exposición de motivos) de la palabra hacker y de la criminalización de ciertas conductas. Así que pasemos a ver este nuevo tipo penal.
Los Hackers en el Código Penal
Ante todo, es incorrecto decir que la palabra "hacker" entrará en el código penal, entre otras cosas porque sólo figura en la exposición de motivos del proyecto de reforma, por tanto, dicha palabra NO entrará en el Código Penal. El párrafo en donde se menciona (en la página 7) dice así (lo pongo porque sé que muchos pondrán el grito en el cielo y no sabrán qué dice la exposición de motivos:
«Esa preocupante laguna, que pueden aprovechar los llamados hackers ha aconsejado, cumpliendo con obligaciones específicas sobre la materia plasmadas en la Decisión Marco 2005/222/JAI de 24 de febrero de 2005 relativa a los ataques contra los sistemas de información, incorporar al artículo 197 del Código Penal un nuevo apartado que castiga a quien por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, accediera sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático. La realidad de que los actos de invasión en la privacidad en todas sus manifestaciones no son siempre llevadas a cabo por individuos aislados ha determinado la incorporación de una cualificación punitiva para todas las acciones descritas en el artículo 197 en el caso de que se cometan en el marco de organizaciones criminales.» (El resaltado es mío).
Lo sé, la palabra más correcta sería cracker, pero ya que se describe la clase de hacker que buscan (los hacker malos o cracker), así que no veo problema alguno (siquiera terminológico) en el empleo de "hacker" en el sentido señalado (entre otras cosas, porque, lamentablemente, es de uso normal dicha acepción para hacker). Además, como bien señala la gente del Bufet Almeida, lo importante no es el término que se use para hablar sobre las personas que realicen el tipo penal nuevo, "Lo importante es el fondo: la conveniencia o no de la criminalización definitiva de todo tipo de acceso, con independencia de su objetivo", pero a fin de cuentas, en sitios como Barrapunto (donde tratan la noticia) abundan los comentarios sobre la terminología. Y ese no debe ser el debate.
La reforma hace un quilombo un tanto extraño para introducir un nuevo apartado 3 en el artículo 197 se procede a desplazar a los siguientes apartados (así pues, los actuales 3, 4, 5 y 6 pasan a ser 4, 5, 6, 7). Estamos en el Capítulo I (del descubrimiento y revelación de secretos) del Título X (delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio) del libro II del Código Penal.
El apartado que traerá cola entre los internautas reza:
«El que por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, accediera sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.»
En otras palabras, la típica actividad hacker/cracker (que cada quien use el término que quiera) y se pena el simple acceso sin autorización. Esto tal vez sea lo peor, no se habla de la gravedad que deba tener el acceso, o el uso deseado de esos datos o programas a los que se accede, simplemente el hecho de acceder sin autorización (rompiendo la seguridad) constituirá delito, al menos si nos ceñimos a la literalidad de la ley.
En este sentido informático (y sigo el vistazo realizado por la gente del Bufet Almeida sobre los delitos informáticos o "de hacker"), además, nos encontramos con una reelaboración del 264 del Código Penal que quedará redactado de esta forma (en sus primeros dos puntos):
«El que sin autorización y de manera grave borrase, dañase, deteriorase, alterase, suprimiese, o hiciese inaccesibles datos o programas informáticos ajenos, será castigado, en consideración a la gravedad del hecho, con la pena de prisión de seis meses a dos años.
El que sin estar autorizado y de manera grave obstaculizara o interrumpiera el funcionamiento de un sistema de información ajeno, introduciendo, transmitiendo, dañando, borrando, deteriorando, alterando, suprimiendo o haciendo inaccesibles datos informáticos, será castigado, atendiendo a la gravedad del hecho, con la pena de prisión de seis meses a tres años.»
Así pues, tanto las intrusiones físicas como por red para causar todos esos daños quedan castigados (tal vez con excesiva dureza), el que mande virus o troyanos a sabiendas a otra persona incurrirá en este tipo penal sin lugar a dudas, también el envío de xploits y similares (el tan habitual hackeo de cuentas de hotmail -correo electrónico en general- será, claramente, un delito, según lo que haga, por este tipo penal o por el apartado 3 del 197, aunque, bueno, realmente ya lo era, interrupción de comunicaciones y todo eso).
Algunas consideraciones finales
El legislador (en este caso, el gobierno al redactar el proyecto) escucha cohetes y no sabe ni quién es el enemigo ni cómo combatirlo, y se lía a poner penas sin siquiera mencionar en qué casos la conducta sería delito y en cuales falta, o cuando no sería nada. Los hackers (crackers realmente) le preocupan, y no ven con buenos ojos que nadie se meta en la computadora de otra persona.
¿Y saben qué? En ese extremo les doy toda la razón del mundo, nadie debe entrar a la computadora de nadie si no tiene autorización. Pero el gobierno se equivoca en la forma en que combate las intrusiones negativas (y acá es donde debemos matizar). No estoy diciendo que esa intrusión deba ser delito, no "por sí misma", me voy a explicar un poco: no es lo mismo entrar para, por ejemplo, robar datos o crackear una página web que entrar y mandar un correo al administrador del sistema avisándole de una vulnerabilidad, en un caso estaríamos ante un hecho un poco molesto (pero que, a fin de cuentas, hay que agradecer) y en el segundo ante un delito que debe ser combatido por el Estado de Derecho sin lugar a dudas. Pero la reforma penaliza ambos casos por igual, ya que el delito es el hecho de acceder, no lo que se haga con los datos, programas, o lo que toque (y ya será el juez quien tenga que valorar la situación al imponer la pena en concreto), y justo es ahí donde la reforma yerra.
El gobierno, parece, quiere penalizar a los crackers, pero en el camino se carga a los hackers. Y con muy poco tino penaliza a las herramientas en vez de a quien las usa (véase en este sentido "Las Herramientas prohibidas" de Carlos Sánchez Almeida), o mejor, sin distinguir a quién las usa y para qué. El Derecho Penal normalmente tiene muy en cuenta el elemento subjetivo de cualquier acción para considerarla delito, sobre todo en los delitos que no son contra la integridad de las personas (y aún ahí hay muchos matices), pero el legislador, en los últimos años, se ha olvidado de ese punto del derecho penal y se obsesiona en realizar reformas objetivistas, donde la mera actividad, la mera tenencia, es un delito en sí mismo. Un error. Un desperdicio de reforma. Esperemos que en el Congreso (y luego en el Senado) corrijan un poco el actual proyecto.
