«Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.» (publicada en el BOE el 7 de Octubre). Básicamente es una ley que amplía de 13 a 28 días el permiso de paternidad sin goce de haber (que no es el mismo que el de maternidad ni que el permiso por nacimiento), permiso existente desde la más o menos reciente ley de igualdad de género, la LO 3/2007. «En aras a una política positiva hacia la figura del padre, que permita incentivar la implicación de los hombres en las responsabilidades familiares, la presente Ley plantea la ampliación del período de paternidad a cuatro semanas, exclusivo para el padre», dice la exposición de motivos. Perfecto, ¿no? Si la ley no dice nada, la vacatio legis es de 20 días. Bien, pues la ley 9/2009, sí dice cuándo entrará en vigor. ¿El día siguiente a su publicación? ¿El 1 de noviembre? ¿El uno de enero de 2010? Nada de eso, la DF 2ª establece: «La presente Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011.» ¡1/1/2011! Una vacatio legis de más de un año sin ninguna razón técnica o de cualquier otra índole que sustente dicho largo periodo. Así cualquiera legisla. ¿Se modificará la ley antes de que entre en vigor? ¡Hagan sus apuestas!
Día: 14 de octubre de 2009
Los falsos o hipócritas argumentos de los mercantilistas
¿Cuántas veces hemos oído a la patronal de las patronales, madre de todas las patronales de España, la CEOE, pedir bajada de los pagos de la seguridad social y despido libre y lo más barato posible, encaletado en eliminar las causas para el despido procedente (sea objetivo o disciplinario) para que así, realmente, deje de existir el improcedente (salvo temas de nulidad, claro)? Demasiadas.