Pero vayamos a lo que más nos interesa en este artículo. Interés real en el SÍ por parte del soberano, o sea, nosotros. La norma suprema de un país, esta que sería refrendada por los ciudadanos (cosa que, por ejemplo, no fue la del 79), ¿Cómo se debía aprobar? El Decreto Ley que regula las normas electorales para el Congreso Constituyente (Decreto Ley número 25684) hace referencia a que el texto que salga de dicho Congreso deberá aprobarse por referendo (artículos 147 y 148) que tendrá un procedimiento específico (claro, las leyes vigentes no prevén referendos, no lo hacía la Constitución del 79, que de todas formas Fujimori se la había cargado), pero por más que busco no encuentro dicho procedimiento específico, y si nos tenemos que fijar en forma subsidiaria en las leyes electorales preexistentes (para fijarnos en la forma que se elige al presidente de la república, ya que en los senadores y diputados se habla de cifra repartitoria, cosa que es difícilmente aplicable a un Referendo)…
Así pues, no tengo certeza (jurídica) de la forma de proclamar un vencedor, pero por la entrevista enlazada parece que ellos tampoco tenían mucha certeza, al comienzo se hablaba del “número mayor”, para luego hablar del porcentaje mayor de los votos válidos. Pero tenemos la Ley actual, la que rige para el referendo, la Ley Número 26300 (que es del 94), artículos 37 a 44, el artículo 42 fue modificado por la Ley 26670 (que es del 94) donde podemos ver que gana la opción que tenga más votos (la mitad más uno de los votos, descontando nulos y blancos), se declara nulo el referendo si los votos nulos y blancos (sumados o por separado) suman dos tercios del total de votos emitidos, siendo una norma que facilita más un resultado concreto (sea sí o no) que la redacción del 94, que pedía que los votos de la opción ganadora sumasen al menos el 30 % de los votantes.
Pero ¿Realmente era mayoritario el sí? ¿Tan aplastante como se dice (por los fujimoristas)? ¿El Constituyente fue limpio? Desde el inicio fue un proceso viciado (a fin de cuentas parte de un golpe de Estado), pero dejando eso de lado, tenemos un Congreso Constituyente en que no todos participaron, cuyo proceso electoral fue al menos sospechoso (donde no se contaron los votos extranjeros, que podían ser determinantes al menos para designar al presidente del CCD; y donde Ayacucho, según el mentado ex miembro del JNE, debía rehacerse por ser “nulo”), y, lamentablemente, un CCD con mayoría aplastante del presidente golpista (Alberto Fujimori, por si alguien no lo sabe), por tanto, la constitución que se sometió al referendo no era más que la Constitución de un partido en particular, donde el consenso brillaba por su ausencia (sólo tres formaciones lo apoyaron, Partido Popular Cristiano, Cambio 90/Nueva Mayoría y Renovación; estando el resto en contra).
Una de las pocas cuestiones realmente discutidas y llevadas al debate público fue la cuestión de reelección del Presidente (hay quien dice que esta Constitución se aprobó a marchas forzadas para poder garantizar que el presidente pudiese volver a presentarse, hay que recordar que no existía la reelección directa), y lo puso en relieve justamente el oficialismo, puesto que todo el proceso constituyente parecía más un plebiscito sobre el triunfante Alberto Fujimori que una elección de una nueva Carta Magna, recordemos cómo estaba la situación, y cómo el Caudillo del Sol Naciente se autoerigió como nuestro salvador. Así pues, aprovechando esta situación favorable al Presidente, se usó la posibilidad de reelegirlo como palanca para movilizar el Sí.
Si sólo vemos la cifra de votos válidos (lo necesario para determinar la opción ganadora) tenemos que el 52,24 % votó Sí, el resto No. Si nos fijamos en los votos emitidos (contando blancos y nulos) tenemos que el sí no superó el 50% (en concreto, no llegó al 48%), esto es increíble, tenemos una constitución aprobada por referendo que no fue votada ni por la mitad de la gente que fue a depositar su papeleta. Algo salió mal, sólo en 6 departamentos el Sí sacó más de la mitad de los votos válidamente emitidos, y sólo ganó (sin llegar a superar el 50%) en 4 departamentos más. Así pues, tenemos que el No triunfó en 14 Departamentos , en 10 de los cuales sacaron más del 50% de los votos válidamente emitidos. Aquí puede revisar los resultados por departamento.
Obviamente, para que en el total gane el Sí, esta debió ser la opción de Lima, en donde el Sí arrasó con unos 20 puntos más que el No. Y Lima, si hablamos de población, es el Perú.
Pero fijémosnos en otro dato muy relevante, el 30 % de los peruanos llamados a las urnas no votaron. Se abstuvieron. Y de los que votaron, cerca del 10% votó nulo o en Blanco. Así pues, tenemos que el sí lo dijo el 32.9 % de los llamados a las urnas ¿Le parece una cifra buena para aprobar una Constitución? El No es menor, pero acá lo que importa es cuantos querían la norma, no el nivel concreto de repudio; debiéramos considerar también la apatía que “despertaba”.
Sólo una de cada tres personas (con edad de votar) quería esa constitución. Y pensar que los fujimoristas defienden la norma por la gran aprobación que tuvo en referendo ¡¡gran mentira!! Como cuando dicen que fue la primera Constitución en ser votada de esta forma (en realidad y pureza, fue la segunda, le ganó con muchos años de antelación la ineficaz norma suprema de 1826).
Lo peor es que esta norma, que no nació del consenso ni fue apoyada por la mayoría de los ciudadanos de nuestro Perú, fue vulnerada repetidas veces por el oficialismo, una ley por aquí que permite la entrada de otra ley que avala la tercera reelección, una ley que limita el referendo (una de las pocas mejoras de la Constitución del 93 es la configuración del referendo y de la iniciativa popular de referendo) prohibiendo que se pida para derogar leyes, otra que limita el iniciativa popular de referendo al obligarla a pasar por la aprobación de la cámara (uys, ley hecha a medida para evitar el referendo contra la re-reelección del presidente Fujimori de forma consecutiva; así la aplastante mayoría oficialista impidió que la iniciativa prosperase y se preguntase a todos si Fujimori podía o no presentarse)…
Pero claro, teniendo en cuenta toda la historia de esa Constitución ¿Por qué el instrumento del gobierno para tener un Estado a su medida iba a limitarle?
Artículos Interesantes (y que han sido usados en este):
- “¿Qué es una constitución de concenso?” de Pedro Planas, artículo largo y bueno sobre el referendo del 93, con referencia a otros procesos similares en otros países.
- “Expansión e instrumentalización de la participación directa y los procesos no representativos en Perú” de Héctor Oliva en el “Instituto Internacional de Gobernabilidad de Cataluña”. En una de sus partes analiza el referendo del 93 y algo más adelante constata las "sacadas de vuelta" a los instrumentos de participación directa.
Artículo relacionado:
- “De Constituciones ¿Por qué deberíamos (o no) volver a la del 79?”, que es un artículo mío para la columna semanal que hago para Perú Político. Es una comparativa entre los dos textos constitucionales, cuyo mayor error es no recordar (al momento de escribir la comparativa) que la Constitución del 93 incorpora 4 instrumentos de participación directa, que no recogía la del 79.