De referendos, Alan García y demagogias varias: Pena de Muerte en el Perú
Alan García dice que se debe realizar un referendo para que el pueblo peruano pueda decidir si se modifica o no el artículo 32 de nuestra carta magna (cuyo punto cuatro reza:"No pueden someterse a referéndum la supresión o la disminución de los derechos fundamentales de la persona") para poder realizar el referendo sobre la pena de muerte en Perú, imposibilitado por el precepto constitucional antedicho.
Pero, para darle más vuelta al asunto, el referendo del citado artículo sería hecho a la par que el cambio del artículo 140 de la Constitución para poder incluir la habilitación constitucional a una futura pena de muerte contra los violadores de menores (como poco). Esto es, se estaría modificando la norma que prohíbe referendos sobre la disminución de los derechos fundamentales a la par que se aprueba una disminución de los mismos, en otras palabras, es sacarle la vuelta al referendo que pretende posibilitar un segundo referendo. Pero los antidemocráticos somo los otros, los que no defendemos la pena de muerte (incluso sería antidemocrática la Ministra de Justicia, María Zavala, que se posiciona en contra de la pena de muerte).
También debe ser antidemocrática la Convención Americana de Derechos Humanos, ya que, según nos recuerda Luis Alberto Salgado, agente del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la realización de un referendo para ampliar la pena de muerte resulta "difícil" puesto que "el artículo cuarto de la Convención Americana de Derechos Humanos es claro" (prohibiendo que se amplíe la pena de muerte a otros supuestos).
Incluso Unidad Nacional (bancada que presentó un proyecto de ampliación de la pena de muerte más amplio -por tanto, más negativo- que el de la bancada aprista) acusa al gobierno de utilizar el tema del referendo sobre la pena de muerte como una cortina de humo sobre la falta de políticas del ejecutivo sobre… sobre todo lo que tiene que ver con gobernar.
Ya en el clímax de lo demagógico y mezclando lo que no se puede mezclar, el Ministro de la Producción, el ultraderechista Rafael Rey, declaró que "Muchas personas que no aceptan que se pueda ejecutar a un terrorista o a un violador, sin embargo, no dicen nada cuando se legaliza la ejecución a niños inocentes" (refiriéndose al aborto), son cosas distintas señor Rey, y es curioso cómo defensores a ultranza del "derecho a la vida" estén tan a favor de la pena de muerte. No merece, en la presente entrada, mayor comentario que la inoperancia de los defensores de la pena de muerte para mantener su postulado (al igual que la idiotez de seguir insistiendo en el carácter disuasorio de la pena de muerte, algo para nada probado y que, viendo la criminalidad de las zonas con pena de muerte "en activo", queda rebatido).
El Presidente Alan García insiste en esto para poder hacer bulla con algo, para correr un tupido velo sobre la mala administración que está teniendo, sobre la falta de respuestas estructurales a los problemas peruanos y cómo intenta solucionarlos con medidas coyunturales que, encima, son claras violaciones a los derechos humanos. Pero eso no lo interesa un carajo, lo que quiere es distraer al electorado y ganar votos y popularidad. Y de paso, demostrar quién manda en el Perú y, lo que es peor, cómo manda.
Vuelve la mano de hierro, versión de la estrella.
Le dan lo que quiere y ahora pide más
Ya que la prioridad, según los lumbreras del PP, es fijar una "política clara encaminada a la derrota definitiva de ETA" (pues a mí me parecía bien claro todo el tema del diálogo, más aún, sigo viéndolo cristalino -el cómo y qué se debe hacer-, otra cosa es que pueda funcionar). Que si no hay de eso (de la política clara y tal), que no cuenten con ellos, porque así no se puede definir ni un lema ni un manifiesto coherentes, que manifestarse para nada es tontería. Y del tema de las manifas, que por lo visto generan división y todo eso, el culpa, por supuesto, es Rodríguez Zapatero (ZP).
Me pregunto qué tan pisado estará Ibarretxe (convocante de la manifestación que se hará en Bilbao), Comisiones Obreras (no digo UGT, porque eso ya es otra cosa), la Federación Nacional de Asociaciones de Ecuatorianos en España (FENADEE), Izquierda Unida, CiU y el resto de partidos, por Rodríguez Zapatero ¡¡Ahora sí que tiene poder el hombre del talante!! Además, quien se ha separado del resto, esta vez, es el PP. No puede acusar a Rodríguez Zapatero de que a ellos no les de la gana asistir a una manifestación, que la división no la sembró nadie, que ellos llevan unos cuatro años yendo por libre…
A todo esto, es nuevo el requisito que ahora pone el PP, hasta hace unos días bastaría con lo de "la libertad", pero como ya se salvó el obstáculo, se han buscado otro inútil pretexto para no ir. Que, por cierto, están en todo su derecho de no ir, ojo, que acá no se critica la postura de fondo, sino la hipocresía del PP para excusarse de ir, al menos la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) insulta a los convocantes sin pelos en la lengua (han considerado la convocatoria como "partidista de quienes apoyan la negociación con los asesinos", y eso que ahora siempre van de la mano de unos que también negociaron con ETA -aunque ahora digan que no-).
Sólo espero que el Foro de Ermua (que dentro de todo me resulta francamente respetable) participe en la manifestación con el resto de fuerzas políticas, sindicales y sociales, a fin de cuentas ellos manifestaban una gran pega, y era la no inclusión de la palabra "libertad" (como el PP o la AVT, pero espero que no se inventen una nueva excusa para no ir), y justo acusaban a UGT de servir de "mamporreros" del gobierno al impedir, en un primer momento, la inclusión de dicha palabra en el lema oficial.
