“Aprobarían que divorcio por mutuo acuerdo sea a través de municipios” reza el título de la noticia en El Comercio. Lógico y oportuno. El ejecutivo, en un alarde de sentido común poco normal, ha mandado al Congreso una iniciativa por la cual el divorcio, siempre y cuando sea de mutuo acuerdo, se pueda llevar a cabo en las municipalidades. A fin de cuentas, como manifiesta Rosario Sasieta (AP), hay que desjudicializar el proceso de divorcio y si los municipios pueden casar, lo mínimo es que también puedan disolver los matrimonios siempre y cuando haya acuerdo entre las partes. Dicho así suena mejor de lo que realmente es… aunque no cabe duda que resulta un avance, pequeño, pero avance a fin de cuentas, dentro de evitar que la legislación haga más daño a las personas que ya no quieren mantener un proyecto común que facilitarles la vida.

Viendo el proyecto presentado (pdf), algunas cosas me parecen, a bote pronto, criticables:

  • Se sigue manteniendo el sistema “separación -> divorcio”, que no sirve de nada. (Al igual que no sirve el sistema causal de divorcio, donde la separación es el causal pacífico y sin culpabilidad.) En este sentido, el que se presente la separación convencional, se acuerde, se tenga que esperar dos meses para pedir el divorcio convencional, se acuerde dentro de los quince días, es una dilación innecesaria a un proceso en que las partes ya están de acuerdo en que no quieren seguir juntos. Ojo, no estoy diciendo que deje de existir la separación legal, sino que me parece inútil la misma como requisito del divorcio.
  • El tiempo para poder iniciar todo el trámite, por más que el mismo se facilite, es inmenso. Dos años pueden ser un infierno contraproducente.
  • El exigir sentencia que ya determine el régimen de ejercicio de la patria potestad, de alimentos, de tenencia y visitas de los hijos menores de edad o mayores incapacitados. Está claro que, cuando existen menores y demás, es difícil hablar de disposición de las partes, pero se debiera permitir que la autoridad administrativa ayude en este sentido al acuerdo de las partes (hablamos de una separación pacífica, cierto acuerdo debe existir entre las partes para que no existan demasiadas peleas en este tema) para que lleguen a un compromiso sobre todo lo anterior, sin olvidar el interés de los menores en este complicado asunto. Realmente este requisito “elimina” de esta separación/divorcio administrativo a muchísimas parejas que no quieren seguir siéndolo.
  • Que no hayan bienes gananciales o que los mismos ya estén “repartidos” por escritura pública. Creo que el acuerdo de separación puede incluir perfectamente el compromiso vinculante de escriturar la separación de bienes de forma pacífica, este requisito sobra por completo. También el régimen ganancial, pero ese es otro tema.

Al final todos iremos al sistema cubano de matrimonio y divorcio, todo por notario (existe un interés público que puede ser cumplido perfectamente por el celo sancionador de los notarios) o por autoridades administrativas del tipo que sea (municipios, instituciones ad hoc, registro civil, etc.). Y aunque me fastidien las coincidencias y me parezca demasiado “complicado” la iniciativa presentada, el grupo parlamentario fujimorista, en enero va por esa línea (aunque mantiene lo de separación-divorcio, y la necesidad de “aprobatoria judicial”, da un mayor énfasis al acuerdo de las partes y al proceso por medio del notario).

Hay que tener bien claro algo, cuando una pareja se separa “de verdad”, llegan a un acuerdo sobre que la vida en común ya no puede seguir adelante ¿Qué sentido tiene dilatar todo el sufrimiento de la ruptura? ¿Protege eso a la familia como institución o favorece a los desencuentros de la futura ex pareja?

Esto me recuerda lo poco que me gusta el Derecho de Familia. (Aunque el de sucesiones me divierte. No la desgracia que da origen a todo el tema, sino el repartir y tal.)