Notas sobre la huelga anunciada del SUTEP

Cuando el gobierno comenzó a hablar de una reforma de la regulación del profesorado desde determinados medios se dio como una victoria total del SUTEP, dentro de poco nos enfrentaremos a una huelga indefinida de los maestros de la escuela pública contra el proyecto oficialista (proyecto de ley nº 1388/2012-PE). ¿Cómo se explica eso? Esos medios no lo explican, como mucho dicen que es una forma de presionar más al gobierno (¿más? ¿qué hay mayor que una victoria total y el control del ministerio, como en su día decían? igual, simplemente, es que no era cierta su apreciación de los cambios y cómo contentaban o no a las partes, o cuánto habían influido), lo que sí pasa es que, nuevamente, se reedita la guerra Ministerio de Educación contra SUTEP, donde la parte gubernamental juega con ventaja, declara ilegal la huelga (PDF)* y utiliza un lenguaje impropio cuando hablamos del ejercicio de un derecho (¿¡cómo es posible que Salas hable de atentado refiriéndose a las huelgas!?).

Las lecturas que se hacen de la norma propuesta por el MED son tremendamente variadas según quién las haga, para algunos (desde parte de la oposición a determinados medios) acaban con la meritocracia y tiran el dinero en aumentos salariales para todos, mientras que para otros, como el SUTEP, en el fondo lo que quieren es ahorrarse plata (sí, dando más ahora, posiblemente, pero yendo contra determinados derechos adquiridos, dificultando las subidas económicas a los profesores, etc.), además, claro, para unos la norma fue dictada por el propio SUTEP prácticamente (así nos la presentaron), mientras que desde SUTEP aseguran que la Ley de Reforma Magisterial nunca se discutió en la Mesa de Trato Directo, que es obra pura y dura del MED y que este, al presentárselas, mintió al no recoger lo que ellos pedían y decían. En concreto desde SUTEP se dice (PDF):

«Que el gobierno, antes de solucionar las demandas tomó la decisión unilateral de proponer la denominada “Ley de Reforma Magisterial» que nunca se discutió en la Mesa de Trato Directo. Según el MED, la mencionada ley contemplaría los aumentos de sueldos y las soluciones a las demandas planteadas, sin embargo, la anunciada propuesta, lejos de dar soluciones a las mismas, atenta contra los derechos adquiridos por el magisterio, demostrando que los objetivos de esta propuesta de ley, no son precisamente la unificación, dignificación ni el desarrollo magisterial sino, exclusivamente el ahorro fiscal como políticas del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, que es una expresión del continuismo neoliberal, con la consecuente división, discriminación, humillación y retraso del educador profesional.»

La décima huelga nacional indefinida comienza mañana (el 5 de septiembre) y SUTEP pide el cielo, claro (como cualquiera, nadie empieza pidiendo lo que puede conseguir, sino lo que quiere obtener, y para eso luego se negocia), lo pueden ver en el enlace.

Ahora bien, es increíble que el proyecto ya flojee en temas como la reubicación de los profesores, la ministra nos sale con que están pensando el sistema… pero la norma propuesta ya tiene un sistema, así la Ley de Reforma Magisterial manda a todos los docentes regidos por la Ley del Profesorado, nº 24029, a los dos primeros niveles de esta LRM, eso sí, con dos «concursos extraordinarios» para que opten por niveles superiores; los profesores de la Ley de la Carrera Pública Magisterial, nº 29062, son enviados al segundo de esta nueva ley si estaban en el primero, si estaban entre el segundo y el quinto son reubicados entre el tercer y sexto nivel de esta norma; que se juegue en público con el «cuánto les vamos a subir» cuando es una verdad muy a medias, al punto que nadie irá al último nivel de buenas a primeras (los que están en la ley actual no pasan de los primeros niveles, y a los de la ley anterior no los mandan de forma directa a los superiores), pasarán muchos años antes de encontrarnos con alguien en el octavo nivel (si alguien comenzara tras la aprobación de la ley, el mínimo serán 30 años de trabajo en el ámbito urbano, 25 para el rural y áreas fronterizas, y los afortunados -muy pocos- que van al sexto nivel, tendrán que esperar diez u ocho años para llegar al último), pero importante es la primera de las disposiciones finales derogatorias: Todos los conceptos retributivos que no figuren en esa ley se suprimen, y el SUTEP ahí ve una pérdida de derechos adquiridos (conceptos que estaban en la ley del profesorado o que fueron suprimidos hace años pero que ellos aun reclaman). También resulta increíble que se enarbole ahora la defensa de la educación pública como argumento contra los profesores, cuando están pidiendo cosas como más recursos para la educación pública.

Por cierto, eso de igualar a un condenado con una persona incursa en un proceso penal (por una serie de delitos por más graves que sean estos) para separarlas del servicio o impedirles el acceso es de un error grosero, se carga la presunción de inocencia de arriba a abajo, sí, me refiero a esa letra d) del artículo 16º del proyecto.

Volviendo un poco al tema de la huelga, cabe hacer hincapié en un detalle: Lo difícil que es declarar una huelga en Perú, o mejor dicho, lo limitado que es el derecho a huelga en nuestro país. Algo que hasta la OIT ha dicho en más de una ocasión (PDF), la organización ha recordado más de una vez que no puede ser el gobierno quien decida si una huelga es legal o ilegal cuando ellos son parte en el proceso (en otras palabras, que el Ministerio de Educación no debería poder decir que una huelga contra ella es legal o ilegal, ¿saben por qué? porque difícilmente la declararán legal).

En este caso el gobierno asegura, por ejemplo, que no se cumple con la Ley de Relaciones Colectiva de Trabajo porque no se ha agotado la vía de la negociación directa sobre la materia controvertida (y esto lo dice porque existe una Comisión de Trato Directo entre el MED y el SUTEP para este año), venga ya, el resultado de esa mesa de negociación, en parte, iba a ser un proyecto de ley, al final el MED sacó su propio proyecto al margen de las negociaciones, ¿eso no es romper las negociaciones? ¿eso no es agotar la vía de diálogo? Porque el proyecto ya está presentado en el Congreso, ya se finalizó esa parte. ¿Cómo es posible que una de las dos partes en la negociación sea quien decide si la vía no está agotada o sí lo está? ¿¡Qué clase de requisito es ese para una huelga!? Esto ya dicho en términos generales (se le da la posibilidad al empleador para que alargue una negociación e impedir así una huelga).

Hay que revisar la legislación sobre huelgas en nuestro país, que responda a la regulación de un derecho, y no como hasta ahora, a un instrumento limitado en favor de los empleadores. Y por supuesto, no es asumible que un empleador (como es el gobierno con respecto a su personal) califique de «atentado» el ejercicio de una libertad fundamental como es la huelga, sobre todo cuando la declaración de ilegalidad la ha hecho él mismo porque le ha salido de las narices, con argumentos como la aun existencia de diálogo (que tampoco es cierto).

*Petición de reconsideración del SUTEP. Por supuesto, no les hicieron ni caso.

Un comentario en «Notas sobre la huelga anunciada del SUTEP»

  1. LA VOCACIÓN NO QUIERE DECIR TANTA TOLERANCIA Y VIVIR EN LA POBREZA ECONÓMICA,EL SER PROFESOR ES TAMBIÉN SER RECONOCIDO POR NUESTRA SOCIEDAD TAL COMO OTROS GANAN.
    LA HUELGA ES UN DERECHO NO UNA SÚPLICA. VIVA EL PERÚ. VIVA EL MAGISTERIO.

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