Tras la no decisión del CGPJ sobre el aborto

CGPJ, aborto, informes, mayorías, políticas, sentido común, reforma, TC, intercambio de favores mal concluido…

Demasiados temas de los que hablar, «poca» información, politiqueos baratos que tapan el verdadero debate político, y el jurídico (que también es el político en muchos de sus extremos), así como de los intercambios de favores que no llegan a buen puerto, mayorías y minorías en organismos como el CGPJ o el Tribunal Constitucional, y todo sazonado con una cínica indignación por la politización de la justicia… Y no tengo capacidad para hilar todos los temas de forma sistemática y fina, pero si no lo suelto todo reviento. Tal cual.

Dívar, CGPJ y el TC
Estos días los «progresistas» (permítanme entrecomillarlo, y mucho) están que trinan y entonan con fuerza el «se lo dije», refiriéndose a todo lo que llovió cuando Rodríguez Zapatero propuso a Carlos Dívar como Presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), siendo este un conocido ultra conservador de intachable carrera judicial (y en ese momento, presidente de la Audiencia Nacional). Y lo de ultra conservador no es porque sea un hombre que se declare de misa diaria, ni de cuestiones semejantes (no todos los católicos son conservadores ni mucho menos), sino por su producción escrita, por sus declaraciones, y demás, es, entre otras cosas, un conocido antiabortista. Su trabajo en la judicatura, insisto, es intachable (a diferencia de otros jueces), y en eso RZ defendía su nombramiento.

Claro que la razón para que el PSOE le propusiera a él era para desatascar la negociación de la elección de los miembros del CGPJ, todos nombrados por el Congreso de los Diputados y el Senado (y esto lo recuerdo para los que se llevan ahora las manos a la cabeza descubriendo, por enésima vez, la politización del CGPJ), y esta elección se realiza con un requerimiento de mayoría de tres quintos, con lo cual necesariamente el PSOE necesitaba al PP para configurar el nuevo CGPJ (que ya llevaba un año en funciones y no se había renovado, en tanto que el PP no quería perder la sobrerrepresentación que conservaba en el órgano de gobierno de los jueces), y pasa tres cuartos de lo mismo con el Tribunal Constitucional, la idea de RZ fue el nombrar a alguien como Dívar para «ganar» la batalla del Tribunal Constitucional (bastante más importante en cuanto a la revisión de las leyes, uno informa y el otro declara su constitucionalidad). El PP respondió bloqueando el TC y nombrando a un ex conseller de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat de Valencia como uno más en el CGPJ. A RZ le salió mal la jugada, y lo que es peor, su «buen gesto» no tuvo relevancia pública (porque sino hubiese ganado políticamente bastante).

Como datos extras: 12 de los 20 consejeros son elegidos entre jueces y magistrados, y ocho entre abogados y juristas, casi siempre muy conocidos, son gente que sabe de lo que habla siempre o casi siempre. Y el CGPJ lo preside el presidente del Supremo, que es elegido por los 20 consejeros, y esto es normalmente negociado por los partidos políticos cuando acuerdan a qué consejeros van a elegir… El PSOE también cedió espacio al PNV, en vez de, como se suele hacer, reduciéndolo a la oposición, se lo redujo a sí mismo, con lo que el CGPJ quedó así: 9 nombrados a propuesta del PP, 9 a propuesta del PSOE, uno a propuesta de CiU y otra a propuesta del PNV (en El Mundo pueden ver la lista de nombres y ocupaciones de los consejeros). Y a ellos le sumamos a Carlos Dívar, propuesto por el PSOE que respondía a los sueños más húmedos del PP. La idea es que finalmente el CGPJ tenga un representación reflejo de la existente en Las Cortes, por tanto, un reflejo indirecto de lo que se ha votado en las últimas elecciones generales…

La verdad es que no voy a entrar en si fue un error o no nombrar a Dívar, posiblemente la jugada, el politiqueo barato y de cara a los periódicos, fue una mala estrategia tomada por Rodríguez Zapatero, pero con su pan se lo coma. Dívar, que sepa, hasta ahora está desempeñando un buen trabajo, y por un voto en un informe no vinculante no se le puede crucificar, ni se puede esperar que vote como quiere el presidente del Gobierno, prefiero a un presidente del CGPJ con cierta «independencia» que un juez que solo busque agradar al jefe.

