Aminatou Haidar y la inexistente justicia universal

«Desde la perspectiva de los delitos contra la comunidad Internacional, y aunque, prima facie, los hechos inicialmente denunciados pudieran presentar los caracteres de los penados en los Art. 607 bis 1 y 2, párrafos 4º y 7º de nuestro Código Penal, la reciente reforma operada por LO 1/2009, de 3 de noviembre, impide su actual persecución por los Tribunales en España, ya que acaba de decidir que los mismos sólo serían perseguibles conforme a la nueva redacción del Art. 23.4 de la LOPJ si «sus presuntos responsables se encuentran en España» (lo que no concurre, pues los denunciados: […] se encuentran en Marruecos) o «si existen víctimas de nacionalidad española»(cuestión que tampoco concurre en la denunciante) o se constatase «algún vínculo de conexión relevante con España» (relevancia que tampoco concurre en lo que se refiere a meras consideraciones de carácter jurídico penal), abandonando esta cuestión a lo que las autoridades marroquíes u organismos internacionales puedan en su caso considerar sin que la Justicia española en su vertiente internacional tras la reforma indicada tenga posibilidad de entrar.»

Fundamento Jurídico Primero del Auto del Juzgado Central de Instrucción Nº 6, emitido durante las Diligencias Previas del Proceso abreviado 346/2009, proceso en que se resuelve la denuncia presentada por Aminatou Haidar el 20 de noviembre (PDF).

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Bochornoso

Y no, no voy a hablar del bochorno que debería producirme (si no me pareciera tan folklóricamente patético y gracioso) todo el tema de los pishtacos esos y la labor de, en orden, el gobierno, la policía y los medios (les recomiendo, nomás, «Pishtacos de la prensa» de ocraM y «El Pishtaco Eres Tú» de El Jorobado), sino de la inhabilitación política de dos años contra el ahora ex congresista Gustavo Espinoza. El caso es viejo, y al parecer, ha pasado casi todo este año (la acusación constitucional es de noviembre del año pasado) por un favor de los apristas al congresista que «curiosamente» votaba en ciertos temas a favor de la estrella. Como sea, ya el Congreso de la república le ha condenado.

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Por carta de Naturaleza

Hace un tiempo ya, cuando leí en una columna de opinión que la concesión de nacionalidad española por carta de naturaleza era algo que se daba solo cuando el caso salía en la prensa, y citó cinco casos conocidos (sobre todo el que originó su comentario, el de aquel inmigrante irregular que perdió el brazo y el empresario le abandonó cerca del hospital y tiró a la basura el miembro amputado) me quedé con las ganas de decir que si bien es cierto que es algo excepcional (frene al proceso ordinario), no son solo cinco casos, esto es, no es extraordinario, que de cuando en cuando en el BOE vemos listados de personas a las que se concede nacionalidad por carta de naturaleza. Hoy me he acordado de ello, porque se publican 61 nacionalizaciones por carta de naturaleza (es uno de los listados más largos que recuerdo en los últimos meses). Que la prensa no hable de ellas no significa que no existan.