Adopta un Congresista: La respuesta y contrarrespuestas

No son pocos los que han recibido ya respuesta escrita del Congreso (rubricada por el Director General de Administración del Congreso, Víctor Guerrero de los Ríos)*, y aunque la misma sea negativa (y más adelante analizaré) creo que sí es sano que el Congreso se digne a contestar a los ciudadanos que hacen valer sus derechos (luego vuelvo sobre esta cuestión), cierto es que en gran medida se debe a la presencia mediática de la campaña y que al parecer, salvo honrosas excepciones, el ánimo pasa más por «ocultar» que por «dar».

Vayamos primero al lado positivo del asunto: Más de un congresista se tomó a bien la iniciativa, y hasta invitó a su adoptante a que se persone al congreso y todo (eso lo vimos en las entrevistas que hizo Marco Sifuentes en el Congreso difundidas en Utero.tv, algunos realmente andaban mosqueados con el tema y que se tomara a la chacota todo esto, pues es serio, que lo sepan) y es de agradecer, al margen de los que propusieron a Rosa María Palacios abrir sus cuentas (que no sé quienes fueron) que el controvertido Javier Valle Riestra formalmente se pusiera a favor de que cualquiera indague en sus datos, más aún, realizó una declaración jurada de sus gastos (los conceptos por los que tiene gastos). Muy sana la postura de Valle Riestra.

Hay que tener en cuenta, además, que aunque la batalla legal pueda perderse, la política es ganable, aunque en su caso la administración y la justicia determinen que no hay derecho a pedir esos gastos de forma directa o en las circunstancias actuales o en los términos solicitados, podemos pedir a los congresistas que tengan la transparencia política que ha tenido Valle Riestra. Sinceramente creo que el tema debe ir ahora por ahí, pero adelanto acontecimientos.

Sobre la respuesta y otras consideraciones

Todos los que han recibido respuesta tienen la misma carta entre sus manos, sólo cambia el nombre a la persona a la que se dirige. Es lógico, si hay cien personas que piden A, el Congreso responde B y lo que no va a hacer es personalizar al detalle cada una de las cartas, si las mismas siguen un modelo, sin dudas la respuesta seguiría otro modelo.

Creo sinceramente que el Congreso ha errado en parte en los argumentos esgrimidos para negar las solicitudes, en tanto que, sinceramente, no creo que la Ley de Transparencia sea directamente aplicable al Congreso (hace falta que el Reglamento de la cámara determine las formas y fondos de las peticiones de información). El párrafo dos del artículo primero de la Ley Nº 27806 señala: «El derecho de acceso a la información de los Congresistas de la República se rige conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú y el Reglamento del Congreso.» Ahora bien, este proceso no existe en el Reglamento y la Constitución solo marca que tenemos derecho a la información (y la administración, sin desarrollo normativo, rara vez aplica de forma directa), sin, por supuesto, definir a qué información concreta tenemos derecho.

Hablando sobre la información controlable según el precepto constitucional y la ley que la desarrolla para «casi» todas las administraciones y poderes públicos nos encontramos, además, con un límite: La afección a la «intimidad personal» de la información, si la misma afecta al ámbito personal de una forma u otra, es fácilmente negable, así que doy por buena la explicación que hace J. Francisco Canaza en Apuntes Peruanos:

Pues bien, una parte de la rendición de gastos implica hábitos de consumo del servidor o funcionario. Nos referimos justamente a la enumeración de comprobantes de pago. En una defensa estricta de la privacidad de todo ciudadano estos datos no deberían ser difundidos o comunicados, salvo evidencia de delito u orden judicial previamente determinada.