En fin, al PP, se nota, le sabe mal tachar a todo el que vaya a la manifestación de un zapaterista irrecuperable -habrán votantes posibles entre ellos, no es bueno insultarlos, por no decir que los insultos ya los vertió Losantos en la COPE hace un par de mañanas-, ni tirar piedras contra una manifestación que lleva un mensaje claro y conciso hacia el cual es difícil estar en contra. Pero debieron decir "no vamos a ir a una manifestación tan partidista" -que van todos los partidos menos ellos- y ya está, no hacía falta inventarse tanta historia, hacerse la víctima diciendo que sin una palabra en el lema no iban a la mani, que si cual y pascual ¡¡por favor!! El cuento para antes de dormir, no para las primeras horas de la mañana. Pero no, prefieren hacerse la víctima excluía, mientras piden la resurrección de un pacto que excluía al resto de formaciones políticas y se niegan a mesas multipartitas en el seno del Congreso de los Diputados y en la Moncloa ¡¡que viva la integración!!
En otras palabras, el PP sólo admite lo que él mismo diga, como lo diga, y como lo determine, cualquier cosa que se aparte de la verdad absoluta que ellos definan y del seguidismo incondicional a sus postulados, es divisionismo de la sociedad, o algo así. Y todo lo que haga el resto de la población española que no les sigue cual borregos es, como poco, un atentado contra la democracia, la Unidad de España y la madre que los parió a todos. Cansan, cansan mucho.
Pena de Muerte para terroristas: la insistencia de García
¿El lumbreras de García qué preguntaría en el referendo? «¿Está usted de acuerdo con dejar libre a los terroristas o cree que debamos castigarlos?», cuyas respuestas serían: «sí», «no», «no sé», «Hay que castigarlos». Por supuesto, debajo de cada respuesta vendría una advertencia que rezaría así: «Si usted no vota la última opción será considerado un terrorista». Claro, ya se imaginan cual sería ese ejemplar castigo tan respetuoso con los Derechos Humanos de todo quisqui. En fin, un despropósito.
Y no, no vengan a decir que la ley que proponía el ejecutivo era viable, en tanto que ni siquiera sería constitucional (al parecer, abundaban las penas abiertas -prohibidas por el TC-, no respetaba el principio de proporcionalidad, no se acomoda a los tratados internacionales suscritos por Perú -en todo caso, antes de la entrada en vigor debiéramos retirarnos de algunos TI-).
La pena de muerte no es la solución para nada, y eso bien que lo sabe Alan García (entre otras cosas porque la usó -inconstitucionalmente, todo sea dicho- durante su anterior mandato, donde las ejecuciones sin juicios se daban, y donde en los penales se masacró gente, pero esa es otra historia), pero en un país como el nuestro, como ese Perú que tiene tanto de todo, las penas de muerte reciben cierto visto bueno por parte de una sociedad que se cree los discursos de que con mano dura se solucionan todos los problemas, de una sociedad que sigue maltratando a sus mujeres, linchando a los delincuentes, que sigue justificando la guerra antiterrorista que tantas muertes y violaciones de derechos humanos dejó, y que lo hecho por Fujimori no fue para tanto…
Lo peor es que nuestro sistema judicial ni siquiera sería capaz de evitar al cien por cien errores en las sentencias de terroristas, y eso lo tenemos reciente: ¿Cuanta gente vio revisada su sentencia condenatoria por terrorismo y salió libre en los últimos ocho años? Una verdadera burrada (también es cierto que el fujimorismo se dedicó a sentenciar sin pruebas), si esa gente hubiera sido ejecutada en virtud a una sentencia condenatoria no podríamos, como sociedad, intentar reparar el error (está claro que el daño ya se ha hecho, has apartado a una persona de su vida por unos años, pero si la matas no hay vuelta atrás). Y no, ni una sola de las víctimas (error del sistema) de un Estado con pena de muerte es justificada por un (supuesto) bien mayor de seguridad.
El referendo jamás se debe aplicar para violar Derechos Humanos, y sí, tener pena de muerte significa ser potencialmente un violador de Derechos Humanos, sin más y sin menos. No tiene sentido preguntar si queremos ejecuciones legales cuando las mismas no deben ser una opción siquiera. Sería como realizar un referendo para reactivar el esclavismo, pero sin poder enmendar a las víctimas que sufrirían los abusos de la mayoría.
Alan García, otra vez, gobierna con la calculadora de votos en el bolsillo, con el revanchismo en la punta de la cabeza y con la coherencia que jamás el APRA ha tenido. Por no decir que el APRA se enorgullece de pertenecer a la Internacional Socialista -socialdemócrata- (¿Alan no la ha presidido?) cuando ni siquiera cumplen una de sus más importantes campañas, que pretender abolir la pena de muerte.
Sobre el comunicado de ETA y el diálogo necesario, apuntes breves
El gobierno hizo lo que todos esperaban que hiciera (aunque la oposición dijera que se estaban rindiendo), siguieron aplicando las leyes tal cuales están, con esa "represión" (arresto de etarras que han matado, o lo han intentado, o continuar los juicios por hechos que ya tienen algunos años) que no es tal (al margen de la tortura que se da -muchos dirán que son pocos casos, que es marginal, pero es que ningún caso es tolerable-), con el alejamiento de presos, con el mantenimiento de la Ley de Partidos Políticos (que permite la ilegalización actual de Batasuna)… Aunque claro, siempre pudo hacer algo más para acercar posiciones, eso es una negociación, ceder en lo que se puede para conseguir un fin mayor. ¿Como qué? Ley de los partidos y acercamiento de presos (esto incluso lo hizo el anterior gobierno del PP en la tregua del 98). Pero, aún considerando eso como incumplimientos (que no serían tales en tanto que la tregua la declararon unilateralmente), la respuesta de ETA fue completamente desproporcionada (si es que no lo era ya la kale borroka renacida).
Pero en contra del tremendismo tomado por algunos, o de la idiotez manifestada por los otros (llámese "tregua con bombas" o "regresemos al pacto antiterrorista pero sin permitir que el resto entren"), el diálogo es posible, más aún, es necesario. Pero si ETA cree que una tregua en la que puede atentar en cualquier momento es una buena plataforma para negociar, se equivoca. Si ETA cree que esto ayudará en el proceso (reforzará su posición o acelerará el lento proceso) se equivoca aún más.
ETA podía hacer ruido de otras formas, comenzar con huelgas de hambre masivas entre todos los presos alejados de sus casas, con manifestaciones pacíficas (esa palabra no les suena mucho, de verdad), pero no le interesaba, quería mostrar qué tan grande la tenía y hacer un bum a lo bruto, como poco. Y le salió, encima, el tiro por la culata. Pueden asegurar cuantas veces quieran que su intención no era matar, pueden incluso decirlo ante notario. Pero poniendo quinientos quilos de explosivos en un lugar como la T-4 y haciéndolos explotar, ¿de verdad creían que no habría muertos? ¿Son tan idiotas?
