En El Comercio publican una breve nota sobre una «nueva norma» en Estados Unidos, errata incluida al hablar del sistema de alertas, que sería del estilo de la ley Hadopi francesa (avisos y luego corte de Internet, lo que se conoce en inglés como graduated response), en Urgente24 también hablan de «nueva normativa», en AztecaNoticias se suman a lo de norma y demás, de promotores de la misma y la plantean como un reemplazo de la ley SOPA. Lo primero que cabe decir: No es una ley, no es una nueva normativa, es un acuerdo entre la industria del entretenimiento (RIAA, IFTA, A2IM) y algunos de los grandes de la industria de los ISP (AT&T, Cablevision, Comcast, Warner Cable y Verizon), y el acuerdo en que se establecía el sistema de avisos, además, es del año pasado (nota de prensa de la RIAA). La noticia está mucho mejor contada en EuropaPress, RTVE y CNET.
Los titulares elegidos por RTVE (que tira del siguiente), EuropaPress (que se basa en lo del próximo) o CNET son bastante más exactos: Los ISP se convierten en «policía». Y porque quieren. Este es un ejemplo de «autorregulación» de la industria o los mercados en contra de los consumidores, algo bastante habitual, sea dicho, pero que los defensores del «libre mercado» todavía no ven claro (o lo que es peor, cuando lo ven, no les parece criticable puesto que está en la libertad contractual de la empresa y el consumidor-cliente).
Antes de seguir quiero aclarar algo: En Estados Unidos el sistema de derechos de autor funciona de forma distinta, sobre todo porque ante las excepciones (donde podemos incluir el «derecho de copia privada» que da cobijo a compartir archivos), en Estados Unidos juegan con el ambiguo y a veces más amplio fair use, dentro del cual no cabe, por lo visto, el hecho de «compartir» contenido, o lo que es peor, criminaliza al usuario (puesto que en el derecho español, por ejemplo, se puede seguir considerando que descargar no es incorrecto, sino subir y publicitar lo subido -realizar una distribución de lo subido-, pero al usuario-consumidor no se le puede tocar)… Esta diferencia da curiosos casos, como el de Google Imágenes en Alemania hace unos años, en Alemania eso era una copia no autorizada y en Estados Unidos un uso legítimo bajo el fair use.
Retomamos el tema del sistema de avisos: La gran duda que debe quedarnos en todo este caso es la siguiente: ¿¡Cómo rayos sabe la ISP que un contenido determinado descargado / subido por un usuario de la red infringe los derechos de autor de un tercero!? Eso solo podría saberlo espiando las comunicaciones de los usuarios. Me robo una frase de Versvs en este sentido de hace muchos años:
La propiedad intelectual siendo usada como ariete para debilitar derechos básicos como la privacidad como un medio para minar las libertades del mundo por venir, las libertades de los próximos años en un mundo digital.
Pero podemos ir más allá: ¿Por qué el ISP puede decidir si el uso de la red de un usuario es correcto o no para decidir, a partir del mismo, penalizar al usuario? incluso echándole de la red. No se queden solo con el hecho de la posible ilegalidad de lo que el usuario está haciendo (en ese país sí es ilegal), sino en el «detalle» de quién controla, por acuerdo con quién y con qué poderes (arbitrarios y excesivos).
Digamos, y no es tan exagerado como suena puesto que sí es una actividad punible, los ISP pactan con las grandes empresas que cotizan en bolsa para quienes participan (y esta participación puede ser un RT en la red social de preferencia, algo bastante inconsciente y usual) en la difusión de noticias o rumores sobre empresas, dando datos económicos falsos, para variar su precio en el mercado, para desconectarles de la Red bajo un sistema de avisos similar al de la propiedad intelectual. O, sin necesidad de acuerdo, por un tema de seguridad, que los ISP corten el acceso de los ciudadanos a páginas con información que las ISP consideren «antiamericanas» o que «favorecen a cometer actos terroristas». O también, ¿por qué no? por temas ideológicos o por control de información, así los ISP podrían echar a un usuario que consulte Wikileaks, por poner un ejemplo de organización especialmente perseguida (y el boicot que ya le hacen los intermediarios económicos, como Paypal o MasterCard).
Nos dirán, como hacen en la nota de prensa de la RIAA y demás, que las empresas de ISP pueden contar el acceso en tanto que infringir la propiedad intelectual de un tercero también vulnera el contrato entre el usuario y la empresa que le da acceso a Internet, por tanto, está en su derecho para cortar la conexión. Eso, señores, es abuso del derecho. Los ISP deben ser lo más neutrales posibles, no deben priorizar datos (no se rían), no deben ser policías morales o de derechos de terceros.
Si malas son las leyes que afectan negativamente nuestra privacidad so pretexto de la propiedad, peores son las decisiones empresariales que afecten a la privacidad y neutralidad de la red sin que haya una obligación legal de por medio.
La legislación de protección de consumidores en Estados Unidos pasa por ser una de las mejores del planeta, espero que esta vez sirva para parar el claro abuso que los ISP pretenden realizar, aunque no la conozco como para saber si en esta caso puede servir, o si el hecho de la posible ilegalidad en cuanto a los contenidos y gracias a la exagerada legislación de propiedad intelectual que se ha ido generando en Estados Unidos pueda dar una cobertura legal completa al pacto de las industrias del entretenimiento con los ISP.
Eso sí: Cuando la barba de tu vecino vieres pelar, echa la tuya a remojar (o, si lo quieren en el culto latín, barbam propinqui radere, heus, cum videris, prabe lavandos barbula prudens pilos).
2 comentarios en «A falta de leyes… ¿buenos son acuerdos?»