A ello hay que sumarle, y ya dentro, otra vez, de lo que sería la aplicación de la ley de transparencia, es la susceptibilidad de pedir, en lenguaje vulgar, los comprobantes de todos los pagos. Como bien dice J. Francisco Canaza la Ley de Transparencia se dirige a controlar los gastos y actos de gobierno, esto es, los actos en sí mismos, y los simples comprobantes de gastos no son un acto administrativo o de gobierno susceptible a ser «pedido», más bien lo sería la cuenta consolidada (y los documentos en que se sustenta, claro está, pero para ello el proceso de recepción y verficación debe haber «finalizado»). En palabras de J. Francisco:

Es posible que se otorgue parte de la información conformante de la rendición de cuentas de un congresista, siempre y cuando se hayan concluido los procedimientos internos que aprueban la declaración entregada, y que permitan la verificación de la información remitida.

O sea, que la rendición de cuentas no sería en sí misma susceptible a ser pedida, si no el acto que las apruebe o desapruebe, y claro, el Congreso inició, tras el escándalo del congresista de los pollos cuyo nombre quiero olvidar, una auditoría de cuentas por parte de la Contraloría General de la República… Con lo que los gastos están, justamente, en proceso de revisión. ¿Ya habían sido dados por bueno por el Congreso? ¿Esos son los datos que se piden o hemos errado en el objeto concreto de la petición?

Sobre la Contraloría y el carácter de los datos KTC (Enrique Torres Castro) responde en Prende Tus Ojos en un buen artículo «¿Intangibilidad de la información? Infórmate y actúa» en que deja más que claro que, en principio, los datos en pro de la transparencia serían parte de un derecho fundamental que no puede ser negado por el simple hecho de una investigación contable, en tanto que no se piden los originales ni afecta al proceso de revisión (esto sí que es cierto). Pongo sobre la mesa un posible debate: La naturaleza jurídica de los datos que hemos pedido al Congreso.

Si vemos el caso que rescata KTC, nos daremos cuenta que estamos ante un claro acto (un informe de la Comisión Permanente de Evaluación y Ratificación), mientras que, a opinión de Canaza, la rendición de cuentas de los congresistas ante el Congreso no es un acto administrativo o de gobierno en sí mismo, lo sería la aprobación de los mismos por el Congreso, que no es en pureza lo que hemos pedido (ya que, si no se acuerdan, hemos realizado un pedido por la rendición de cuentas presentada al Congreso, no sobre la decisión del Congreso sobre dicha rendición), así que aun no estaríamos en un supuesto de aplicación de la Ley de Transparencia ni del cumplimiento del derecho constitucional a acceder a información de la administración (la sola rendición no es un documento público según entiendo) porque, dichos gastos, aún no son, propiamente dicho, documento público al que podamos acceder.

Obviamente la postura de que la rendición de gastos «no es susceptible de ser pedida por sí misma» (por decirlo de alguna forma) no es compartida por todos, dado que se interpreta de forma favorable la naturaleza jurídica de dicha rendición de cuentas (y cabría argumentar, además, que es opinión del Congreso que esto es así, si no su respuesta debió ser fundamentada de otra forma, y de ahí que creo que el Congreso ha errado de una forma, además, que nos favorece). José Alejando Godoy suscribe las tesis del compañero KTC y, efectivamente, alega una serie de razones por las cuales, bajo dicha tesis, el Congreso no puede negarse a entregar la información solicitada, correctamente además desbarata los errados argumentos dados por el Congreso, ataca de forma limpia el de la Directiva N° 003-2004-CG/SGE, invoca a la defensoría y al TC y no deja títere con cabeza (aunque no resuelve, por supuesto, la duda de la naturaleza jurídica de las rendiciones por los gastos operativos entendidos por sí mismos) y por ello nos da un modelo de carta de apelación ante el presidente del Congreso (quien, posiblemente, peor se ha portado en este tema, diciendo verdaderas barbaridades que dejan mal a todos los congresistas), una vez que sea denegada la carta de apelación se debería plantear un Hábeas Data.