En fin, se comienza a hablar de la unidad de todos los partidos, no tiene sentido cuando existen posturas tan infantiles ("no me sentaré en la misma mesa que ERC" o algo así declaró un dirigente del PP) que niegan la posibilidad de encuentro por "rechazar la mayor", o, mejor dicho, "la anterior". Es inútil recordar lo obvio, con bombas de por medio no hay proceso que valga (salvo, imitando un poco al gran Marx, el proceso para comenzar el proceso realizando las previas para el proceso que se podrá llamar proceso de paz tres, a la tercera va la vencida), pero ello no nos debe hacer perder la esperanza, se han solucionado situaciones más difíciles, más trágicas. Y no, la medida policial o represiva pocas veces sirve, y que sepa ETA que lo que hace es tan o más represivo que lo que dice sufrir.
Lástima que haya tanta demagogia en torno a este tema, y que realmente nadie escuche al otro, siquiera un poquito.
Sobre la tregua con ETA, anteriormente en esta bitácora:
- ETA anuncia una tregua indefinida (actualizado)
- Diálogo con ETA, un camino para la paz. Porque negociar no es rendirse.
- ¿Alguien se ha rendido? Ni los unos ni los otros
Sobre la tregua con ETA en De Igual a Igual:
- Sindicatos convocan a marcha por la paz el 13 de Enero
- Comunicado de ETA: "Continúa el alto al fuego"
- Más iniciativas a favor del diálogo para la Paz
- Zapatero: "Se suspende el diálogo con ETA"
Breve repaso por el Derecho Sindical Español – Nacionalsindicalismo (II)
Ideario base del Nacional-sindicalismo
Dentro del funcionamiento del Estado como actor principal en la esfera socio-económica, para resolver los distintos problemas sociales, superando tanto a las teorías liberales como a las marxistas, todo ello dentro de las tesis acontractualistas y con tendencias totalitarias. La organización Liberal del funcionamiento político (esto es, el Estado de Derecho con un sistema de democracia representativa) es rechazado. “Responde a un molde corporativo-autoritario. O sea: Regreso a la tradición, exaltación del gremialismo, asunción por el Estado de una misión protagonista, nacionalismo, introducción de criterios «profesionales» en las relaciones de producción y extracción de conceptos espiritualistas extraídos del pensamiento católico”1.
El principio autoritario o de caudillaje4 es otro de los que tienen importancia en el nacional-sindicalismo, como máxima expresión de la importancia de este principio en el mundo laboral cabe decir que al Jefe de Estado más de una vez se le denominaba “Caudillo Laboral”. Así pues, ante la existencia de la dualidad empresario-trabajador, el nacional-sindicalismo decide por imponer la solución armónica, dentro de la organización jerárquica, donde el nuevo orden sindical (Sindicato Único y Vertical) responde a los principios jerárquico-autoritarios, donde a dirección suprema queda en manos del Estado. Por otro lado, dentro de las empresas también se desarrolla con la mayor naturalidad este principio, se crean los Jefes de Empresa, donde los poderes del empresario se ven aumentados desde el mismo "Fuero del Trabajo".
Luego tenemos el principio de Intervencionista5, donde es el poder público el indicado para establecer en cada momento, no puede dejarse en manos de los propios interesados, donde el Estado es el encargado de regular la totalidad de las condiciones de trabajo. En gran medida, esto viene dado por las teorías acontractualistas, que se encarnan "en la publificación de los vínculos individuales de trabajo"6.
Otro principio, el ético-religioso7, es bastante importante, ya que sirve como medio armonizador y moralizador de toda la organización laboral, pone el sentido humano por encima de la producción, mientras que pretende el hermanamiento de los productores (fomento de la armonía social antedicha) y ensalza de paso el trabajo del Estado en la normativización y publificación de las relaciones laborales, al igual que configura al Trabajo como un derecho-deber.
Bocetos de regulación del Sindicalismo Nacional, el Fuero del Trabajo
Hay que recordar que por decreto se prohíbe "cuantas organizaciones han tomado parte en la oposición hecha a las fuerzas que cooperan al movimiento nacional"8, por tanto, todos los sindicatos que no pertenecían al Movimiento (básicamente, quedan legales la Central Obrera Nacional-Sindicalista y el Frente Nacional de Trabajo). Una vez dicho esto pasemos a analizar un par de puntos del Fuero del Trabajo.
"A través del Sindicato, el Estado cuidará de conocer si las condiciones económicas y de todo orden en que se realiza el trabajo son las que en justicia corresponden al trabajador." (Punto III.5 del Fuero del Trabajo).
Como vemos, el uso del singular no es ocioso, tiene una clara connotación de no permitir la existencia de otros sindicatos, donde el singular, y con mayúscula, sabemos que sólo existe un sindicato último, o mejor, una Organización Sindical única y total9 (puesto que a las distintas ramas de dicho sindicato se les llamará a su vez “sindicatos”), donde el Estado se vale del mismo con una herramienta, que no es exactamente la que soluciona las cuestiones que tienen que ver con los conflictos laborales (dentro de su seno, sin que exista un conflicto interno), sino que termina siendo el conductor de los problemas que el Estado deberá resolver.
Por otro lado, se recurre al concepto de justicia para describir el límite (máximo y mínimo, en realidad) que el trabajador puede reclamar al estado benefactor, es el punto por el que gira el sistema, sin obviar, ni necesidad de mencionar, a los empresarios10, pero dejando en claro la posición subordinada del trabajador, tanto del Estado como de la Empresa, puesto que no se configura su condición como un ente individual que puede exigir por sí mismo los derechos que crea pertinente, sino que se vuelve abstracta no sólo su función, sino el proceso en que sus reivindicaciones es, o mejor, la forma de hacer justicia según las condiciones laborales existentes.
