Más del 60% de los votos válidos dan a Evo Morales una arrolladora victoria en las elecciones generales de Bolivia del día de ayer. Más de 30 puntos de ventaja sobre el siguiente candidato más votado, Manfred Reyes Villa, de Plan Progreso Bolivia-Convergencia Nacional (PPB-CN), que obtuvo entre el 23% y el 28% de los votos (con el premio-consuelo de ser el más votado en Santa Cruz, Beni y Pando). Además, podemos destacar que estas son las primeras elecciones en que los ciudadanos residentes en el exterior pueden votar (vean la crónica de EFE para las votaciones en España), aunque solo sea por el presidente y vicepresidente (y no por los parlamentarios) y requería inscripción previa.
La mayoría que tendrá el Movimiento al Socialismo (MAS) en las cámaras legislativas será aplastante, en el Senado prácticamente llegará a los 2/3 de la cámara, y en el Congreso una absoluta incontestable, también cercana a los dos tercios, con lo que la aplicación de la nueva constitución (aprobada por referendo a inicios de este año) tendrá un desarrollo legislativo acorde con los intereses del MAS y la mayoría de Bolivianos. En el Senado, aun con dos curules por decidir, el MAS tendría 24 asientos (de 36) y el PPB-CN 10 seguros. En la Cámara de Diputados el MAS ocuparía 84 escaños (de 130), el PPB-CN se quedaría como segunda fuerza con 39 diputados, Unidad Nacional(UN) y Alianza Social (AS) tendrán, cada una 3 representantes en la cámara baja, todavía queda un escaño en juego.
Hay que tener en cuenta que, tras estas elecciones, el presidente Morales ya no tendrá el freno de la cámara alta, que hasta ahora era controlada por la oposición. Así pues, además, todas las autoridades importantes (miembros de tribuales, titulares del Órgano Electoral Plurinacional, y el presidente del Banco Central) podrán ser elegidos por el MAS en solitario.
Además de presidenciales y legislativas, se realizaron referendos para aprobar la autonomía departamental que, en general, fueron aprobados por amplias mayorías, el 78,1% en La Paz, el 73% en Oruro (donde el no ganó por 3/4 de los votos hace tres años), el 78,6% en Potosí, un abrumador 84,4% en Chuquisaca y un abultado 79% en Cochabamba (otra en que se había dicho que no mayoritariamente hace unos años). Mientras que en la provincia Gran Chaco se aprobó, con el 79,8% de sí, la Autonomía Regional. Así que Bolivia abre un proceso descentralizador bastante grande y corresponde a las autonomías comenzar la redacción de sus respectivos estatutos.
Las mayorías absolutas (y no hablemos ya de la cualificada mayoría de 2/3) no son agradables en los sistemas democráticos, y menos cuando nacen en sistemas donde se priman los distritos uninominales. Cabe recordar que la nueva constitución Boliviana determina que la mitad de los diputados que se eligen dentro de un departamento se hacen en circunscripciones uninominales (gana un escaño por mayoría simple) y que, si el número de escaños a elegir en un departamento es impar, ese «extra» será uninominal (prevalencia, por tanto, de un sistema de mayorías frente a uno proporcional). Además existen circunscripciones especiales para comunidades indígenas originarias campesinas. En el Senado, por otra parte, rige el sistema proporcional de reparto, pero todas los departamentos eligen el mismo número de senadores (4). (Todo esto según los artículos 145 y siguientes de la constitución boliviana).
Aun así, la victoria del MAS es sencillamente innegable, aplastante mírese por donde se mire. ¿Será capaz, Evo, de cumplir con las expectativas? Porque el trabajo de «shock» ya lo hizo (las nacionalizaciones, el cambio constitucional, el reconocimiento de los derechos indíginas, el logro de la alfabetización, etc.), ahora toca consolidar lo hecho mediante un duro (e ingrato) trabajo y seguir avanzando en ese camino sin caer, por cierto, en tentaciones por el poder (¿Evo Morales intentará una «interpretación auténtica» como hizo Fujimori en la forma de contar los mandatos?).
Y de yapa, recordemos una de las funciones de la Cámara de Senadores (artículo 160.6 de la Constitución de Bolivia):
«Juzgar en única instancia a los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Supremo, del Tribunal Agroambiental y del Control Administrativo de Justicia por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, cuya sentencia será aprobada por al menos dos tercios de los miembros presentes, de acuerdo con la ley.»