Poco más se puede decir sobre los extremos jurídicos del tema que nos ocupa que las personas ya citadas no hayan mencionado mejor de lo que yo podría hacer, sólo quiero agregar un detalle: La carta del controvertido pero al parecer transparente Valle Riestra es un poder general de acceso a su información. ¿Cómo es esto? Al igual que de la carta mandada por el Congreso se puede inferir que este órgano acepta la aplicación plena de la ley de transparencia para los datos solicitados (y con esto darían razón a la campaña y deberíamos seguir hasta que nos entreguen dichos datos), de la carta de JVR se puede deducir que no tenemos derecho al acceso a esos datos (al menos hasta que sean realmente un documento público) y por ello JVR, en un acto de transparencia, pide al Congreso que dé a cualquiera el acceso a unos documentos que de otra forma no tendría. Aunque claro, se supone que JVR no recibe viáticos o gastos operativos, que es lo que pedimos en la campaña.

La campaña debe seguir

Lo andado, en sí mismo, es positivo. Sea porque se han presentado 10 o 100 cartas, sea porque el tema está en el debate nacional, que los congresistas se sientan «observados» (porque no son sospechosos de nada, pero sí estamos vigilando sus y nuestros bolsillos). Desde que RMP soltó la bomba y otro medio generalista como Perú21 siguió el tema y muchos ciudadanos lo «rebotamos» en Internet (algunas de las bitácoras que exponen el cartel del adoptado son realmente leídas y tienen un buen impacto mediático), el queremos saber y el sentido de ciudadano responsable se va extendiendo, y eso ya en sí mismo es positivo.

La campaña no es una caza de brujas, ni es un arrebato de figuretismo de ningún tipo (sin entrar en casos particulares, hablo de la campaña en sí misma) ni pretende, como dijo el inefable presidente del hemiciclo, reemplazar los poderes públicos por «blogs» y con ello una «reforma de la constitución» (y ocraM lo rebate de manera simple, clara y hasta pedagógica: «Detrás de cada blog, por definición, hay un ciudadano. Si este ciudadano quiere ejercer su derecho constitucional de acceso a la información, no hay necesidad de modificar la Constitución. Blogger = Ciudadano. Ciudadano = El que te paga tu sueldo. […] Imaginemos que no hubiera blogs. Sería lo mismo. Igual los peruanos tienen derechos. Los blogs solo hacen más evidentes esos derechos«), y la labor es importante en sí misma, más como fin que como medio, y es una demostración de fuerza ciudadana (una más entre tantas otras cosas que podemos y debemos hacer), que no se olviden que están ahí por nosotros, y no como dijo un congresista y el otro le secundó de forma patética, que primero ellos y luego el Perú, no pues señores, primero los ciudadanos y luego también.

Así que, como medida de fuerza de petición de transparencia (una obligación que tienen, y algo que haría muchísimo bien al sistema político peruano, además) la campaña, aunque se pierda en tribunales, debe seguir, para que haya más congresistas como esos cuatro (al menos) que «se dejan auditar por el público», que los Congresistas y el resto de altos funcionarios y políticos del Estado den, por sí mismos, declaraciones juradas de qué reciben y en qué conceptos, que por una vez sean realmente sinceros. Queremos saber, realmente, que nuestros congresistas y mandatarios varios son honestos desde el primer centavo, y aunque tenemos esa esperanza, queremos la certeza, y por ello la campaña, aunque sea puramente en el plano político-ciudadano, debe estar de pié, aunque se pierda en el legal (otra más, el legal es el configurado por esos congresistas, justamente).

*A fecha de hoy, han recibido respuesta las siguientes personas:

Y seguro habrá más…

Excurso: La campaña fuera de las bitácoras, la de RMP en stricto sensu, ha tenido una buena acogida, y así se puede ver en el registro de entrada del Congreso a través de la mesa de partes, y en estos no se cuentan, claro, los fax o los correos electrónicos. Creo que es de las campañas ciudadanas más interesantes con éxito de los últimos años en cuanto a movilización ciudadana.

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