Así pues, el trabajador es el fin último de la protección del Estado, pero sin participación de él mismo en el proceso de reclamo, del conocimiento de las necesidades reales. En este momento podríamos caer en la tentación de pensar que toda reclamación del trabajador pasa por el Sindicato, organización idónea para las reclamaciones laborales, pero nos olvidaríamos de que no estamos hablando de un Sindicato de Clase, o gremio siquiera, sino de un Sindicato Vertical, por tanto, la decisión de las necesidades, y de las condiciones “justas” se realiza en un órgano no-trabajador, sino mixto, donde el empresario tendrá “voz y voto”, pero no la decisión última. Hay que tener presente, en todo momento, que en esta primera etapa el trabajador no tenía representación electa dentro del Sindicato Único, incluso, este es el punto de inflexión entre los dos grandes periodos del franquismo en la cuestión Sindical (en general, en todos los aspectos).
Tampoco debemos olvidar que en los primeros tiempos (hasta finales de los cincuenta11), cualquier tipo de negociación interna dentro del Sindicato estaba totalmente prohibida, y el funcionamiento jerárquico y autoritario quedaba patente. Como también debemos tener en cuenta que, en la práctica, los empresarios sí estaban separados de los trabajadores en cuanto a las ramas que ocupaban.
Así pues, el Sindicato se volvía un actor principal para poder configurar la realidad laboral de las relaciones de trabajo, pero no tiene la última palabra, sino que es un mero instrumento en manos del Estado para que el mismo, a fin de cuentas, decida lo mejor para el individuo en su cualidad de trabajador. Como vemos, todas las notas del nacional-sindicalismo están presentes de una u otra forma. Faltaría el Nacionalismo entendido como la exaltación de lo propio…
“Los españoles, en cuanto participan en el trabajo y la producción, constituyen la Organización Sindical.” (Punto XIII.1 del Fuero del Trabajo).
Es interesante la forma en que inicia el enunciado, puesto que no habla de la persona en cuanto a trabajador (o empresario), sino del Español, dándose una nota de exaltación nacional necesaria en un movimiento nacional-sindicalista, donde lo que importa es “el de aquí”, dejando de lado cualquier pronunciamiento sobre trabajadores o empresarios foráneos, aunque a los mismos se les trate en igualdad jurídica, esto no es imprescindible. La nota de “los españoles” en vez de “las personas” constituye un buen elemento sobre el tratamiento desigual del régimen, son los españoles los que forman parte del Estado, y es a ellos a los que se dirige la norma. Luego, después de su condición de Español, está su condición de trabajador o productor.
Así pues, tanto el trabajador como el empresario españoles son parte de la Organización Sindical por el simple hecho de ser un trabajador, o un productor, y es aquí donde encontramos el aspecto obligatorio del Sindicato Único, en que no se exige nada más que prestar el trabajo o realizar una actividad productiva para ya estar incluido en la organización sindical.
Hay que recordar, en este sentido, que estamos ante una ideología acontractualista12, por tanto, es completamente normal y justificado pensar en una organización obligatoria en la cual se ingresa sin necesidad de un acto positivo y voluntario del individuo, ya que la realidad laboral (todas las relaciones posibles) las configura el Estado (“en favor de los trabajadores”, según el ideario último). Así pues, vemos la calidad orgánica del Sindicato, en el sentido de pertenencia obligatoria, como parte “natural” de la organización social y laboral de todo el Estado, siendo parte interna de las obligaciones o derechos de todo trabajador, no como una libertad individual (donde siempre estaría el derecho de pertenecer o no pertenecer), sino como una obligación más en el entramado de las relaciones laborales configuradas desde el Estado.
Se evita, lo más posible, el término de “empresario”, salvo para cuestiones puntuales, cuando se refiere a los sindicatos, la dialéctica usada es distinta, se recurre al trabajo y producción, para englobar a las dos partes interesadas en los procesos productivos englobándolas como una sola. Se es Español, se es parte del sistema o tejido productivo del país, si se es como empresario o como trabajador no reporta una diferencia de clase, sino de función dentro del Estado (fin último de todo).
Así pues, mediante un sencillo pronunciamiento como el presente, toda persona que pertenezca al tejido productivo de España (como español) es parte, a su vez, de la Organización Sindical, un instrumento del Estado sometido a la autoridad última del Caudillo, con ello se cierra el círculo, completamente obligatorio, donde la persona no escapa de las distintas instancias creadas para el control absoluto de la producción. El Sindicato es para los españoles que participan en la producción, parte de ellos.
Y eso que desde un primer momento se abandonó la idea básica del nacional-sindicalismo de crear un Estado en que los medios de producción pertenecieran al Sindicato13. En la redacción del Fuero del Trabajo se ve que la facción “ganadora” es la más conservadora del falangismo.
Segunda etapa del sindicalismo español durante el franquismo
La necesidad de aceptar dicha negociación se ve impuesta por las constantes grandes huelgas15, así pues, en 1958 se promulga una limitada Ley de Convenios Colectivos16. En 1960 aparece un sindicato de clase, de origen católico, descontentos con el régimen dictatorial.
Son años bastante movidos en cuanto al resurgimiento sindical, así pues, aparece en 1961 la Alianza Sindical en el País Vasco (conformada entre UGT, CNT, STV17), en 1962 se produce una gran huelga en Asturias, en donde el gobierno se ve obligado a dialogar con los mismos18.
En 1965 incluso el gobierno toma la iniciativa de entablar diálogo con CNT y las naciente Comisiones Obreras (CC.OO.), conversaciones en las que no se llega a buen fin. En las elecciones sindicales de 1966 (dentro del Sindicato Único) CC.OO. entra en el aparato oficial del sindicato, consiguiendo más o menos la mitad de los representantes. En la clandestinidad se termina de organizar CC.OO., como «movimiento de toda la clase obrera», no se basó en la afiliación para conseguir activistas, sino en la lucha práctica en cuestiones concretas. El funcionamiento “desde dentro” del mismo sistema sindical amarillista le dio una efectividad bastante alta en la consecución de algunos grandes logros, aunque lo pagara con arrestos y persecución19 de algunos de sus dirigentes y activistas.
En 1971 se crea una nueva Ley Sindical, junto con normas complementarias como un decreto sobre el régimen de los cargos sindicales electivos. Dicho año se firmó el Convenio Número 135 de la OIT sobre la protección y facilidades que deben otorgarse a los representantes de empresas, que no fue ratificado hasta 1974.
En los setentas la línea sigue similar, España pasa a ser, en 1974, el segundo país con más horas de trabajo perdidas por huelgas, solo teniendo por delante a Italia. Sindicatos como CC.OO., STV y USO20 participan activamente en huelgas que superan el ámbito laboral, pasando a ser verdaderas manifestaciones contra el régimen. UGT despertaría (con un verdadero “bum sindical”) en la siguiente etapa.
