Lo que Acebes no se enteró

Se supone que este es un tema que ya está «pasado», por decirlo de alguna forma. Se pilló a un pepero melillense haciendo copias del formulario para pedir voto por correo a gran escala y Acebes, en un gesto digno de alguien que miente como un bellaco con tal de proteger el honor del partido, salió con el formulario en la mano defendiendo que se puede descargar de cualquier parte, que viene en el BOE y que el impreso casero, por llamarlo de alguna forma, tiene la misma validez que el oficial. Lo que Acebes no dijo es que todos los formularios que usa la administración, incluso los que van en papel timbrado, se publican en boletines oficiales, puesto que se establecen por Órdenes, por Decretos, o por lo que toque. Lo cual no significa que el impreso casero valga como el oficial, por supuesto.

¿Es el caso del formulario para pedir el voto por correo? Esto es: ¿El formulario para pedir el voto por correo debe ser oficial o valen los caseros? Hay que recordar, en este punto, que estamos hablando de tal vez el derecho más personalísimo entre los políticos, el de votar, y en el que se sustenta, al menos en la teoría, todo el sistema parlamentario (con sus virtudes y defectos, con su decadencia implícita -y estructurales-, pero no deja de ser el pilar del sistema).

Así pues, como bien sabe el jurista Acebes (egresado de la misma universidad que yo, sea dicho), hay que ver qué dice la ley y cómo lo dice, y por supuesto, dónde lo dice. Nos vamos primero a la Orden del Ministerio del Interior 529/2007, de 8 de marzo, por la que se determinan los modelos de sobres e impresos comunes a utilizar en los procesos electorales que se celebrarán el día 27 de mayo de 2007 (PDF del BOE), para ver qué impresos se usarán y si alguno es modificado. En el artículo Único de dicha norma se lista todos los impresos a usar del Real Decreto 605/1999, de 16 de Abril, de Regulación Complementaria de los preocesos electorales (PDF del BOE), y entre ellos están los impresos C.6.1 y siguientes (nos interesa el 6.1), en otras palabras, el impreso por el que se solicita el voto por correo.

Leemos el ya citado Real Decreto 605/1999, y vemos que en el anexo 6 está, en primer lugar, el formulario de dos páginas por el cual se pide el voto por correo. Como es lógico, todos los formularios se recogen en esa norma, desde la inscripción de candidatos hasta la forma de la urna pasando por los modelos de papeletas sobre las que se vota, la inscripción de interventores, etc. Se regula hasta la forma y contenido externo del sobre en el que se solicita el voto por correo. ¿Significa que todo lo que está en esa norma podemos imprimirlo y usarlo como si fuera oficial? Por supuesto que no.

Sólo con leer el punto 3 del artículo 5 del RD 605/1999 nos podemos dar cuenta de este carácter de oficialidad necesaria en los impresos como la solicitud de voto:

Todos los impresos incluidos en los anexos antes citados tendrán carácter oficial y se facilitarán por las Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones del Gobierno, y en su caso, por las Direcciones Insulares de la Administración General del Estado, a las Juntas Electorales de Zona y Mesas electorales, y en su caso, a las Delegaciones de la Oficina del Censo Electoral y a la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos.

Los anexos sitados son del 5 al 11, estando los impresos del voto por correo en el Anexo 6. Como se ve, la única instancia encargada de dar los impresos oficiales para solicitar el voto por correo es la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos.

Como todo documento referido a las elecciones, el ciudadano no puede descargarse el que desee rellenar y presentarlo ante la autoridad pertinente, así que no es lógico que Acebes, ex ministro de Justicia, del Interior y de Administraciones Públicas, salga defendiendo que esto se puede realizar cuando bien sabe que no es cierto para nada. Sale hablando de «en internet está» y «se puede descargar del Ministerio del Interior» cuando bien sabe, como jurista, como ex ministro, que TODOS los impresos están ahí, pero eso no significa que sean válidos como oficiales los descargados, impresos de forma casera, fotocopiados y demás.

¿Quieren un ejemplo burdo? Vamos a la Ley 19/1985, de 16 de Julio, Cambiaria y del Cheque, en la que se dice de forma clara que la Letra de Cambio se realizará en un modelo oficial (es un efecto timbrado según la cuantía que la Letra recogerá), el Modelo fue aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 30 de Junio de 1999, en dicha orden figura el modelo, tal cual, de la letra de cambio. Y por supuesto que lo pueden descargar, e imprimir, cumplienado al dedillo las especificaciones de la Orden. ¿Sería válida una letra de cambio formulada en papel casero? Por supuesto que no.

