En estas páginas he hablado un par de veces sobre la elección al rector en universidades españolas (en la de Salamanca y Valladolid), ahora me voy a ocupar de lo que ocurre en Perú. El Congreso, tras unos escándalos en la principal universidad pública del país, la Universidad Mayor de San Marcos, está por la labor de aprobar un cambio profundo electoral, pasar de un voto delegado a un voto directo para la elección del rector. Por su parte, el presidente de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), Iván Rodríguez, no se muestra favorable a la reforma, afirma que habrá más «politización».
Declara Rodríguez:
«Si se quiere que no prevalezca la política en las universidades, pareciera que esta medida va en contrasentido, porque una persona para conseguir una elección tiene que hacerse conocido por todo el mundo (…) toda la universidad entrará en agitación para escoger a la persona que puede gobernar.»
Dos cosas para comenzar: a) Los electos por un sistema determinado siempre intentarán que dicho sistema se mantenga, y cualquier cambio que acepten en el mismo será para mejorar su posición frente al resto de fuerzas. En otras palabras, los rectores elegidos por el actual sistema tenderán a no estar de acuerdo con cambios que les puedan «perjudicar» (como es el propuesto por el Congreso). b) Política siempre habrá, lo que se debe evitar es el «politiqueo», y en las universidades en concreto, la plaga de la compra de votos y el clientelismo.
Lo del rector de la San Marcos no es una excepción, la compra de votos a los delegados (con favores, dinero o lo que corresponda en cada caso, sea más claro o esa frontera entre el convencimiento y el aprovechamiento directo) es y será una constante, al menos siempre habrá algún candidato que lo intente, es propio de los sistemas que concentran el poder decisorio en unos pocos que no tienen que responder por los mismos. Y no es algo que solo pase en Perú, últimamente también lo hemos visto en elecciones recientes en universidades argentinas, por poner un ejemplo.
La pregunta es cómo articular un sistema que evite lo más posible esas degeneraciones democráticas a la vez que da voz y voto a todos los miembros de la comunidad, de forma más o menos directa.
No debemos tener miedo a la «politización» de los cargos electos, ya que no son «meros» gestores de la universidad, sino que son representantes de una idea política (aunque tengan que sujetarse, y mucho, a unos presupuestos y unos estatutos que no permiten demasiada «creatividad») y es lógico que toda la universidad se implique en su elección (aunque, por ejemplo, en España esta implicación brilla por su ausencia, al menos entre los estudiantes, cuyo ausentismo es altísimo).
Rodríguez señala, de la norma en vías de aprobación, el «problema» de la «agitación» de la Universidad para la elección, no veo que eso sea un inconveniente, ni que pueda afectar al normal funcionamiento de la Universidad, ni es algo que pase todos los días.
Sobre el tener que «hacerse conocido», pues tampoco tanto, debe ser conocido, sin dudas, pero es que esto es importante para todo gestor de una institución democrática, debe exponer su plan y este ser procesado por las personas que deben elegirle, también puede ser conocido de forma indirecta (por ejemplo, no necesita «correrse las aulas», sino buscar el apoyo de las asociaciones estudiantiles más próximas ideológicamente, para que las mismas le apoyen y pidan el voto para una candidatura concreta).
Actualmente el candidato a rector solo busca que le conozcan los delegados (con lo cual hay cierto «oscurantismo» con respecto a la generalidad de la comunidad universitaria), y viendo lo que pasa en más de un caso (lo del rector de la San Marcos no es la excepción, lamentablemente) el clientelismo está a la orden del día.
Por supuesto que una elección directa no «corrige» este clientelismo (que existirá respecto a grupos más que a personas, al menos con respecto a los colectivos más numerosos), ni una cultura universitaria que tolera esas perversiones (esto último más importante, si existiera un rechazo real a esas prácticas, ocurrirían menos), por no hablar del absurdo voto obligatorio para rector, lo cual es una perversión del propio sistema electoral.
Es difícil prever si una medida de este tipo terminará pervirtiendo más (o menos) un sistema que como dices, es intrínsecamente político, pues se trata de la elección de las autoridades de una institución y no del nombramiento del directorio de una empresa.
No termino de entender exactamente si los cambios planteados anulan la utilidad del tercio estudiantil o solamente les quita la facultad de votar directamente en las elecciones de rectores, pero sí he visto que se limita la presencia de decanos y jefes de departamento a un número fijo y no a la totalidad de facultades existentes en cada universidad. No sé… yo soy de la idea de que no todo puede ser democratizado, no de esa forma al menos. Los profesores principales en una universidad no tienen ese status por gusto. En buena parte el mantener una tradición en un sitio, el mantener una línea viene por el lado de darle peso a quienes más tiempo están en ese lugar y más arraigados tienen los principios de esa institución.
Hasta donde entiendo, aunque no lo mencionan explícitamente, también esto afectaría a la elección de decanos, ¿no?
Salud
Sobre la pregunta: Sí afecta a los decanos (y sí se regula expresamente, modificación del art. 37, debí decirlo en la entrada ya que la prensa no se menciona expresamente). Los jefes de departamento no se verían afectados, en tanto que su figura no es regulado por esa norma sobre las elecciones de los otros cargos.
Bueno, los del tercio superior seguirían votando, pero ya no lo harían como «privilegio» (además, por lo visto es uno de los colectivos más «afectados» por el actual «clientelismo» u otras perversiones), no sé si los del tercio tienen otra utilidad u otros privilegios (supongo que para temas como becas, pues siguen teniendo mejor posición de partida, por puro expediente).
Sobre los profesores principales y tal, pues la verdad es que me extraña que en la ponderación no tengan su propio lugar, y no sé hasta qué punto los reglamentos de las Universidades puedan ponderar dentro de la ponderación. En España normalmente los profesores funcionarios doctores tienen el máximo coeficiente, así en la UVa, por ejemplo, es de 3,8866, mientras que los profesores titulares no doctores tienen es de 1,3333, por su lado, los estudiantes de primer y segundo ciclo (o sea, los que ahora son “de grado”) tienen un coeficiente de 0,4393 y los de tercer ciclo (máster y doctorados) es de 0,529. Esa posición se refuerza en los representantes al claustro, los catedráticos tienen los suyos, los titulares docentes los suyos, y así cada colectivo (y diferenciados por facultad o centro, según corresponda)… Vamos, que hay formas de introducir las “diferencias” sin necesidad de recurrir al voto delegado.
Algo de la reforma que no me gusta (aunque no está en el proyecto que figura en la web, sí mencionado en los medios, no sé si es porque aun no se actualiza con el último texto o es otra reforma planteada) es la limitación de las Asambleas, en fin… (Y que el voto sea obligatorio, eso no tiene ningún sentido.)
Hasta luego y gracias por el comentario ;)
PD: Entiendo que una universidad pública debe ser lo más democrática posible, que estas normas se apliquen a algunas universidades privadas -las que se rigen por la LU- no lo veo tan claro la verdad.