Inés del Río Prada apeló la aplicación de la doctrina Parot en todos los estamentos nacionales y, cuando sus intentos fracasaron, fue al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo (que no guarda relación alguna con la UE). Como siempre, cuando ETA o sus miembros o ex miembros están en la picota, los argumentos parecen irreconciliables. Como otras veces, los tertulianos hablan sin tener demasiada idea. En la tertulia matinal de Radio Nacional andaban defendiendo que el Tribunal Supremo hace una interpretación jurídica (dejando caer que Tribunal Constitucional y el TEDH no lo hacen) y, sobre todo, que no estamos ante la interpretación de una ley, sino de un beneficio penitenciario… Esto… ¿de dónde creen que salen las regulaciones penitenciarias? ¿El tema de los beneficios? Hay que tener en cuenta que todos los tribunales, aunque no sean parte del Poder Judicial como tal, realizan una interpretación legal. Y que si existe tanto el Constitucional como el TEDH es, entre otras cosas, porque tribunales como el Supremo también meten la pata.