Ayer fue un día de sentencias, que si el fallo del tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña, que si la corte suprema estadounidense refuerza el «derecho a portar armas», y demás. Sobre la sentencia del Constitucional me pronunciaré cuando me dé tiempo a leerla*, ahora entraré un poco a la sentencia de la Corte suprema estadounidense, basándome en lo que dice la prensa (aunque coja siempre con pinzas la forma en que se cubre la información jurídica) pero no entrando en los «fundamentos jurídicos». Algunos enlaces: «EEUU extiende el derecho a llevar armas», «US Supreme Court extends gun rights» y «Q&A: Supreme Court gun law decision».
La segunda enmienda de la Constitución de Estados Unidos recoge el derecho a portar armas, establecida en 1791 (4 años después de la aprobación de la Constitución) reza:
«A well regulated Militia, being necessary to the security of a free state, the right of the people to keep and bear arms, shall not be infringed.» [«siendo una milicia bien preparada necesaria para la seguridad de un Estado libre, no se violará el derecho del pueblo a tener y portar armas» (traducción en Público)]
Y la Corte Suprema, con mayoría conservadora, lleva un tiempo siguiendo a rajatabla el «prohibido prohibir», así pues, hace un par de años ya le dio un palo, declarando inconstitucional, a una norma de la capital federal, ahora recuerda a los Estados que ellos no deben cumplir a rajatabla la constitución federal, así que las normas que prohíben el poseer armas (como la de Chicago, que impide tener armas cortas, aprobada hace 28 años ni más ni menos) no serían acordes con el texto constitucional.
Dentro de los países más «avanzados», puede que Estados Unidos sea el más agresivos, con más crímenes violentos (aunque no necesariamente con más tasa de criminalidad general, en Reino Unido hay una cantidad relativa similar de asaltos, pero muchísimos menos asesinatos), con mayor cantidad de muertes por arma de fuego (cuyas estadísticas dicen que es más probable matar a un familiar «por error» que a un asaltante), y que más muerte lleva al resto del planeta (uno de los que más conflictos, guerras y frentes tiene abiertos en este momento), por supuesto, es el país cuya industria armamentística resulta más boyante.
En cuanto a las estadísticas, unas citadas por Ovejereo («Las Relaciones Humanas», 1998, p. 117), aunque no sean recientes, resultan útiles para introducir el tema que quiero tocar:
«Las ciudades norteamericanas Vancouver y Seattle, tienen poblaciones, climas, economías e índices de actividad criminal y asaltos similares, y, sin embargo, en la primera existe la quinta parte de asesinatos con pistolas que en la segunda así como unas tasas globales de asesinatos un 40 por 100 más bajas (Sloan y cols., 1988). Pues bien, en Vancouver está cuidadosamente restringida la posesión de pistolas, mientras que en Seattle no existen restricciones.»
Dentro de los temas que hemos visto en Psicología Social, uno de ellos es la agresividad, en concreto, el origen de la misma. A Berkowitz no le convencía de todo la «hipótesis de la frustración-agresión» (somos agresivos tras un hecho o situación frustrante, esto lo ha estudiado más o menos bastante la sociología, y sí que en muchos casos existe esta reacción), e incluyó en la ecuación un elemento importante: las «señales ambientales apropiadas para la agresión» (Ovejero, 1998, p. 116), donde la frustración lleva a la ira, un estado de activación emocional.
Para que la agresión aparezca, es necesario que haya «señales ambientales». Así Berkowitz y LePage realizaron el estudio llamado «el efecto de las armas», utilizando como conejillos de indias a estudiantes universitarios varones, básicamente se producía cólera y se manipulaban las condiciones ambientales, colocando en un caso una escopeta cerca y en el otro no. ¿Qué comprobaron? Que cuando había un arma cerca, los estudiantes encolerizados se comportaban de forma más agresiva que sin el arma. Este efecto se ha comprobado en otros estudios posteriores y reforzado por estadísticas como la citada más arriba.
Señala Berkowitz y LePage (citado por Ovejero, 1998, p. 117):
«Las pistolas no sólo permiten la violencia, también pueden estimularla. El dedo empuja el gatillo, pero también el gatillo puede haber atraído al dedo.»
Esto se completa con otros «efectos negativos» de las armas de fuego, por ejemplo, una pistola aleja al victimatario de la víctima, y mientras más distancia hay, más fácil es realizar una conducta cruel (esto lo demostró más o menos bien Milgram, así en sus experimentos, mientras más separados estaban el sujeto y el cómplice de los investigadores, más fácil le resultaba ser cruel al sujeto), otros completan o matizan a Berkowitz y LePage comentando que no es que exista un «condicionamiento» en la presencia de las armas, así pues, ese «efecto intensificador» de las armas (que existir, existe) puede venir porque su presencia indica al individuo que una agresión puede ser una conducta apropiada en la situación en la que se encuentra.
Como sea, existe una relación directa entre la presencia de armas y las conductas más violentas (y por qué no decirlo, aunque sea una perogrullada, a más armas de fuegos más muertes por armas de fuego), mientras que no hay datos que sustenten que una presencia de estas armas en los domicilios particulares mejore la defensa a agresiones (a ningún tipo, ni siquiera a robos, y habría que preguntarnos en qué clase de sociedad queremos vivir si se pone por encima la protección de la propiedad privada sobre la vida humana), recuerdo haber leído (aunque no encuentro) alguna estadística en la dirección contraria: Tener armas de fuego en casa favorece que ante un robo de la vivienda el propietario de la misma muera o salga herido, incluso por su propia arma (en muchos casos tras ser desarmado por el ladrón).