Los informes contradictorios y el silencio
Todo el follón se debe a que, por primera vez según dice la prensa, el CGPJ no se ha manifestado ni en favor ni en contra de una ley en un informe de los tantos que suelta cada año. Ojo, normalmente los gobiernos (también informa sobre leyes autonómicas) solo hacen caso al CGPJ cuando este les da la razón, sino el informe que entreguen, pues bien gracias, lo usará la oposición que corresponda como argumento jurídico-político contra el proyecto o en su recurso ante el constitucional (se hace bastante).

El proyecto de ley sometido al preceptivo informe era el referente a la reforma del aborto (del que ya he hablado y no me quiero extender mucho, solo recordar que soy favorable a una ley de plazos, y que IU ya «intentó» una ley como la ahora planteada en el 2007 y el PSOE dijo que de eso nada), y en el seno del CGPJ se plantearon dos informes contradictorios entre sí, uno a favor de la reforma (con matices) redactado por la consejera nombrada a propuesta del PNV (Margarita Uría, conservadora, ex diputada por Vizcaya elegida en las listas del partido nacionalista que es, no lo olvidemos, democristiano), por tanto, que apoya la constitucionalidad del proyecto, el otro era un informe claramente contrario a la reforma propuesta, la tachaba de inconstitucional, que el aborto no puede ser considerado un derecho y que afectaría la regulación de la patria potestad del Código Civil (esto es lo que han transmitido los medios, y no he encontrado los informes votados por el Consejo, así que no me puedo pronunciar sobre el fondo de los informes como me gustaría hacer).

En el momento de la votación, lo que todos ya saben: 10 (los 9 del PP y Dívar) contra 10 (9 del PSOE y la del PNV) y una abstención (el de CiU, que mientras su lado de  Convergència no tiene problemas con la reforma, mientras que su lado de Unió es completamente contrario a la misma). No hay más que hablar, no hubo acuerdo con ninguno de los informes, así que el CGPJ no informa. No veo que sea algo terrible, pero sí abre un camino sinuoso que terminará previsiblemente en el Tribunal Constitucional. El PP se quedó sin un arma para defender su posición, y el PSOE se quedó sin la misma arma.

Politiqueos, política, Derecho y «Sentido Común»
Llevo unos días queriendo hablar del «sentido común», que es el menos común de los sentidos (como se suele decir) y en realidad oculta un argumento totalmente falaz (puede ser una falacia por generalización de inducción errónea o, en su caso, un argumentum ad populum), fuera del uso, digamos, más bien retórico que puede tener la frase (y que no niego que más de una vez he usado, pero también criticado).

Estos días, con esto de los informes, he visto y oído utilizar el argumento de «sentido común» hasta el más hondo aburrimiento, y me doy cuenta del abuso que se está haciendo de determinadas falacias argumentativas, que no ayudan en nada a un debate serio (no necesariamente sereno, pero sí serio, que entre en el fondo de la cuestión) sobre temas como el aborto, así pues, unos calificaban el informe de la del PNV como lleno de «sentido común», mientras que los otros calificaban de lo mismo el informe presentado por los del PP. Me hizo gracia, especialmente, un tertuliano en RNE que, para defender a Dívar, soltó un (no es literal, pero más o menos) «y qué más dará cuáles son sus creencias o ideología, yo comparto buenas partes de esas creencias, pero no lo digo por eso, me parece que el informe de inconstitucionalidad está lleno de sentido común», hombre, claro, si coincide con tus creencias-ideología, lo último será que te parezca contrario al «sentido común». (El recurso al «sentido común» es igual que cuando se recurre al «las personas decentes / normales» o «los verdaderos loquesea».)