En 1975 muere el Dictador y con ello todo el sistema que venía desmoronándose desde años atrás, comienza una nueva etapa en España. El Sindicato único ya se había demostrado completamente inútil como vehículo de armonización de los intereses tanto de los trabajadores como de los empresarios, en 1975 estaba claro de la falta de funcionalidad de la Organización Sindical21. Aunque desde el Ministerio de Relaciones Sindicales se tenía un plan para mantener el Sindicato único como órgano público y permitir los sindicatos como asociaciones “satélites” que trabajaran de forma conjunta22.
El retorno a las libertades
En 1977 el gobierno Español firma23 "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966, donde la Libertad Sindical está consagrada en el artículo 8 de dicho Pacto. España se obligaba a otorgar una libertad Sindical que hasta ahora negaba el propio sistema basado en el nacional-sindicalismo.
Durante este periodo se da una “especie de furor normativo”24, donde las normas se suceden unas a otras sin que quede nada claro el sistema jurídico vigente, se “abusa” de la derogación tácita, con lo cual nada aclara el Derecho Sindical aplicable. Se firmó y ratificó, ese mismo año, el Convenio número 98 de la OIT sobre la aplicación del Derecho de Sindicación y Negociación Colectiva, el número 87 de la OIT sobre la Libertad Sindical y Protección del Derecho Sindical. La Ley 19/1977, de 1 de Abril, Sobre el derecho de asociación sindical25 ve la luz (con ello un paso de gigantes en la regulación de la institución sindical en España), también importante (sobre todo para el tema de la negociación colectiva) el Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de Marzo, sobre Relaciones de Trabajo26.
Cabe destacar que estas normas nacieron con cierto conocimiento de la temporalidad, puesto que se presumía que todo el proceso de reforma política podía acabar con una Constitución Democrática, y habría que revisar la legislación existente para que se adapte a la misma, así pues, el grado de reconocimiento del Derecho Sindical iba a realizar, pero se intentó una especie de prevenir la norma constitucional posible, realizándose esta normativa desorganizada27.
En este proceso de transformación del Estado, donde los Sindicatos tolerados, aunque ilegales aún, participaron en la formación de la Ley 19/197728, proponían un cambio profundo del sistema pero aceptaban29, en términos generales, con cierta buena gana lo que el gobierno en ese momento podía ofrecer, siempre presionando por más pero con una actitud abierta de negociación, se jugaban mucho y lo sabían. Mientras tanto, dentro de los sindicatos existió cierta tendencia a la Unidad, aunque no resultara como se deseaba, CC.OO. con UGT y USO formaron, en Julio del 76, la Coordinadora de Organizaciones Sindicales (COS), que es disuelta en marzo del 77 (algo antes de la aprobación de la Ley 19/1977).
Toda esa normativa fue, en cierta medida, la semilla del posterior gran desarrollo normativo de los Sindicatos, con una relevancia constitucional bastante importante30, actualmente sólo queda vigente de la normativa sindical de ese entonces (en lo organizativo) la parte referida a las asociaciones de empresas, según la Disposición Derogatoria de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
Normativas:
- Fuero de los Trabajadores de 1938.
- Ley de Bases de la Organización Sindical de 6 de diciembre de 1940.
- Ley sobre Unidad Sindical, 26 de Enero de 1940.
- Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.
- Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de Marzo, sobre Relaciones de Trabajo.
- Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
- Constitución española de 1978.
Bibliográficas:
- "Derecho Sindical” de Tomas Sala Franco e Ignacio Albiol Montesinos en Tirant lo Blanch, Derecho, Valencia, 1989.
- “Derecho Sindical” de Antonio Ojeda Avilés, Tecnos, Madrid, Séptima Edición de 1995.
- “Nacionalsindicalismo y relación de trabajo” de A.V. Sempere Navarro, AKAL, Madrid, 1982.
- "Derecho Sindical y transición política” de Rafael Sastre Ibarreche, Tecnos, Madrid 1987
- "La utopía comunitaria de la colonia San José en Argentina”, publicada en el portal Swisslatin, podemos encontrarlo, a 1 de Junio de 2006 en http://www.swisslatin.ch/quintasuiza-3.htm.
Notas al pie:
2. Ibid… páginas 48 y siguientes.
3. Ibid… página 49, que cita a José Antonio.
4. Ibid… página 53 y siguientes.
5. Ibid… página 58 y siguientes.
6. Ibid… página 65.
7. Ibid… páginas 66 y siguientes.
8. Antonio Ojeda Avilés, ob. cit. página 120.
9. “La Organización Sindical se constituye en un orden de Sindicatos industriales, agrarios y de servicios, por ramas de actividades a escala territorial y nacional que comprenda a todos los factores de la producción.” Fuero del trabajo, punto XIII.2., también tenemos en este sentido la Ley sobre la Unidad Sindical, de 26 de Enero de 1940, publicada en el BOE 5 días después, donde se dispone la integración de todos los sindicatos (aún legales, o mejor, adeptos al régimen) en el Sindicato Único.
10. Recordemos en este sentido el componente jerárquico de la empresa, donde el empresario es el máximo exponente del poder dentro de la empresa, donde sí existe una libertad para el empresario.
11. En 1956 y 1957 se dan una serie de huelgas bastante grandes (y seguidas), se suma la presión de EUA y los intentos de España por entrar a la ONU y ser considerado un Estado de Derecho, con lo cual acepta una serie de reformas internas, entre las que se encuentra el permitir que dentro de los sindicatos se negociaran lo que ahora reconocemos como Convenios Colectivos.
12. Cabe destacar que dicha teoría acontractualista se rompió, en parte, con la aprobación de la Ley del Contrato de Trabajo de 26 de Enero de 1944.
13. A.V. Sempere Navarro, ob. cit. página 8.
14. Antonio Ojeda Avilés, ob. cit. página 121
15. En este sentido, véase la nota 11.
16. Así pues, la idea de un sistema sindical armonizador queda, cuanto menos, en entredicho, tienen que reconocer la realidad, que no es otra que la existencia de conflictos de intereses entre el colectivo de trabajadores y los empresarios, así pues, la regularización del Convenio, aunque sea de forma limitada, es una medida muy heterodoxa en el marco de un estado que pretendió ser nacional-sindicalista.
