O cómo podemos tirarnos bastante hablando de temas pendientes para que, bueno, sigan pendientes. Es cierto que la reforma es pactada y eso, necesariamente, limita el alcance reformista (no digamos ya revolucionario) de la propia reforma, que las grandes patronales nunca firmarán ciertas victorias conseguidas en reformas previas (ya sean del PSOE o el PP, que hemos visto que las de los últimos años mucho no se habían distinguido). En otras palabras, voy a hablar del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, esa reforma laboral aprobada justo antes de la finalización del año.
Para mí hay dos temas profundamente decepcionantes en la reforma (que no toca), como es el tema del coste del despido y las causas para las modificaciones de contratos, los despidos objetivos (individuales o colectivos) y las suspensiones o reducciones de empleo.
Llevo un par de días pensando cómo hacer esta entrada, si era bueno que comenzara explicando la reforma y luego recorriera la cábala que hice para ver qué tanto había acertado o si era mejor simplemente centrarme en la cábala y desde ahí explicar la reforma… y creo que seré más sencillo, daré unas pocas opiniones sobre los puntos que creo fundamentales en la reforma y luego repasaré muy rápidamente la cábala. Voy a ir en el mismo orden de la reforma (más o menos).
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