Una vez dejado de lado el «argumento» del mentado «sentido común» (¿quién dijo aquello de «creer en el sentido común es no tener sentido común» o algo así?) para fundamentar cualquier decisión política o jurídica, debemos pasar al siguiente escalón de todas las flechas lanzadas estos días, y lo que queda.

Me refiero, como no puede ser otra, de la politización de la decisión, o de la afección de las creencias propias en lo que tendría que ser una decisión jurídica. A nadie se le escapa que el CGPJ está politizado, son políticos o representantes de políticos, elegidos por políticos por una cuestión de afinidad ideológica (al punto queda patente que no hay ni un juez o magistrado no afiliado a alguna de las asociaciones de jueces afines al PP o al PSOE, siendo la mitad de jueces y magistrados del país no afiliados, en el anterior consejo había 3 de ellos), pero esto no significa que sean arbitrarios, esa politización nos indica la inclinación e ideología, pero no una arbitrariedad o falta de aplicación del Derecho en sus decisiones.

En casos como el del aborto, donde pueden haber dudas de constitucionalidad (y por ello hay sentencias del Tribunal Constitucional sobre este tema) es normal que la interpretación de la constitución se incline para un lado u otro según la ideología, pero esta inclinación no es arbitraria, el Derecho no es matemática, no tiene una aplicación inequívoca, aunque muchos se empeñen en ver en el Derecho una serie de tecnicismos, el Derecho es política traducida en normas, y normalmente ambigua y abierta en temas como el presente, más cuando vamos subiendo en capas de abstracción hasta llegar a principios y ese tipo de cuestiones.

Pueden ver toda la doctrina contradictoria en todo tipo de temas jurídicos, y todos aplican la ley, los principios, pero una pequeña diferencia en el entendimiento de un concepto jurídico indeterminado o un concepto no jurídico de relevancia jurídica pueden dar como resultado teorías completamente contradictorias, y ambas aplican los mismos principios o normas (por ello, por ejemplo, existen recursos de unificación de la doctrina).

Este tema, del que me parece ya he hablado, siempre me recuerda a ese matemático metido a jurista (primero matemático, luego estudió Derecho) empeñado en encontrar una serie de algoritmos (principios de la era informática, la monografía es de comienzo de los sesenta si mal no recuerdo) para aplicar el Derecho y acabar con la arbitrariedad de los juzgados y tribunales, ya no recuerdo el nombre de tan trabajador jurisconsulto, pero no dejaba de ser paradójico encontrar ese libro rodeado de obras de filosofía del Derecho, que son exactamente lo contrario a lo pretendido por dicho autor.

Así que yo no puedo poner en duda que esas personas, las diez, que han votado por la inconstitucionalidad, lo crean honestamente, que tengan argumentos para defender su postura, y esto no significa que esté de acuerdo con ellos, o que el TC vaya a estarlo (en el propio TC existen los votos particulares en las sentencias por algo, y muchas veces apuntan para el lado completamente contrario al finalmente acordado por la mayoría, y siempre parten de la misma constitución para analizar las leyes).

Y todo esto lo digo en defensa, en cierta medida, de los veintiún integrantes del CGPJ (no todos me merecen el mismo respeto, todo hay que decirlo), los ataques contra Dívar en plan «ha superpuesto su moral a la Constitución» me parecen fuera de lugar, la ideología propia (en que entra, por supuesto, las creencias religiosas, la moral y demás) es el filtro por el cual entendemos el Derecho (y todos esos conceptos no determinados) y lo aplicamos, los humanos no somos máquinas; salvo que se esté acusando a Dívar (¿por qué solo a él?) de prevaricación, que esa es otra historia. (Porque sí, existen casos en que un aplicador del Derecho superpone su ideología a la Ley, tomando decisiones contra legem, pero este no parece ser el caso para nada, entre otras cosas porque hablamos de unos informes.)