17. Sindicato de trabajadores vascos, central sindical moderada afín al Partido Nacionalista Vasco (PNV).
18. Antonio Ojeda Avilés, ob. cit. página 122
19. Ibid… página 122. Donde nos relata de forma breve el «proceso 1001», contra dirigentes de CC.OO., que termina convirtiéndose en un proceso contra la Sindicación Libre, y del cual la dictadura franquista sale mal parada en la prensa internacional.
20. Unión Sindical Obrera
21. "Derecho Sindical y transición política" de Rafael Sastre Ibarreche, Tecnos, Madrid 1987, página 77.
22. Ibid… páginas 78 y 79.
23. España depositó el instrumento de ratificación el 27 de julio de 1977, entrando en Vigor para España el 27 de abril de 1977, publicado en el BOE el 20 de Abril
24. Rafael Sastre Ibarreche, ob. cit., página 65
25. En este sentido, véase el proceso de aprobación de desarrollado en Rafael Sastre, ob. cit., páginas 81 y siguientes.
26. Para un mejor listado del derecho positivo existente en esa época, véase Rafael Sastre, ob. cit., páginas 66 a 69.
27. Ibid… páginas 70 y 71.
28. Véase nota 25.
29. Rafael Sastre Ibarreche, ob. cit., páginas 99 y 100.
30. Artículos 7 y 28.1 de la Constitución de 1978.
Breve repaso por el Derecho Sindical Español – Nacionalsindicalismo (I)
Otro de los trabajos presentados durante el periodo de docencia del doctorado, en este caso trata, o intenta tratar, sobre la normativa sindical antes y durante el franquismo, que marcó un antes y un después en cuanto a la realidad sindical y a las reivindicaciones obreras, así como supuso una verdadera mordaza a una de las libertades que forman un pilar en las relaciones laborales en tanto que permiten a la parte débil de la misma poder unirse para reclamar lo que consideran justo. La libertad Sindical, no lo olvidemos, es un Derecho Humano que se ve constantemente atacado tanto por los estados que ven en ella un estorbo como por los empresarios, que los ven como una amenaza a su derecho. Como siempre, he cambiado un poco la introducción con respecto al trabajo entregado, así como algún que otro punto. Como otras veces, he separado el artículo en dos notas, que pueden leerse de forma independiente la una de la otra, aunque es más que recomendable su lectura conjunta.
Introducción:
Este trabajo está planteado como un breve recorrido por el Derecho Sindical español, centrándonos sobre todo en la etapa franquista, desde sus inicios hasta su final. Veremos cómo en un inicio se dieron fuertes disputas dentro del Movimiento Nacional donde unos pretendían construir un sistema económico-político ceñido al programa nacional-sindicalista (querido por parte de la Falange), mientras que los más conservadores del movimiento (incluida una parte de la Falange) no deseaban remover demasiado lo existente durante la dictadura previa a la Segunda República española. En todo caso, el concepto de Sindicalismo manejado está muy alejado de las ideas de Libertad que, ya en ese entonces, existían (y que luego fueron incorporadas totalmente, mediante la aceptación de los distintos instrumentos internacionales de protección de la Libertad Sindical).
Durante la dictadura de Franco se adoptó el funcionamiento de Sindicato Único (o Vertical), en su forma más ortodoxa durante los primeros años del régimen, y luego sólo como un medio de encausar las relaciones laborales donde las libertades de los trabajadores se mantenían coartadas, pero ya podían participar en los procesos de elección de representantes.
En este aspecto, la muerte del Dictador marca un antes y un después en el funcionamiento del Estado, donde España poco a poco va firmando los tratados internacionales en que se reconoce el derecho sindical, y por ello, pasa a reconocer la Libertad sindical, primero de forma muy limitada (una Ley del 77) y luego, con la Constitución de 1978, de una forma plural, ampliada de forma considerable por el tribunal constitucional, en una interpretación basada en los tratados internacionales (de la OIT sobre todo) y en la función de los sindicatos según la propia carta magna. Pero a la constitución y el desarrollo realizado por el Tribunal Constitucional no nos detendremos. Es interesante como aún manteniendo la fachada de ese gobierno dictatorial se aprobaron normas que concedían unos derechos que, unos cuantos años atrás, resultaban una utopía por la que los trabajadores luchaban.
Así pues, mediante este trabajo se pretende ver la evolución histórica en el contexto jurídico – político español en parte a través de los textos normativos, entendiendo que con ellos se pretende hacer sociedad, a la vez que es la sociedad quien los hace, al menos parte de ella, la que en un momento dado sustenta el poder político (en este caso, durante la Dictadura, no podemos negar que sí tenía un apoyo social detrás de ella, aunque no se viera reflejada en un sistema de representación en el que los distintos agentes pudieran discutir libremente).
En el caso del triunfante en un alzamiento como el producido en el 36, tenemos un buen ejemplo del intento de construcción de una nueva realidad por medio del Derecho, en este caso, se rompe con todo un proceso (mundial) de aceptación y regularización de los sindicatos (después de la fase de negación y Tolerancia).
Y todo ello usando la misma justificación política, en donde se mantiene un discurso con una práctica totalmente distinta, superada por los acontecimientos sociales y las crisis económicas, que azuzan a quienes más sufren, a reclamar unos derechos que ven limitados durante demasiado tiempo.
En 1813, en Cádiz, se abolen las trabas gremiales (una muestra del fin del antiguo régimen), con ello, se declara la libre actividad industrial, sin necesidad de examen, título o incorporación a los gremios existentes, ello no trae consigo el derecho a fundar sindicatos (por supuesto, aunque ya en la Europa industrial se estaba comenzando la fase de tolerancia1 ante los sindicatos o asociaciones obreras), años más tarde, en 1839, se autorizan las sociedades obreras de Socorro mutuo, que sirven como base de los sindicatos. En realidad, las mutuas fueron utilizadas como sindicatos en todo sentido, durante el tiempo que los mismos estaban prohibidos, aprovechando un tipo de asociación profesional (entre obreros) permitida, un buen ejemplo es la Sociedad de Tejedores fundada en 1840 (contando con unos 3 000 afiliados), que entendía de una forma peculiar este socorro, por ejemplo, durante las huelgas los afiliados tenían derecho a un “socorro de paro”. En cambio, intentos más directos de formar organizaciones sindicales no gremiales el gobierno las prohibía, como es el caso del intento en 1841 de crear un falansterio furierista2 en Jerez de la Frontera (Andalucía)3.