Además, en la oficina de correos, yendo a lo práctico, te dan junto con la solicitud del voto por correo (dos hojas, una de tipo calco), el sobre realizado con el modelo oficial que va dirigido a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral (con el Certificado Exprés), el impreso con las instrucciones, y las hojitas de correo para el envío del sobre bajo modelo oficial, y no, las hojas de la solicitud no se pueden enviar en un sobre cualquiera, y dudo que sea barato imprimir sobres de solicitud como el oficial (de un color determinado en una de las órdenes citadas, cuadriculado por dentro y feo por fuera). La entrega de los documentos necesariamente se deben hacer por correo, y el correo se debe entregar personalmente (sí, ahí la ley es totalmente clara -se exceptúan, por supuesto, los casos en que el interesado no pueda asistir por razones de salud, y se acepta el poder, con unos requisitos concretos-)… En otras palabras: ¿De qué sirve bajarse e imprimirse en casa el modelo de solicitud si debes pedir, cuanto menos, el sobre y demás papeles en correos? Papeles y sobre que te darán junto con el modelo de solicitud.

Conclusiones, por decir algo
No voy a ser malpensado, incluso, voy a ser excesivamente inocente: El pepero de Melilla que realizó la petición a la imprenta de muchas solicitudes no conocía la ley. Lo hizo de buena fe, se equivocó de lleno pero no tuvo maldad alguna. No entiendo para qué pidió tantosmil impresos, pero tampoco me interesa saberlo. Se equivocó y debe reconocer ese error (como lo hizo el PP de una localidad de Granada, que reculó rápido para retirar, de su web, la oferta de impresos de solicitud de votos por correo).

Lo de Acebes sí es impresentable. El Secretario General del Partido Popular, en vez de decir algo como: «Sí, en Melilla se equivocaron, por desconocimiento, no intenten ver pucherazos ni nada de eso, porque con el sistema que tenemos se garantiza que sea la persona quien pida el voto por correo, y no un partido político» y todos quedan bien (Acebes no arruina ni ataca a los de Melilla y el resto del mundo nos quedamos callados porque no hay más que decir. Un error y un reconocimiento de error), salió a la defensiva absurda, con impresos caseros defendiendo lo indefendible para luego quedar en ridículo, una vez más. Acebes prefiere mentir y parecer una persona que protege a todos los de su partido (que le caigan bien, porque a los otros les cae palo) antes que hacer lo lógico (y fácil).

Espero que el jurista Acebes se piense dos veces las cosas antes de meter de esa forma la pata.

Por cierto: Sigo buscando en el manual de voto por correo del 2004, antes de RZ, una referencia a que el impreso se pueda descargar e imprimir en casa, referencia que, como no puede ser de otra forma, no encuentro. Más aún, dice casi lo mismo que el actual, que cada quien debe ir a recoger los impresos de forma personal, salvo los que tengan apoderado especial.

5 comentarios en «Lo que Acebes no se enteró»

  1. Saludos

    …Ni decencia. Acebes nos lo deja claro todos los días que abre la boca en público.

    Remarco lo de «jurista» porque, a fin de cuentas, algunas cosas se le pueden perdonar a un lego, pero no a un jurista (cuando hablamos de leyes, se entiende :P). Y es lo que no entiende Acebes. Si Llamazares (por poner un ejemplo de político que no tiene nada que ver con el Derecho -él es médico-) hubiese metido la pata en esto sería más «entendible» que si lo hiciera RZ (que es, también, de Derecho).

    Hasta Luego ;)

  2. El PP tiene politicos habiles y astutos como Aznar, pragmaticos y carismaticos como Gallardon, pusilanimes como Pique, rabiosos como Zaplana, inteligentes como Rato, despistados como Trillo y tiene a …. Acebes….

  3. Saludos

    JAJAJAJAJA.

    En realidad, Acebes es como una gigante punta de lanza, lo usan para hacer daño… pero… pero hace el ridículo tantas veces que no entiendo que sea el Secretario General (hay otros más mecheros en el Congreso, que los usan en los «momentos indicados»), así que uno se pregunta: ¿Quién le debe qué favores a Acebes?.

    Hasta Luego y gracias por el comentario ;)

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