Creo que ya todos conocen la historia, el gobierno presenta al parlamento el Proyecto de Ley de Economía Sostenible, en el mismo se cuela, mediante Disposición Final (eso, que se note que es un parche sobre el texto) una importante propuesta de reforma del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia (LPI en adelante) y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI en adelante) donde se modifica la Comisión Mediadora y Arbitral de la Propiedad Intelectual., dependiente del Ministerio de Cultura, que pasará a ser la Comisión de Propiedad Intelectual, con funciones de mediación y arbitraje (como las que tenía) además de poder tomar medidas ejecutivas de «salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual» y podrá aplicar el artículo 8 de la LSSI, al que se le añade la posibilidad de bloquear Webs que vulneren los derechos de autor.