Tras unos años de huelgas constantes (donde se llega a pedir la pena de muerte contra los piqueros, en Cataluña) e incluso un intento de implantar la República (en Andalucía, donde los jornaleros toman el control de unos 43 pueblos, luego fuertemente reprimidos por el ejército. Se implanta la Federación Regional de la Asociación Internacional de Trabajadores (AIT) en 1861, en una época donde el asociacionismo es libre, y permite un gran desarrollo del movimiento obrero. La AIT tiene dos corrientes clara, la marxista o socialista, y la anarquista. Esto se refleja también en España, donde Andalucía y Cataluña se inclinan por la segunda mientras que Madrid y otras ciudades del norte por la primera (en parte gracias a la participación de Lafargue, yerno de Marx). En 1874, el 10 de enero, se prohíben por Decreto las organizaciones que "atenten contra la propiedad, la familia y las demás bases sociales"4, así pues, la Internacional queda prescrita. Pero no el resto de organizaciones obreras, mientras se atengan a dichos límites (al menos no hagan frontal su postura en favor de la Internacional).
En 1887 una Ley de asociaciones da la base jurídica necesaria para que surja, en 1988, tras unas huelgas y bases doctrinales generadas desde 1882, la Unión General de Trabajadores (UGT), primera organización sindical a nivel Estatal. En 1891 la encíclica Rerum Novarum da pie a la creación de organizaciones obreras católicas que acaban en la creación del Consejo Nacional de las Corporaciones Católico-obreras, de corte corporativista, donde la organización está integrada tanto por los trabajadores como por los empresarios, entra en la senda del sindicalismo amarillista5. En 1910 se funda la Confederación Nacional del Trabajo (CNT), central sindical de corte anarquista creada en Barcelona tras el repunte del sindicalismo catalán a principios del siglo XX.
Segunda época, de 1914 a 1931
La época de huelgas se recrudece tras los aumentos desproporcionados del coste de los productos (producido tras el inicio de la primera guerra mundial), en 1916 se comienza una nueva huelga general (esta vez existe el primer pacto de unidad de acción entre CNT y UGT). Cuando acaba la primera guerra mundial, la situación boyante desaparece y la violencia se recrudece, sobre todo en Cataluña. El gobierno decide decretar la jornada de 8 horas, los empresarios catalanes se niegan a cumplir la ley, el gobierno existente cae y sube otro que decide "disciplinar" a los trabajadores (mas no a los empresarios), la violencia llega a niveles insospechados (en 1921 mueren casi 150 trabajadores, unos 50 policías y 30 directivos y empresarios). Se da el levantamiento de Primo de Rivera (1923), y con ello el final (temporal) de la CNT. UGT en esta situación decide "mantenerse en la legalidad"6, cerrando, por ejemplo, el periódico “El Socialista” y pidiendo a sus cuadros que no hicieran nada que justificara acciones represivas por parte del Dictador. Incluso deciden participar en los órganos públicos creados por la dictadura, el Consejo de Estado, el Consejo de Trabajo y los comités paritarios. Las huelgas políticas quedan prohibidas, pero se permiten las económicas. En 1929 la UGT se une al boicot contra la Dictadura. En 1930 Primo de Rivera presentaría su dimisión, la débil dictadura continuada por Berenguer presagiaba la llegada de la República, la CNT es legalizada.
Tercera época, la Segunda República
Durante la segunda República el repunte de los sindicatos fue claro, llegan a cifras millonarias en cuanto a afiliados, y el bienio reformista trajo consigo una serie de reformas laborales en la línea de lo anteriormente pedido. Los jurados mixtos funcionan como órgano de creación de "bases de trabajo", o, en otras palabras, condiciones mínimas de contratación laboral7. En todo este proceso UGT participa activamente, mientras que la CNT, bajo el control de la Federación Anarquista Ibérica (FAI), prefiere continuar con la acción directa y procede a una cierta depuración de sus bases, así pues, expulsa a los grupos moderados y a los dirigidos por Comunistas (entre las que estaba toda la Federación Local de Sevilla), UGT hizo lo mismo con los cuadros sindicales comunistas, los cuales se juntan con los expulsados de CNT creando la Confederación General del Trabajo Unitaria (CGTU) para luego, en 1935, integrarse en la UGT.
Por otra parte, la Falange crea la Central Obrera Nacional-Sindicalista, y la Confederación Nacional de Sindicatos Católicos queda completamente a la Derecha del espectro político al unirse con el Frente Nacional de Trabajo. El paro llega a niveles insospechables, la situación es precaria, y se da las revueltas de octubre en 1934, que fracasan y tienen como saldo más de dos mil muertos y cuarenta mil encarcelados. Durante el Bienio Negro se produce una neutralización de la legislación laboral producida en los primeros años de la república. El antagonismo social y de clase se recrudece. Durante la guerra civil las centrales sindicales cumplen un papel protagonista en la defensa de la República, pero finalmente son derrotadas junto con las fuerzas republicanas. Pero esa ya es otra historia.
Notas al pie de página:
1. En este sentido, véase “Derecho Sindical” de Tomas Sala Franco e Ignacio Albiol Montesinos en Tirant lo Blanch, Derecho, Valencia, 1989, páginas 36 y siguientes.
2. Falansterio quiere decir “Edificación para gente que vive en comunidad”, donde se siguen las ideas del socialista utópico francés François Fourier. Al respecto de una experiencia de este tipo, podemos encontrar “La utopía comunitaria de la colonia San José en Argentina”, publicada en el portal Swisslatin, podemos encontrarlo, a 1 de Junio de 2006 en http://www.swisslatin.ch/quintasuiza-3.htm
3. "Derecho Sindical" de Antonio Ojeda Avilés, Tecnos, Madrid, Séptima Edición de 1995, página 111.
4. Ibid… página 113.
5. Hace referencia a los sindicatos orgánicos, donde conviven los distintos agentes de la relación laboral, también conocido como sindicalismo vertical.
6. Antonio Ojeda Avilés, ob. cit. página 117.
7. Ibid… página 118.
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