Por carta de Naturaleza

Hace un tiempo ya, cuando leí en una columna de opinión que la concesión de nacionalidad española por carta de naturaleza era algo que se daba solo cuando el caso salía en la prensa, y citó cinco casos conocidos (sobre todo el que originó su comentario, el de aquel inmigrante irregular que perdió el brazo y el empresario le abandonó cerca del hospital y tiró a la basura el miembro amputado) me quedé con las ganas de decir que si bien es cierto que es algo excepcional (frene al proceso ordinario), no son solo cinco casos, esto es, no es extraordinario, que de cuando en cuando en el BOE vemos listados de personas a las que se concede nacionalidad por carta de naturaleza. Hoy me he acordado de ello, porque se publican 61 nacionalizaciones por carta de naturaleza (es uno de los listados más largos que recuerdo en los últimos meses). Que la prensa no hable de ellas no significa que no existan.

Alan se pone a repartir carné de peruanidad

Con todo el tema de Susan Hoefken y el Pulmón de la exposición de «El Cuerpo Humano: Real y fascinante», Alan García aprovecha para hacer populismo como solo él sabe: «Esto es gravísimo y malvado. Esta mujer [Susan Hoefken] no parece peruana, nació de casualidad en el Perú. Eso es lo malo a veces de nacer de casualidad en el Perú. Cómo es posible el daño que nos ha hecho. (…) Ojalá renunciara a la nacionalidad peruana esta persona porque no se lo merece», declaró el populista.

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Cuando tener derechos quita posibilidades

El curioso caso de los niños nacidos en España con, al menos, un progenitor ecuatoriano tras una constitución de Ecuador de 2008, más proteccionista con sus derechos.

Hasta hace no mucho, los hijos de los ecuatorianos residentes en España recibían inmediatamente la nacionalidad española, tras la Constitución de Ecuador dejaron de recibir de dicha forma la nacionalidad, y claro, han puesto el grito en el cielo, hay quien ve discriminación y demás, y ya se han puesto los diplomáticos ecuatorianos manos en acción, para solucionar el problema, las autoriades españolas, por otro lado, lo tienen claro: Esos menores, tras la nueva constitución ecuatoriana, ya no pueden recibir legalmente la española sin el requisito del año de residencia tras el nacimiento.

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