En Barrapunto me enteré de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una cuestión prejudicial en el caso de UsedSoft GmbH contra Oracle International Corp., (asunto C-128/11, copia en ODT), donde se dilucidaba sobre si era posible «revender» un determinado software – servicio, esto es, si existía un «agotamiento del derecho de distribución» en programas de ordenador (computadora) transmitidos por Internet y en qué condiciones, en todo caso, el mismo se tendría que dar.