Hace nada se ha publicado la convalidación de la reforma laboral aprobada por Real Decreto Ley por el gobierno de España. La gran mayoría de grupos parlamentarios se abstuvo de votar en el Congreso de los Diputados, quieren meterle mano al Estatuto de los Trabajadores y, en el fondo, todos ellos «reconocen» que el decreto ley del gobierno va en la «dirección correcta», pero se queda corta al dedicarse mucho al «despido» sin entrar al fondo de la «flexibilidad» (así se han pronunciado miembros de CiU, UPN y el PP, por ejemplo). La izquierda votó en contra, y un diputado del PSOE se abstuvo, no se puede pasar por dirigir CC.OO. unos años para luego votar en contra de los intereses de los trabajadores apoyando una reforma como la puesta sobre la mesa, pero bajo las siglas del PSOE no podía votar en contra. La reforma fue convalidada, y ahora se tramitará un proyecto de ley que la «perfeccionará y extenderá». Le temo aun más a esa reforma.
Voy a decir una evidencia: El PP, CiU y demás, no tuvieron narices para votar a favor de la convalidación aunque se recoge, en el RDL, en buena parte de lo que ellos han venido pidiendo todos estos años. Cierto, no todo, pero sí buena parte. ¿Por qué no han votado a favor de la reforma? Puro electoralismo, no necesitaban decir «sí» para apoyarla, bastaba no votar (abstenerse), y luego ya, en trámite parlamentario, meterle mano y «radicalizar» la reforma contra la que los sindicatos mayoritarios piden la Huelga General (y esto lo hace un partido que ahora dice defender a los trabajadores, pero del dicho al hecho hay mucho trecho, sino miren las siglas del partido de gobierno y vean su actuar).
He escuchado al PP decir que esta reforma se «centra» en el despido nada más (y ellos proponen «simplificar» el despido, sea lo que sea que eso significa, a mí no me parece «complicado» despedir por escrito con un preaviso, supongo que se refieren a «abaratarlo más», y «objetivizar» más las razones para el despido objetivo, ampliando el rango de circunstancias en el que se puede usar) y eso no crea empleo, proponen mayor flexibilización interna (¿eso sí crea empleo?), y negociación en el ámbito de la empresa como forma preferente, y no por encima de ella (en todo coinciden con CiU, con la diferencia que CiU lo dice a las claras desde hace bastante más tiempo que el PP), lo que en la práctica significa anular la negociación sectorial y a los sindicatos (¡viva el partido popular de los trabajadores! cargándose las instituciones laborales de defensa de los trabajadores).
El gobernador del Banco de España también dice que la reforma es insuficiente, plantea los mismos argumentos que CiU y el PP, y añade la lucha contra el absentismo laboral (que ha caído con esto de la crisis, el miedo al despido «funciona» por lo visto), en otras palabras, que lo que se tiene que hacer es aumentar las capacidades decisorias del empresario, que su voluntad sea ley, o que no haya ley que pare su voluntad. También manifiesta que la reforma se fija demasiado en el despido, y no en «crear empleo» («lo que falla es crédito, no el marco laboral», decían hace un tiempo en CEPYME, con más razón que un santo la verdad), y que no es momento de «limitar» la contratación temporal (y lo dice alguien que propone ir hacia el «contrato único»).
No es del todo correcto decir que esta reforma se centra en el despido. Es cierto que se fija bastante en el mismo, y que en los medios de comunicación es lo que más ha aparecido. Pero la verdad es que introduce muchas medidas de «flexibilización interna» (a la par que se limitan los periodos de consulta, favoreciendo las decisiones unilaterales del empresario), de favorecimiento al ámbito de la empresa como lugar de negociación, de bonificaciones fiscales a la contratación. Supongo que todo esto lo saben los diputados que hablan de insuficiencia de la ley en esas direcciones, con lo cual temo, y mucho, la reforma que nos viene.
Ah, por cierto, antes de continuar, el documento que el gobierno presentó el viernes no fue el mismo que aprobó el martes. El documento del viernes, para los trabajadores, era «mejor» que el finalmente aprobado, algunas de las precisiones y normas del viernes, que nos venían bien, se matizaron o quitaron (por ejemplo, la necesidad de pérdidas económicas para recurrir al despido objetivo por dicha causa), y todo lo que puede considerarse positivo para el trabajador, no se aplicará hasta dentro de un tiempo (lo de los 12 días por año trabajado de indemnización en los contratos temporales no se aplicará hasta el 2015 -aplicación escalonada desde 2012-) o no se aplicará a los contratos vigentes y sus prórrogas (sí lo negativo, eso sí afecta a los contratos vigentes). Y por supuesto, no se limita el uso de los contratos temporales, se limita la duración del de obra o servicio, a dos años, así que el gobernador del Banco de España o miente o no se ha leído la reforma.
