¡Qué tendrá el poder que todos quieren repetir! En Nicaragua, la Sala Constitucional de la Corte Suprema ha dado el visto bueno a que Ortega (y otros tantos cargos públicos) pueda volver a ser candidato, en contra de la literalidad actual de la Constitución del país centroamericano, en cuya carta magna, artículo 147, se expresaba que no se podía optar a la reelección consecutiva (como en Perú) o a un tercer mandato. Este límite temporal, en Nicaragua, se introdujo en la reforma parcial de la constitución, Ley Nº 192 de 1995, que es contra la que va la Sentencia dictada por la CS.
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Colombia: Comprando reformas constitucionales
No oculto que estoy en contra, por principio, de las limitaciones a las reelecciones, en tanto que considero que es mediante el voto como se decide si una persona debe o no continuar en un cargo, y no por simple disposición legal/constitucional. Dicho esto, está claro que no todo vale para conseguir «levantar» el veto contra las reelecciones, y que en ningún caso es aceptable el soborno como método para conseguir el acuerdo en levantar las trabas.