Hace unos meses, antes de la sentencia del TEDH, comenté que esperaba un fallo contra la doctrina Parot. Finalmente fue así, el gobierno lo recurrió y hace nada el TEDH ratificó su sentencia previa: adiós doctrina Parot. Sobre lo que es la interpretación jurisprudencial sobre el cálculo de la redención de pena que permitía aplicar las dificultades actuales a condenas pasadas -la llamada doctrina Parot- ya dije lo que tenía que decir en el artículo anterior (enlazado), sobre los efectos concretos de esta sentencia les recomiendo: «¿Quo vadis, Doctrina Parot?». Quiero fijarme en el amarillismo y alarmismo por algunos usado, y en la clara desinformación.
El presentador de Las Mañanas de RNE le preguntó, ayer o anteayer, a un experto si la modificación del Código Penal en trámite, que prevé la cadena perpetua (pero con otro nombre), solucionaría el problema de que un asesinato y una masacre tuvieran la misma pena, y si arreglaría el tema este de la doctrina Parot anulada por el TEDH, el otro le respondió que efectivamente… ¿Cómo?
Vamos a ver, desde 1995 la redención de pena por trabajo, por ejemplo, no existe, desde ese año a la fecha toda reforma penal no ha hecho más que endurecer los requisitos para atenuar la pena, y hace nada se puso lo del cumplimiento efectivo (en otras palabras, nada de rebajas), lo que deja en saco roto la finalidad constitucional de reinserción de las penas. En realidad, el cambio jurisprudencial vino justamente tras una reforma penal, fue un atajo, ya que la nueva ley penal no se puede aplicar a hechos anteriores, se hizo una interpretación de la legislación anterior para que fuera, en términos prácticos, como la actual.
Con cualquier hecho posterior al 95 ya se aplica el nuevo CP y su dureza. Con cualquier hecho actual (y desde la LO 5/2010, que se dedicó a endurecer el tema para los condenados por terrorismos) el techo de la condena es de 40 años (art. 76.1.d del CP). Así que temas como el de «ha redimido pena por trabajo y ya está por salir» son imposibles a un hecho actual. Y es imposible (sin atentar a los DD.HH. y la constitución que dicen proteger) aplicar a un delito anterior una norma nueva (y peor si ya está condenado el sujeto y ya le han refundido penas, como era el caso visto por el TEDH).
Por otro lado, en España, ni antes ni ahora, un delito (la muerte de una persona) tiene la misma consecuencia legal que muchos delitos (lo menciono porque varios dicen que la aplicación de la doctrina Parot era para evitar que un asesinato tuviera la misma pena que una masacre en términos prácticos), de hecho un asesinato, un homicidio, un homicidio involuntario, un regicidio o un asesinato dentro de un atentado terrorista ya tienen penas distintas, no digamos cuando tienen múltiples víctimas. ¿Que podía pasar -antes- que un homicida cumpliera más pena efectiva que un terrorista? Esto se debía a las redenciones de pena, esto es, al comportamiento del preso en la cárcel (si el homicida no trabajaba, estudiaba y se intentaba fugar todos los días, no iba a reducir su condena ni en quince minutos, mientras que un terrorista -o cualquier otro preso- actuando como recluso modelo podía reducirla sustancialmente).
Ahora bien, no hay que olvidar que el fin principal de la pena es la reinserción, así que tampoco se puede tratar igual a un tipo que se comporta bien que a uno que lo hace mal en la cárcel (por más que el director de La Razón, ese patriota constitucional, se olvide de ese precepto de la Constitución, para decir que eso de la reinserción es cosa de la izquierda y ahora «muy discutida»).