Debate
Hablando de politiqueos, el líder del PP aprovechó la falta de acuerdo del CGPJ para pedir que el gobierno no continuara con la reforma, porque quedaba patente la división de la sociedad sobre el tema, lo cual es un argumento absolutamente idiota, si las cortes solo pudieran legislar de lo que no es polémico, lo mejor sería que las cerremos de una vez, que nos ahorraríamos mucha plata.

Justamente porque es un tema muy polémico, con opiniones político-jurídicas claramente enfrentadas, lo mejor que puede pasar es un debate franco y abierto, y el sitio para ello son, o debieran ser, Las Cortes (y por ser polémico el gobierno ni siquiera debería intentar el procedimiento de urgencia), ahora, en el debate se tienen que evitar las demagogias, las falacias, las hipocresías varias, y plantearlo en el terreno donde está, en el plano Político y Jurídico (con mayúsculas ambos)… Y peco de ingenuo (y ahora de falta modestia), lo sé, el Congreso de los Diputados no es un sitio donde se den grandes debates de ningún tipo, y solo hay insultos facilones. Y así nos va.

4 comentarios en «Tras la no decisión del CGPJ sobre el aborto»

  1. Esta vez el rollo no fue tan denso, largo pero no denso… estamos mejorando.

    Es cierto, el PJ esta demasiado politizado y aun hasta los de LD piden que se elimine eso, y si dices que Divar obra de acuerdo a ley, pues debo creerte.

    La pelota esta en el Legislativo, y tocaria el debate, pero al final no lo habra, porque el PP lo ha eludido de manera olimpica, salvo alguna que otra declaracion puntual. La fiereza (antes que argumentos) ha venido por parte del PSOE en cuanto a decir que es un derecho la decision de interrumpir el embarazo.

    Lamentablemente aqui se ha pasado la etapa del considerar o no al nascitorus como sujeto de derecho, teniendo ese punto de partida (el famoso ser vivo no humanos) llegan como corolario a la disposicion de el como derecho de la mujer, antes que definirlo como situacion lamentable sujeta a regulaciones, y que en todo caso tocaria reajustar esas regulaciones, pero que no nos vendan una muerte como un derecho.

    Me adhiero a la doctrina que considera al que esta por nacer como sujeto a derechos, y que puesto en confrontacion contra los derechos de la madre, su derecho a la vida prima en la mayoria de los casos, especialmente en el caso de riesgo de esta, pues en este dilema el interes de la sociedad es mayor sobre la vida de esta mujer. Ergo si se definen condiciones en las cuales el derecho de la mujer prima sobre el derecho del nascitorus, estas deben ser claras y no sujetas al libre albedrio para disponer de una vida.

  2. Salud

    Sip, la pelota está en el legislativo, ahí sí debería haber debate, en comisiones y en el pleno, el gobierno debería evitar «pactar tras bambalinas», procedimientos de urgencia, y demás medios que «evitan» debates de forma y fondo, y el PP abrir un poco los oídos y dejar de boicotear cualquier intento de debate.

    Y el debate, salvo que se quiera introducir nuevamente la prohibición tajante sobre el aborto (no creo que el PP la plantee), está justo entre la postura que usted mantiene y la que yo he manifestado.

    Para entrar un poco en el tema del aborto (ha abierto la caja de Pandora :P):
    No sé hasta qué punto (actualmente) el nasciturus es «sujeto de derecho» (mientras se encuentra en el seno materno), pero puede serlo. La legislación que le afecta le deja en una situación bastante particular («El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca» con «figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno.», arts 29 y 30 del CC, de los más viejos del código; solo a efectos civiles), por supuesto, esta legislación se puede cambiar aunque hay temas que dudo mucho que cambien (una de las razones por las que al concebido no se le «dan» derechos y se espere a su nacimiento para hacerlos valer de forma retroactiva tiene que ver, por ejemplo, con el tema de las herencias). También se ve la diferencia en la «protección penal» del bien jurídico «vida» del nasciturus frente al de la persona, matar a una persona es homicidio o asesinato (título I libro II del CP), matar a un nasciturus es aborto (título II libro II del CP).

