Sentencia curiosa en el mundo laboral…

(voy a ser un poco desordenado, da un poco lo mismo… otro más del traslado)

Una de esas noticias que resulta agradable de ver, ya que nos da un
poco de esperanza en el sistema de Derecho del régimen, aunque sea
necesario recurrir a los tribunales para que los empresarios cumplan su
parte en el juego (es curioso ver cómo quienes más defienden este
tinglado son los que más incumplen)… "Un juez aprecia daños morales en las horas extra y obliga a la empresa a indemnizar al trabajador", noticia que he encontrado en la página de la CGT, y ellos dan como fuente "Canarias 7", pero no lo enlazan así que tampoco puedo hacerlo…

Esta vez intentaré no criticar la forma impropia en que se expresan
los informadores al hacer referencia al mundo del Derecho (aunque sí
creo que debieran hilar más fino en el lenguaje que emplean, al menos
procuarar que lo que dicen sea correcto).

Qué significa la noticia: Primero, que la regulación de las horas
extras es de las más incumplidas (en serio, vayan a los tribunales, o
no se pagan como debe ser, o son más de las necesarias o lo que sea), y
que usualmente son muy difíciles de probar (un abogado de CCOO una vez
nos lo comentó -a un grupo de estudiantes- asegurándonos que era muy
difícil conseguir que se pagasen en un juicio, por la dificultad de
probar cuantas y cuando se habían realizado, cosa que un Juez de lo
Social -ahora magistrado de un TSJ- nos lo confirmaba, diciendo que con
los medios de prueba era difícil saber si habían hecho esas horas,
aunque los abogados de las empresas "tras bastidores" sí les he oído
comentar que son horas que se hacen pero que realmente ni se sabe la
cantidad -porque, casi siempre- el empleador no lleva las cuentas de
las mismas), pero, una vez que quedan demostradas, muchas veces se ve
que no son hechas de forma voluntaria, y que, como mucho, se obligó a
los trabajadores a realizar esas horas extras basándose en condiciones
de "fuerza mayor" o "necesidad transitoria" que es inexistente,
simplemente porque les venía mejor obligan a los trabajadores a esas
horas, y claro, no te puedes oponer, así que lo mejor es luego
reclamar; así es como está montado el sistema, como ven, esto beneficia
a quien impone su decisión, porque la mayoría "no reclama".

Esto mismo, lo de las horas extra, pasa con los contratos
temporales, la mayoría (el 90% a ojo de buen cubero y siendo generoso
con los empresarios) no cumplen los requisitos para que ese puesto sea
temporal, incluso, se puede ver en puestos renovados cada "x" tiempo y
son totalmente fijos (como el puesto de la única dependiente de una
tienda ¿cómo se justifica la temporalidad del trabajador?) Pero pocos
reclaman, y si lo haces, te van a echar, y conseguir la nulidad es bien
difícil, y para un trabajador que no ha estado en una empresa ni un
año, la improcedencia del despido es insuficiente para cubrir las
necesidades de esa persona, esto es, se queda en paro, tal vez (lo más
seguro) sin derecho subsidio de desempleo, y con una indemnización que
tal vez no llegue al mes de sueldo… Así no se reclama, así no se
eleva la voz, así hay que tener mucha voluntad para atacar un cláusula
abusiva del contrato o la mala aplicación de la legislación…

Pero estas sentencias ayudan, puesto que, sin ser "precedente" al
estilo anglosajón, sirven para abrir líneas de interpretación y exigir
lo que ya dice la ley, que si se manifiesta que existe una causa para
obligar a los trabajadores ha hacer horas extra, tiene que probarse la
misma.

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