La ideología no puede ser una razón para no inscribir a un partido político, y menos si esa decisión la toma un órgano que no pertenece al Poder Judicial (como es el Jurado Nacional de Elecciones). Podemos posicionarnos totalmente en contra del Partido Político Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (MOVADEF en adelante), pero el que incluyan en su ideario la adhesión al «pensamiento Gonzalo» no puede llevar a concluir que su «seguimiento implica actos violentos en contra de la Constitución», como pretende la JNE, véase la resolución 0224-2011-ROP/JNE, de 28 de noviembre (PDF), y sin existir más sospechas que las ideológicas (no hay prueba alguna de que estén armados o vayan a atentar) que se prohíba su inscripción es algo que todos deberíamos rechazar.