Algunas cosas del RDL que han ido apareciendo en los medios y que los de CiU, PP, Banco de España, y otros, piden que se «afine» (los pongo todos juntos aunque han dado ideas que se matizan entre sí), son:
- Despido objetivo por causas económicas. Se solicita que se afine más la definición, que no quede «en manos de los jueces» como hasta ahora, «objetivizar» le llaman. La reforma ya ha flexibilizado el uso de esta figura, antes el empresario tenía que justificar la reducción de plantilla para recurrir a este tipo de despidos (cuando era individual-plural se hablaba de «amortizar» el puesto), lo que hacía que muchos se declararan improcedentes, ahora con que justifique que le vienen bien a la organización vale y sobra. En la reforma propuesta el viernes, se exigía tener pérdidas económicas, esto el martes (en la norma aprobada) desapareció. La derecha solicita que sea más fácil acceder a este tipo de despido, y que la ley marque «claramente» cuándo se puede usar (por ejemplo, que si el ejercicio tiene determinado resultado, ya se puede usar), pero nos llevaría a un problema agregado: El examen detallado de contabilidades que son demasiado creativas para ser creíbles, entre otros.
- Despidos. Se limitan las posibles causas de nulidad en favor de la improcedencia (aunque en la práctica los jueces no han declarado la nulidad, sino la improcedencia, cuando faltaban ciertos requisitos del despido objetivo, debería ser nulo, pero se aplicó la improcedencia, ahora esa práctica tiene sustento legal. Para todas las extinciones objetivas se reduce de 30 a 15 días el plazo de preaviso. Piden desde la Derecha que el despido sea «más simple», ¿qué más simple lo quieren? ¿Que sea verbal desprotegiendo totalmente al trabajador? Existen voces que quieren acabar con la causalidad del despido, así que siempre sería procedente, salvo que se demuestre que es por discriminación (que sería nulo, claro).
- Flexibilización interna. Se pide, y mucho, que se aumente en esta flexibilización, se argumenta que el gobierno no quiso entrar en la misma. ¿Qué reforma han leído? Por un lado se ha modificado la forma en que se realiza la movilidad geográfica, el plazo de consultas antes era de 15 días o más (según lo que pusiera el convenio colectivo), ahora el plazo es de máximo 15 días improrrogables y se facilita el acceso a esta figura (pudiendo acudirse directamente a la mediación en vez de al acuerdo); sobre las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, se incluye dentro de esta figura la «distribución del tiempo de trabajo», se introducen los mismos cambios mencionados en la línea previa y se presume que si hay acuerdo existen causas, con lo que se limita la posibilidad de reclamar realmente; el tema del descuelgue salarial es uno de los que más se flexibilizan, se pasa de un sistema en que el Convenio Colectivo marca cómo y cuándo acceder a este descuelgue, ahora el empresario puede instar al descuelgue siempre, sin importar el momento de vigencia del convenio, a falta de acuerdo se acude a mediación o arbitraje, los convenios ahora lo que regularán es esa mediación y ya no la forma de acceder al descuelgue; sobre la suspensión y la reducción de jornada, se introduce literalmente la «reducción de jornada» (aunque jurídicamente se podía usar esta figura, no estaba expresamente regulada), el procedimiento legal se usa cualquiera que sea el número de trabajadores afectados (antes solo para las decisiones colectivas), se introducen incentivos tanto para el empresario como para el trabajador para que se recurrir a la reducción de jornada en vez de a la suspensión («modelo alemán»). Cuando la derecha pide más «flexibilidad interna», en realidad solicita más discrecionalidad del empresario, que unilateralmente pueda modificar las condiciones del contrato de trabajo, ¿se imaginan que esto se hiciera en los contratos comerciales o civiles? ¡Sería el acabose de la seguridad jurídica! La reforma, como se ve, sí entra en el tema de la flexibilidad interna, aunque ellos piden «más».
- Se favorecen medidas de contratación indefinida (bonificaciones, se amplía el siempre fracasado contrato de Fomento de la Contratación Indefinida) y de formación (se aumenta la edad máxima para firmar estos contratos de 21 a 25 años hasta el 2012, se abarata, además, la formación teórica para PYMES -hasta la gratuidad- y bonificaciones) y prácticas (se aumenta un año, de 4 a 5, los que se puede usar este contrato tras la consecución del título y bonificaciones). Sobre estos puntos, básicamente solicitan más facilidad para contratos en prácticas o en formación, y que el contrato de fomento de la contratación indefinida sea el tipo básico de contrato, y no el actual indefinido. Sobre las bonificaciones, más que ellas, piden que se rebajen las cuotas de todos los contratos.
- Intermediación laboral. Se aceptan las agencias de colocación con ánimo de lucro y se relajan las prohibiciones a las ETT. La derecha realmente pide que se liberalice por completo las ETT y las agencias de colocación (aunque se contentan con este paso en dicha dirección).