A todo esto hay que sumarle otras consideraciones, la cultura hegemónica en Estados Unidos es netamente violenta, se enseña desde la escuela que la violencia es buena (un tipo de violencia, la que ellos -«los buenos»- hacen, por eso en Texas ahora distinguen «expansionismo» -que sería el imperialismo estadounidense- del «imperialismo» -lo que el resto hace, que está mal y contra lo que EE.UU. debe combatir-), es algo presente también en la TV (los modelos a seguir no solo son personajes de acción violentos, sino que realizan acciones violentas «por encima de la ley», dejando claro que el fin justifica los medios) y lo tienen interiorizado desde el lenguaje que usan hasta o cómo justifican (y glorifican) la «expansión» hacia oeste, pasando por encima de todo y todos.
Resulta irónico que quienes permiten la escalada de violencia sean los mismos que piden: a) Más mano dura con las personas violentas (sobre todo las tachadas de «terroristas»); b) Represión como única forma de conseguir justicia (el fin de la cárcel, para ellos, no es la reinserción, es el castigo puro y duro, por eso mantienen la pena de muerte).
Y claro, que fundamenten la «actual necesidad» de mantener como derecho algo que se estableció en el siglo XVIII y ningún bien ha hecho la tasa de crímenes violentos que dicho derecho propicia. Ocurre algo así: hay más crímenes violentos por la presencia de las armas; quitamos las restricciones a su posesión para que la gente se defienda ante los crímenes violentos; crece la cantidad de crímenes violentos. Y vuelta a empezar.
Por supuesto, la cuestión no pasa solo por prohibir las armas (hay Estados donde se prohíbe sacarlas de casa, otros donde se permite llevarlas por la calle, otros en que está muy restringido el tipo de armas y el tiempo para obtener una licencia, otros en que casi te dan una escopeta con tu MacMenú Infantil), y sin dudas no es el camino adecuado hacerlo desde los parlamentos estatales, como ya dejó clara la Corte Suprema, mientras esté esa enmienda (y haya mayoría conservadora), es un derecho intocable, así que lo primero que deben hacer es modificar esa enmienda de la Constitución federal, no se puede mantener la libertad de expresión o el derecho a un juicio justo a la misma altura que el «poseer armas» (expresión harto genérica), así pues, se debe arrancar del ordenamiento jurídico el «derecho a poseer armas» como algo fundamental y genérico, y a partir de ahí, toca trabajar contra la cultura de la violencia (y el resto de elementos que la condicionan o favorecen, como es la desigualdad).
* Por ahora lo único que vemos son exabruptos de políticos, demagogia barata, falsas indignaciones o aplausos exagerados. Vamos, nada nuevo bajo el sol.
Te has tardado, pero al final llegaste al punto, que la libertad de usar armas seguira siendo considerada un derecho en tanto esa enmienda siga vigente.
El problema es que mientras mas antigua una enmienda, mas “sagrada” es, pues esta mas cerca a los “padres fundadores”. Y claro, si algo debemos admirar de los useños es que no han ido cambiando su constitución cada dos por tres (como quisieran algunos en España que quieren una nueva, nueva no reforma, luego de solo 30 años) sino aplicando enmiendas progresivamente, y por cierto… una enmienda cambio a otra enmienda, en este caso la de la ley seca, pero de nuevo… enmienda antigua = casi sagrada.
Salud
Claro, mientras tengan esa enmienda, siempre habrá magistrados que la entiendan de forma expansiva y no restrictiva (se puede ver como un derecho a acceder a unas armas según lo regulado o a un derecho a que una regulación no impida tu acceso a las armas). Pero no es solo porque sea un «derecho» (está aprobada dentro de la carta de derechos de EUA), antiguo y bien cuidado, sino porque para muchos (la NRA no es minoritaria) realmente «creen» que es un «derecho» que hay que proteger tanto o más que la vida o la libertad de expresión, está dentro de su «cultura» (por ello la mera prohibición tampoco servirá de nada).
Creo que no es comparable el caso gringo con el español en esto, hay que tener en cuenta que allá si hay una relación distinta entre constitución federal y constitución estatal, entre estados y federación (al punto que un estado gringo podría entrar en guerra con otro país, previa autorización del Congreso, sin que entre la federación -para eso tienen o pueden tener milicias, sea dicho-), y que las constituciones estatales han recibido infinidad de modificaciones (casi no hay elección, en estados como California, en que no se voten enmiendas). La constitución gringa consta de 7 artículos, extendida por 27 enmiendas (creo que son), es un texto breve y amplio, bastante flexible en casi todo, a diferencia de las constituciones «continentales». Además, la última reforma (enmienda) de la constitución gringa coincide con la primera y única de la constitución española (en el 92, cosas de la vida). En Perú hemos modificado, en menos tiempo, pues nuestra constitución es del 93, al menos 11 veces la carta magna, y no en partes poco importantes (y quitamos la firma del presidente que la promulgó, modificación absurda donde las haya).
Hasta luego y gracias por el comentario ;)
Cierto, no es comparable ya que hablamos de un regimen federal “puro” frente a un modelo “hibrido” como el autonómico, pero a lo que apuntaba es que las leyes básicas como son la Constitucion Federal y de los Estados se mueven de manera evolutiva y no de manera de hacer tabla rasa periódicamente.