    Ahora, con todo lo que he dicho, tanto su postura como la mía (creo) se pueden mantener jurídicamente, esto es, y a falta de una definición constitucional de «persona» (no la hay), o incluso, a pesar de ella (hay quienes dicen que sí existe un concepto de persona en la Constitución, a la luz de la DUDH –pdf– con lo que no estoy de acuerdo –aquí una postura similar con el caso chileno, que tiene un CC parecido al español en este apartado, y una constitución sin definición, pero con otras aristas-), es totalmente debatible el tema de los derechos posibles del nasciturus y de la madre, y el conflicto de los mismos (cuando hablo del aborto y la doctrina oficial de la Iglesia católica lo suelo mencionar al no reconocerse el «estado de necesidad» en caso de peligro a la vida de la madre, sinceramente, teniendo en cuenta que aceptan la legítima defensa, no entiendo por qué no lo hacen con el estado de necesidad), ya que la cuestión es muy abierta (por eso me parece -sin leer los informes- que ambos textos seguramente están bien fundamentados). Para mí es importante, para hablar de «persona», la «capacidad de vida independiente» (un feto de 6 meses ya tiene dicha capacidad, aunque siga en el seno materno), y de ahí que vea bien el tema de los plazos. Y aun así, no he entrado en si el aborto es o no un derecho de disposición de la madre, que sería otro debate sumado (no todo lo permitido es un «derecho», yo me puedo suicidar pero no tengo derecho a suicidarme, si mientras lo intento alguien me salva la vida, yo no puedo acusarle de vulnerar mi «derecho al suicidio»).

    A ese debate hay que sumarle uno de carácter más práctico, y es la efectividad y eficacia de la ley, no creo que los supuestos (salvo que sean reducidísimos) puedan ser realmente «claros»; la actual legislación sobre el aborto intenta serlo, y pone trabas con segundas opiniones, que lo que hace es que o los plazos se venzan en la sanidad pública sin llegarse a practicar la interrupción del embarazo o en las clínicas privadas firme un facultativo sin siquiera revisar al paciente o sin el análisis a profundidad que la ley manda, el tiempo es corto… Así que el debate está en o simplificar los trámites (poner plazos cortos generales y luego supuestos muy concretos y reducidos) o simplificar los supuestos en que se permite la interrupción (reducir su ámbito y/o articular un sistema legal más eficaz y garantista tanto con el nasciturus como con la embarazada).

    Esos temas, y otros que seguro olvido o no he mencionado, en toda su amplitud, aristas y demás, deberían primar en el debate de un tema indudablemente importante (y largamente postergado, por eso no hay una clara definición de persona en la constitución, no se quiso entrar en esas aguas, y de ahí estos lodos) en donde las posturas deben estar fuertemente justificadas, no reducidas como hasta ahora dentro del «y tú más» o «mi postura es de sentido común», porque eso no lleva a ninguna parte.

    Hasta luego y gracias por el comentario ;)

  3. Aja… hay terminos de debate con respecto al alcance de ambos derechos, pues ha hablarlo entonces, y no asumir por defecto que lo unico en discusion esta el derecho de la mujer a esa disposicion, y como lo veo esa disposicion de plazos da un margen muy absoluto.

    Por cierto, notese que en el Peru si se quisiera hacer cambios en la legislacion vinculada al aborto, por fuerza pasaria por un debate constitucional, debido a la frase «El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.», se lo conte a una amiga francesa y le parecio que eramos unos salvajes por ello.

    No se, a falta de doctrina las leyes tienen que definir algunos axiomas donde se asume tal o cual doctrina, el problema es que se quiere construir teoremas sin tener antes los axiomas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.