- Sobre los contratos temporales, para los de obra o servicio se pone un plazo máximo de 2 años (ampliable a 3 por convenio colectivo), no se limita su uso, sino su duración, ya que en la práctica se están usando estos contratos temporales en vez de indefinidos (así en los mismos puestos conviven personas con contrato indefinido y con contratos de servicio, lo cual es fraude de ley, ahora al menos tiene un tiempo máximo de duración dicho «fraude»), los eventuales no se tocan en esencia (a pensar de que es necesario evitar su mala utilización y favorecer, como se había propuesto, los fijos discontinuos), eso sí, se vuelve a cambiar la definición de encadenamiento de contratos, para incluir dentro de la misma «otros puestos de trabajo» y «grupos de empresas», figuras, la del cambio de puesto dentro de la empresa o el grupo de empresas, usadas para encadenar contratos temporales con el mismo trabajador (el encadenamiento de contratos va contra la esencia misma del contrato temporal), también se eleva la indeminización por fin de los contratos temporales a 12 días, pero este aumento es «con trampa», esto es, se aplicará de forma escalonada, así que los primeros contratos temporales con más de 8 días de indemnización serán los celebrados en el 2012 (que tendrán 9 días), recién los contratos celebrados en 2015 tendrá 12 días, para mi gusto, esta reforma incentiva que se contraten trabajadores temporales antes del 2012 o 2013. Desde la derecha ven mal el aumento de la indemnización (dicen que en tiempo de crisis esto no se debe hacer, pero es que se aplicará dentro de dos años recién) y, a la par que dicen que se debe luchar contra la dualidad del mercado y proponen un «modelo único», no quieren que se toquen los contratos temporales, salvo que sea para favorecerlos (les encantaría que viniera una reforma como la del 84).
- Un tema que no está en la reforma literalmente, y que lo solicitan bastante, es favorecer el ámbito de la empresa como lugar preferente de negociación, como se ve en la reforma, este ámbito gana y mucho en favor de ir contra lo decidido en el convenio sectorial (así en el descuelgue salarial, en las modificaciones, suspensiones, y otros), pero es que partidos como CiU o algunos desde el Banco de España o en la propia FAES piden que se elimine la eficacia normativa y general de los convenios colectivos, esto es, que de un modelo francés pasemos al modelo estadounidense, lo solicitan de formas distintas, el PP pide que por negociación en la empresa se puedan «descolgar» de la totalidad del convenio colectivo (y no solo de las tablas salariales), en CiU lo piden para las PYMES (ámbito en el que NO existe negociación en la empresa porque no hay fuerza reivindicativa de los trabajadores y normalmente el empresario impone siempre su voluntad) y en la FAES o el Banco de España directamente solicitan un cambio del modelo de negociación colectiva. Todas esas propuestas de la derecha van en contra del poder negociador de los trabajadores y en favor de la discrecionalidad de los empresarios. ¿Para qué querríamos convenios colectivos sectoriales si no se aplicarían a nadie ya que todos se «descolgarían» del mismo? ¿Para qué tener sindicatos si los empresarios negocian directamente con los trabajadores (los mismos que temen perder su puesto si dicen que «no» a la propuesta del empresario)? (Por cierto, lo que quieren es algo más parecido a lo que tenemos en Perú frente a lo que hay en España, para una comparativa por encima véase en esta bitácora: «Sindicatos de oficio y sindicatos de clase: De Perú a España y viceversa».)
Como ven, si la reforma del Estatuto de los Trabajadores perpetrada por el PSOE es mala para la clase trabajadora, limita su poder dentro de la empresa, aumenta la discrecionalidad del empresario (y perjudica a la negociación bajándose los tiempos de consulta) y rebaja los costes de sus decisiones, la reforma que vendrá del «consenso» con el PP, CiU, PNV, UPN y similares, será mucho peor para todos los trabajadores que el RDL. En el 2002, cuando hicimos la huelga general contra el decretazo del gobierno de José María Aznar (con Mariano Rajoy de Ministro del Interior y Vicepresidente Primero del Gobierno) conseguimos que Las Cortes reformaran el RDL un poco a nuestro favor (no totalmente, pero algo se hizo), ahora parece que no podremos confiar en un cambio a mejor en el legislativo, sino un cambio a peor.
El PSOE en bloque ha girado aun más a la derecha (en lo económico ya estaba en lo que podemos llamar «centro derecha» desde hace mucho), la derecha parlamentaria ha olido la sangre y cual tiburón se va a comer el mundo y parte del extranjero, estén atentos porque lo que nos viene será, como suelen decir en el PP, «colosal».
En las próximas elecciones, recuérdenlo: Ni un voto para ellos.
Un comentario en «Miedo me da la reforma de la reforma laboral»