Revisión de los juicios franquistas

Pero sin consecuencias jurídicas… La ley de la Memoria Histórica incluirá, como IU-ICV y ERC pedían, la habilitación para que el gobierno revise los juicios franquistas. Pero, porque siempre hay un pero, la revisión de las sentencias tendrá consecuencias "morales y simbólicas", pero no "jurídicas" (lo perseguido por los grupos mencionados). IU-ICV y ERC consideran que esta ley de la memoria histórica está descafeinada y bajo verdaderos mínimos y por ello presentarán una enmienda a la totalidad de la Ley.

Por su lado, el Partido Popular (PP) también presentará una enmienda a la totalidad de la Ley. Para este partido político una Ley como la de la memoria Histórica no debe existir, no con el contenido sesgado que, siempre según ellos, tiene la presente norma.

El PSOE anuncia una ronda de negociaciones con los distintos grupos parlamentarios, incluidos los chicos del PP, qe tanto se niegan a esta norma. Combatirán en dos frentes, por un lado está la izquierda y los nacionalistas de ERC para los cuales la norma se queda corta, y por otro lado está el PP que dice que los españoles «no quieren hablar ni de Franco ni de la República», así que es mejor no hablar de estos temas para nada, y acusa a todo aquél que quiera "remover" el pasado y confrontar a los españoles con un tema que ya tenían olvidado y no les interesaba (demonios, pues que haya tantos españoles a los que les interesa me parece exagerado afirmar de forma tan rotunda que a nadie interesa y que esto es lo que crispa los ánimos de la población civil). Más info en El País.

Sobre la revisión de juicios:

Este tema es realmente peliagudo, se pretende que todas las sentencias emitidas por tribunales de excepción surgidos en la rebelión de los nacionales cuando los mismos se sublevaron a la República. Estos juicios políticos de antaño deben ser revisados, no se puede permitir que una democracia avale, silencio mediante, el castigo por pensar diferente. la fórmula de medias tintas propuesta por el gobierno es totalmente insuficiente en tanto que se produciría una paradoja curiosa, el gobierno nos está diciendo que: "estos juicios fueron ilegales, y los declaramos como tal, pero no haremos nada para corregir esta injusticia". No tiene demasiado sentido.

Es cierto, se producirán problemas en cuanto a la exagerada retroactividad de la nueva norma que anulará las sentencias de esos tribunales de excepción, al igual que el Estado tendrá que hacerse cargo de muchas y numerosas indemnizaciones (¿es lo que intentan evitar al no incorporar la anulación de sentencias? ¿es todo un tema económico?).

El gobierno del PSOE argumenta que sería poner en cuestión "40 años" de "seguridad jurídica" al hacer temblar por los cimientos el sistema Franquista. El gobierno se basa, entre otros argumentos, en una sentencia del Tribunal Superior Militar que deniega una revisión de la sentencia de condena a muerte de un ministro republicano (anarquista) por falta de nuevas pruebas "que evidenci[e]n la inocencia del condenado". En este sentido podemos recordar que la actual democracia española se logró tras una transición tranquila desde el régimen franquista, y que aún coletean leyes franquistas (de esa época), sin ir más lejos, la huelga está regulada por un decreto de aquellos últimos años del Franquismo.

Pero no es el tema, el echar por la borda todo lo que tiene que ver con el sistema penal de excepción y todas las injusticias producidas por el franquismo no significa, en ningún caso, el remover los cimientos del sistema jurídico español, ni acabar con todos estos años de seguridad jurídica (entre otras cosas, porque durante el Franquismo, sobre todo los primeros años, la seguridad jurídica no existía, España ni siquiera era un Estado de Derecho con todas sus letras). No se está tocando el sistema jurídico en su conjunto, ni siquiera el sistema penal en su totalidad (delitos como los robos, estafas y demás no serían revisados ni de casualidad), sino acabar con una injusticia que, incluso, la Constitución intenta evitar a futuro: Tribunales de Excepción y sentencias políticas.

Tampoco significa que todas las sentencias deban ser declaradas nulas de plano (aunque, si son dictadas por tribunales de excepción, yo sí lo haría de esa forma), sino revisar caso a caso las razones presentadas al tribunal para condenar a una persona, ni siquiera debemos considerar pruebas nuevas ni nada de eso, sino verificar si, con las pruebas presentadas, un tribunal de Derecho (esto es, sometido a un Estado de Derecho y con todas sus garantías) sería capaz de condenar a una persona en esas circunstancias. Eso sí, todas las sentencias dictadas por delitos de pensamiento, esto es, por causas políticas, debieran declarse nulas sin más, no es permisible que existan.

En esto no caben medias tintas, si la sentencia es injusta y no acorde con el Derecho (con Derecho de una Democracia o un Estado del Derecho), no se puede mantener, debe ser declarada nula, y se deberá reparar a quien fuera perjudicado.

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