En RNE han dado voz a todas esas peticiones de no aplicar la sentencia, obviando siempre que para España sí es obligatorio cuando se juega alguien la libertad (como es el caso); también se ha dado voz a opiniones del tipo «los terroristas no tienen derechos humanos» y, como tertuliano, a gente como el director de La Razón (RNE se ha llenado de fanáticos de un mismo palo), que se dedica a echarle la culpa al PSOE y al pacto que hizo con ETA para la paz (bueno, él dice rendición del Estado, porque saben que ETA ganó, el PV es independiente y socialista, ¿no?… voy a decir una burrada: si de verdad el PSOE -el mismo que se dedicó a endurecer la ley penal, y bajo su gobierno forzó la propia doctrina Parot impugnada- consiguió «la paz» con ETA solo haciendo que un tribunal internacional se cargara un engendro antidemocrático como es la doctrina Parot, bien por ellos y bien por todos -¡qué precio más bajo! y favorable a todos-, lo pongo como algo positivo de esos engañabobos) y a decir que esto va contra la democracia y el Estado de Derecho porque, a fin de cuentas, es algo que decidieron los jueces españoles.
Los jueces también se equivocan, de hecho es algo que esos mismos que hoy querían blindar la doctrina Parot, recuerdan cada vez que hay una sentencia que no les gusta (doble vara de medir, que se llama). Dentro del Estado de Derecho está el respetar las reglas de la casa, en el caso español eso cuenta lo que decida el TEDH. Es un uno más uno, es totalmente democrático el cumplir lo que manda el TEDH, no hay problema ahí, y buscarlo es querer abrir la puerta de futuros incumplimientos por parte del Estado de sentencias favorables a los derechos humanos, es una puerta que no deberíamos abrir, aunque a veces no nos guste el olor que queda dentro.
En RNE el consenso en las tertulias era claro: la doctrina Parot buena, el TEDH antidemocrático y esos no son jueces. El único que matizaba el tema no lo hacía tanto para decir que era una decisión válida y casi lógica, sino más bien para recordar que fue el PSOE quien arregló todo esto ya en el 95 y que el problema venía del código penal franquista (tiene tela que un código penal de una dictadura tuviera instituciones de reinserción mejores que el de una democracia Social y de Derecho). Ese mismo que quería «calmar» el asunto recordaba que había juristas que desde el 2006 criticaban (criticamos, hoy me incluyo) esa forma de aplicar la legislación penal, los otros siempre saltaban con que muy minoritarios eran, y el director de La Razón no tardaba en llamarlos (llamarnos) de canallas para abajo.
Además, se está planteando todo el tema como si todo terrorista fuera a salir de la cárcel inmediatamente o sin cumplir condena alguna, algo que tampoco es cierto.
Con este tema la desinformación campa a sus anchas, el amarillismo del «el terrorismo gana» y varios epítetos que no vienen a cuento, junto con una explotación morbosa a las víctimas de ETA; se olvidan que lo que se hace es revertir la situación a antes del 2006 en un plano muy concreto, vamos, que ETA no ganaba por aplicar el código de la forma que se hacía hasta la doctrina Parot, ni nada de lo que ahora se nos está diciendo. España era un Estado de Derecho y una Democracia antes de 2006, eso no ha cambiado.
Pero, nuevamente, se está vendiendo la idea de que en España hace falta endurecer más las leyes penales (¿¡más!?), lo cual viene cojonudo para justificar el engendro que ha presentado Gallardón (no más faltas: ¡todo será delito!, entre otras burradas), cuando la legislación nueva que se produzca no solucionará en ningún caso los «problemas» anteriores. Todo parche siempre será a futuro, nunca se podrá aplicar a hechos pasados hace cinco, diez o cien años.
Esto no es una victoria de ETA, es una victoria del Estado de Derecho y los derechos humanos: ¡lo importante que es la irretroactividad de la ley penal no favorable!
Actualización (22/10): Acá pueden ver las portadas desinformantes, morbosas o amarillistas. Punto extra para la Gaceta por llamar a todos ETA (el anagrama de la organización terrorista se funde con una estrella de la bandera),
Un comentario en «Doctrina Parot y desinformación»